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Denuncias

Una construcción que se pasó de la raya

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Quienes transitan por la carrera 19, se han podido percatar de que a la altura de la calle 11C se ha levantado con velocidad, la estructura de un edificio de siete pisos que a simple vista sobrepasa las rejas de los antejardines vecinos, lo cual de acuerdo a los manifestado por arquitectos consultados, corresponde a la violación de la línea de paramento.

Al indagar sobre el caso a la Secretaría de Planeación, se procedió a una inspección ocular emitiendo un oficio en el cual se manifiesta que “…se adelanta la construcción de una estructura de concreto la cual hacia el lindero suroeste presenta las columnas en la zona de antejardín, dicha obra se lleva a cabo sin la respectiva Licencia de Construcción; cuenta con una valla informativa de solicitud de licencia con radicación no 47001-1-13-0295 cuyo solicitante es Ricardo David Parra Rozo”.

La solicitud que según el mismo comunicado de la Secretaría es de modalidad de construcción de obra nueva para el proyecto de la Clínica Fisa de siete plantas, fue consultada en la Curaduría Urbana número uno donde manifiestan que no se encuentra en proceso porque no se han entregado ni siquiera los formatos de solicitud, así como tampoco los requerimientos que les fueron solicitados como la foto de la valla, la viabilidad por parte de la Secretaría de Salud, los requerimientos de zona de parqueo cuya normatividad es de un parqueadero por cada 120 metros cuadrados, y los planos arquitectónicos corregidos, ya que supuestamente se había aducido la queja de que había dos columnas que estaban por fuera de la línea de construcción.

Dichos documentos en este momento aún no han sido presentados por la empresa organización de la salud El Amparo S.A.S., que aparece como la propietaria de la edificación, que tiene sede en el municipio de Fundación y cuyo certificado de Cámara de Comercio no ha sido renovado desde 2011.

Sin embargo, pese a que en la curaduría manifiesta que no existe aún proceso de solicitud de licencia, en oficio número 295 del 18 de julio del 2013, la misma Curaduría Urbana número uno informó a la comunidad la solicitud de construcción de obra nueva con radicado 47001-1-13-0295 y la conmina a hacer parte del proceso para que de existir inconformidad respecto a la aplicación de las normas urbanísticas, o de considerarse lesionados sus derechos, deben presentarse en la Curaduría.

La Curaduría además de insistir en que no existe ni trámite de solicitud, agrega que la anterior construcción que se encontraba allí, conocida como Clínica Renacer tampoco hizo solicitud de licencia de construcción, sino que se hizo el proceso de reconocimiento de bien, el cual consiste en que las personas que construyen sin licencia, reconocen su obra, la legalizan y solicitan ampliación, lo cual fue hecho por la Clínica Renacer con licencia número 47001-1-12-0178 que estaría vigente hasta el 29 de mayo de 2014, y que pese a que la Curaduría asegura es para el uso comercial, en su comunicado número 180 donde se cita al vecindario para manifestar sus inconformidades se explicita el uso para vivienda.

La Curaduría asegura que podría repartirse la historia, los propietarios de la clínica podrían pedir reconocimiento de la obra y el problema es que la norma la hacen como si existiera un control urbano, que no es su competencia, y que de existir no habría situaciones de hecho.

Al respecto la Secretaría de Planeación Liane Saumeth, asegura que son muchos los casos en donde hay solicitudes de licencias infringidas, y cuando se inician construcciones sin la respectiva licencia, se inicia por ley un proceso sancionatorio de infracciones urbanísticas contempladas en la Ley 388 de 1997.

Agrega la secretaria que “la construcción sin licencia es una de ellas, o construir cuando la licencia está en trámite, como lo manifiesta el Decreto 1469 de 2010 al hacer explícito que las licencias son la autorización previa al inicio de las obras, y son un acto administrativo que para poder hacerlo efectivo tiene que estar en firme, no basta que se expida la licencia sino que dicha acta esté ejecutoriada para que puedan iniciarse las obras”.

La Secretaría de Planeación tiene dos maneras de enterarse, o bien sea porque el curador le solicita, ante una duda, un concepto previo a la expedición de la licencia, lo cual queda a discreción del curador, o bien porque hay particulares que se opongan, de lo contrario se asume que el curador tiene la normativa clara y asume la responsabilidad en el momento de la expedición de la licencia.

Además porque las clínicas no pueden estar ubicadas en todas partes, existen unas normas de regulación con respecto al equipamiento, los parqueaderos, las vías de acceso, las infraestructuras adecuadas, el área del lote, así como otros aspectos que revisa el curador en el momento en que le presentan la solicitud.

 Sin embargo, pese a la queja instaurada por la comunidad en la Secretaría de Planeación con fecha del 4 de diciembre de 2013 sólo hasta que OPINIÒN CARIBE alertó de la situación se realizó la respectiva inspección ocular.

Teniendo en cuenta ello asegura Planeación que “estudiará el caso y haciendo parte a los presuntos infractores para que presenten las pruebas, y si hay lugar a verificación de infracción urbanística, vendría la imposición de sanciones establecidas por metro cuadrado de construcción, y adicionalmente durante el procedimiento se podrían tomar medidas preventivas de suspensión de obra, imposición de multa y en caso de que se esté infringiendo la normatividad se da lugar a una sanción de demolición”.

 “Si en el momento en que hagamos el control urbano ya está la licencia, es complicado para nosotros, porque se puede demoler la construcción ilícita, pero no la que esté establecida por acto administrativo, porque tocaría empezar a atacar ese acto, y si el particular tiene su derecho de construcción y argumenta bajo principio de confianza legítima que se ha acercado a la entidad que le debe brindar una asesoría adecuada, no tiene sentido que luego le vengan a salir con que no, y si se hace demolición, que asuman las entidades, porque quien observa la conducta de la Curaduría es la Procuraduría, no la Secretaría de Planeación”.

Por ello la Secretaría de Planeación, hace un llamado a las curadurías recordándoles que cuando se le presenta la solicitud, ellos deben hacer un control de legalidad donde se aplica la norma, no una circular, y si se presentan con una circular, ante la duda absténgase de entregar licencia.

TRABAJO DESCOORDINADO

La concejala Ana María Muelle manifiesta que la situación se debe a que las curadurías, no funcionan de manera articulada con la Secretaría de Planeación, porque los curadores en el POT que está en funcionamiento no están en observancia estricta de los parámetros de planeación, entre otras cosas, porque el plan de ordenamiento ya se debió expedir nuevamente, además porque los curadores como particulares con función pública, tienen una autonomía en el ejercicio de sus funciones y están llamados a garantizar el cumplimiento de las normativas.

Hay que reorganizar y reglamentar el ejercicio armónico de estas dos instancias para que no se presente el choque de trenes en el tema de construcciones y uso del suelo.

Así mismo agrega que el concurso público de curadores, ha debido haber empezado hace bastante tiempo, y el Alcalde presentó un proyecto el año pasado que salió con ponencia negativa por el hecho de que se consideró que el Concejo no tenía necesidad de entregar facultades sobre el tema para que el Alcalde procediera a abrir el concurso de méritos, pero no ha habido pública noticia de que se haya aperturado, lo cual considero que también propicia el cruce de cables entre curadurías y Planeación.

Fecha de publicación: Abril 2014, las autoridades aún no toman medidas.

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