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Procuraduría solicitó protección inmediata de la población aledaña a la Ciénaga de Santa Marta
El organismo de control alertó de que en la zona existen altos niveles de riesgo a la vida, salud y subsistencia de las comunidades que dependen de la ciénaga como consecuencia de la falta de redes de acueducto y alcantarillado.
Dentro de sus funciones de intervención, la Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Suprema de Justicia la protección inmediata de los derechos fundamentales de las comunidades que dependen de la Ciénaga Grande de Santa Marta, quienes no cuentan con garantía mínima de acceso a agua potable y saneamiento básico.
Ante el difícil panorama que presenta este ecosistema de especial transcendencia ambiental por causa de la ganadería, construcciones irregulares, masiva muerte de especies, entre otras, un grupo de pescadores de la ciénaga presentó una acción de tutela para proteger los derechos al medio ambiente sano, a la vida digna, al mínimo vital, al trabajo, a la libertad de oficio, a la alimentación y al agua de esta población.
No obstante, la Sala Quinta del Tribunal Superior de Santa Marta decidió declarar improcedente esta acción por la existencia de otro mecanismo de protección del Tribunal Administrativo del Magdalena, que a juicio del ente de control continua con la vulneración de los derechos de la comunidad.
Por lo anterior, el Procurador Delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios, Gilberto Augusto Blanco Zúñiga, pidió a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia revocar la decisión en primera instancia y alertó de que en la zona existen altos niveles de riesgo a la vida, salud y subsistencia de los accionantes como consecuencia de la falta de redes de acueducto y alcantarillado, mantenimiento y dragado de caños y aprovechamiento excesivo del agua dulce en la parte alta de los ríos de la Sierra Nevada de Santa Marta.
El organismo de control reclamó la intervención inmediata para la protección de los derechos de la comunidad de la Ciénaga o la adopción de un mecanismo transitorio mientras se resuelve esta acción popular que fue objeto de recurso de apelación y la decisión final la tendrá el Consejo de Estado.
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