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Denuncias

Espacio público: un alma en pena

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A la espera de  la restitución

Como si se tratara de un lugar para las desgracias se encuentra el espacio público que ha sido invadido por el edifico de la Clínica Fisa. Pese a que la administración adelanta un proceso jurídico para la restitución de los 466 metros cuadrados que fueron invadidos y a que por tratarse de un bien público no existe prescripción del proceso, los funcionarios que no le den continuidad al caso podrían incurrir en omisión e incluso prevaricato.

Múltiples son los casos en los que se realizan obras de construcción en la ciudad que infringen las normativas establecidas por la ley. Teniendo en cuenta que la misma cartera de Planeación distrital expresó en ediciones anteriores que se carecía de presupuestos para tener unas brigadas de control urbano y que por tal motivo se trabajaba principalmente con los casos hechos públicos por la comunidad, OPINIÓN CARIBE se abanderó de la denuncia en contra del edificio que se levanta en la carrera 19 a la altura de la calle 11c, por presuntas violaciones en las normativas de construcción.

Luego de la denuncia de OPINIÓN CARIBE en edición número 52 que se titulaba “Una construcción que se pasó de la raya”, la obra de 7 plantas que sería destinada para el proyecto de la Clínica Fisa de propiedad de la empresa Organización de la Salud el Amparo S.AS, y tras la inspección ocular de Secretaría de Planeación se constató que la estructura de concreto presentaba las columnas en la zona de antejardín y se llevaba a cabo sin la respectiva licencia de construcción sino con una valla de solicitud de licencia de la Curaduría Urbana Número Uno.

En su momento OPINIÓN CARIBE consultó con la Curaduría Urbana Número Uno de Santa Marta al respecto y esta expresó que no se había dado ni el inicio al proceso de solicitud de licencia y mucho menos se había otorgado la licencia porque el proyecto carecía de documentos como la viabilidad por parte de la secretaría de salud, los requerimientos de una zona de parqueo y además, sus planos arquitectónicos debían ser corregidos porque presentaban columnas fuera de las líneas de construcción.

Para Luis Miguel Contreras, ingeniero civil de la Universidad de la Salle, es extraño que la construcción tuviese una vaya de solicitud de obra y además que la Secretaría de Planeación se quedó corta en su opinión sobre la obra porque para él, no solo carece de licencia y presenta las columnas en la línea de paramento violando el espacio público, infracción contemplada en la Ley 810 de 2003 artículo 103, sino que además las columnas están a tope con las construcción vecina violando las normas de sismoresistencia, contempladas en la Ley 400 de 1997, existe dispariedad en las alturas y no tiene el índice de ocupación del área total como le exige la resolución 4445 de 1996 sobre los establecimientos hospitalarios.

EL PROCESO

Ante las evidentes infracciones de las normativas de construcción, se dio inicio a un proceso sancionatorio por infracciones urbanísticas contemplado en la ley 3888 de 1997 de acuerdo al cual, luego del debido proceso, las alcaldías y las secretarías correspondientes podrían ordenar la demolición y sanción.
Así, el 22 de mayo de 2014 mediante la resolución 182, se inició una querella policiva de restitución del bien de uso público en contra del representante legal de la clínica Fisa Ricardo David Parra Rozo al considerar que presuntamente viola las normas nacionales de construcción.
El documenta ordena la restitución de la zona de espacio público y de ante-jardín que se encuentra invadida con las columnas con una medida de tres metros de retiro en una profundidad de 22 metros de fondo para un total de 66 metros de área que al ser multiplicados por los 7 niveles, suman un total de 462 metros cuadrados a restituir, y aunque el proceso fue apelado por el representante legal, las secretarias de Planeación y de Gobierno, el 20 de octubre de 2014 dieron cumplimiento a la orden de sellamiento.
Al respecto, la asesora y consultora Sara Uribe, expreso que se debe respetar el debido proceso para evitar que por la no aplicación involuntaria de éste se pueda incurrir incluso en una condición de nulidad de inexistencia.

LA ACTUALIDAD

De acuerdo a la expresado por la secretaria de planeación distrital Diana Sierra, “el pasado 16 de julio de 2015, se realizó la visita a las instalaciones de la clínica Fisa, visita en que participaron los arquitectos de la sección de prospectiva urbana, la parte jurídica de la Secretaria de Planeación Distrital y algunos representantes de la clínica Fisa, la visita se realizó para verificar medidas, ya que los representantes aducen que compraron las casas aledañas a dicha estructura donde, a partir de ello, se podrían contar con la zona de parqueadero y demás.
También se está revisando bien la parte que viola el espacio público para poder realizar los estudios de cómo recuperar este espacio, verificando todos los aspectos estructurales y técnicos que presenta la edificación” expresó la jefe de cartera.

OPINIÓN CARIBE, consulto con un especialista del tema que expresó que además de ser cuidadoso en el debido proceso es vital tener en cuenta los tiempos del mismo para que no exista caducidad de los términos frente a lo cual Diana Sierra expresó que “la recuperación se va a dar porque el espacio público es entendido por la legislación colombiana como inalienable, imprescriptible e inembargable, lo cual implica que en virtud de su esencia son inapropiables. Por estas razones ningún particular puede considerar que tiene derechos adquiridos sobre el espacio público y tampoco podría alegar una posible prescripción adquisitiva de dominio. En efecto, el espacio público está fuera de todas las prerrogativas del derecho privado” puntualizó Sierra.

Al respecto del tema indagamos con el bogado Guillermo Linero de la Universidad Sergio Arboleda quien expresó que “cuando el interés general está afectado no hay prescripción de nada, es un problema y están obligados a recuperarlo, depende de la complejidad del restablecimiento, si tuvieran un riesgo latente a través de una tutela se debe conminar a que se haga rápidamente pero de no generar riesgo hay que esperar los tiempos de la ley que pueden ser hasta de dos años para solucionarlo, lo cual quiere decir que para el 22 de mayo de 2016 debe estar recuperado el espacio público, que no se puede negociar”.

“Lo que se busca es el restablecimiento del derecho a que podamos transitar por el espacio público invadido, si pasa el tiempo que le indica la ley, el funcionario puede estar incurriendo en omisión, porque no le pone atención al caso, o en prevaricato, porque no le presta atención al caso consciente de que tiene un interés personal o quiere favorecer a un amigo, la alcaldía debe conminar al particular para que la desocupe y si la administración no lo hace también la comunidad puede denunciarla” puntualizó el abogado.

Mientras se cumplen los tiempos y se lleva a cabo el debido proceso establecido por la Ley, el espacio público, como si se tratara de un alma en pena, espera en el purgatorio antes de poder gozar de la gloria eterna.