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Las tres trampas que le ha puesto el Gobierno a la restitución de tierras

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Por Jhenifer Mojica Flórez

Cuando fue expedida la Ley de víctimas y restitución de tierras (Ley 1448) en junio de 2011, el propio Juan Manuel Santos afirmó, que, si lograba implementar esta ley habría valido la pena ser presidente. No era para menos, se trataba de la ley con la que se buscaba saldar la deuda histórica con quienes padecieron el conflicto armado, un “paso hacia la paz para comenzar a sanar las heridas”.

Con esta ley se estableció un procedimiento especial, mucho más fácil y favorable, para restituir los derechos de las víctimas que hubieran sufrido el desplazamiento forzado y perdido sus tierras y viviendas. Los campesinos víctimas tendrían, por fin, la oportunidad de ser reconocidos en su derecho a la tierra, con una institución estatal que los apoya y representa sus intereses, con una justicia especializada y un proceso corto que parte de creer en los relatos de las víctimas y que busca beneficiarlas y garantizarles la restitución y reparación por encima de todo.

Estos primeros años de implementación de la Ley (2011-2015) fueron dedicados fundamentalmente a crear la nueva institucionalidad de la restitución –unidad administrativa y juzgados-, con importantes pero pocos resultados en relación con las más de 87 mil solicitudes de restitución que las víctimas han hecho. De las 87 mil, 14 mil solicitudes han sido incluidas en el registro de tierras despojadas y abandonadas forzadamente. De ellas, 11 mil fueron presentadas ante los jueces de restitución, dando lugar a que dos mil quinientos predios fueran restituidos mediante sentencia judicial –de los cuales menos de dos mil han sido restituidos materialmente-, beneficiando finalmente acerca de cuatro mil familias.

No ha logrado el proceso de restitución despegar, y ya se le han presentado una serie de obstáculos y trampas para hacerle el quite: reformas legales, decretos e instrucciones que lo debilitan. Es decir, lo que la Ley 1448 reconoció a las víctimas despojadas, se lo han venido quitando de a poco, dejando a quienes padecieron las más atroces violaciones de derechos humanos en una especie de laberinto sin salida.

Estas son las reformas que han venido torpedeando el proceso de restitución de tierras:

Trampa 1: Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Fuente: Ley 1753 de 2015, artículos 49 y 50 Mediante los Proyectos de Interés Estratégico Nacional- Pines, creados para dar paso a obras de infraestructura vial y energética y a la explotación de minería e hidrocarburos, se estableció la imposibilidad de la restitución de tierras a las víctimas despojadas sobre aquellos predios que se cruzaran con este tipo de proyectos.

Con esta reforma las víctimas sólo tendrían derecho a una compensación. Recientemente la Corte Constitucional declaró que esta negación de la restitución afectaba derechos humanos de las víctimas por lo que declaró inconstitucional esta reforma que quedó sin efectos. Impacto: Según el documento Conpes 3762 de 20 de agosto de 2013, se habían declarado 51 proyectos de inversión en los sectores minero energético y de transporte como Pines, y se identificaban más de 250 con potencial. Inicialmente, en las tierras que involucraban estos proyectos no había lugar a la restitución. Con la decisión de la Corte, sí se podrá restituir.

Trampa 2: Ley de Zidres Fuente: Ley 1776 de 2016 Con la creación de las Zonas de Interés para el Desarrollo Rural, Económico y Social (Zidres), se destinan grandes extensiones de tierra a la producción agroindustrial, fomentando el monocultivo como base del desarrollo.

Con este esquema se autoriza la concentración ilimitada de tierras por parte de empresas nacionales y extranjeras, incluyendo tierras públicas y privadas y, por supuesto, tierras despojadas a víctimas en el conflicto armado. En las Zidres se privilegia la producción por encima del reconocimiento de los derechos humanos de las víctimas; a futuro, las víctimas que reclamen tierras incluidas en proyectos Zidres, sólo les quedará la alternativa de la compensación y no la restitución. Impacto: El Gobierno afirma que podría haber Zidres en la altillanura (7 municipios del Meta y Vichada que son más extensos que la región Caribe colombiana), en La Guajira, sur de Bolívar, La Mojana (13 municipios entre Sucre, Córdoba, Bolívar y Antioquia), Urabá chocoano, Caquetá y Putumayo, entre otras.

En las tierras que involucren estas Zidres no hay lugar a la restitución. Trampa 3: Decreto 440/16 que reforma el proceso de restitución Fuente: Decreto 440 de 11 de marzo de 2016 Artículo 2.1 1.3.5. Dando una interpretación equivocada a la Ley 1448/11, este decreto crea cuatro nuevas causas para que las víctimas no tengan derecho a la restitución: 1) No cumplir los requisitos como poseedores u ocupantes de baldíos (bienes de la Nación) para la titulación o adjudicación de las tierras; 2) Que las tierras baldías despojadas cuya restitución se solicita estén en el interior de las reservas forestales de la Ley 2 de 1959; 3) Que las tierras baldías despojadas estén cobijadas por el sistema de parques nacionales naturales; 4) Que las tierras baldías despojadas se encuentren en áreas naturales regionales. Si se presenta cualquiera de estas causales, las víctimas pierden su derecho a la restitución y reparación, puesto que le es negada su solicitud desde antes de iniciar el proceso según lo prevé el decreto; no tienen derecho ni a una compensación. Impacto: Las siete zonas de reserva forestal de la ley 2 de 1959 abarcan más de 48 millones de hectáreas y el sistema de áreas protegidas que incluye el sistema de parques nacionales y las áreas naturales se extiende sobre 24 millones de hectáreas.

En estas grandes zonas la restitución queda excluida para las víctimas que fueran ocupantes de baldíos. Observando las restricciones que se le han hecho a la restitución, muchas de ellas confluyen en los departamentos de Antioquia, Bolívar, Cesar, Magdalena, Tolima y Meta, los cuales, según la Unidad de Restitución, son los que tienen un mayor número de víctimas despojadas, pidiendo atención. El presidente Santos ha afirmado que “la paz se construye con justicia social, con hechos que cambien vidas… Y a través de la restitución lo estamos haciendo”. ¡Sí presidente Santos, tiene toda la razón!, la restitución de tierras a campesinos despojados construye paz, así que, por favor, no le meta más trampas.

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