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¡Estoy insolvente!
¿Se encuentra usted desesperado porque sus deudas lo tienen agotado? En Colombia existe una ley que le puede ayudar a refinanciar sus obligaciones y recuperar la tranquilidad perdida.
Daniela Pirela Wisman
Desde octubre de 2012 en Colombia entró en vigencia una ley que busca que aquellas personas que tienen obligaciones financieras que no pueden cumplir, puedan renegociar sus deudas con sus acreedores, y no llegar al extremo de ser embargados, desalojadas de sus viviendas o despojadas de cualquier otra clase de pertenencias.
El abogado Óscar Prieto es uno de los que trabaja la iniciativa de brindarle a la población magdalenense la posibilidad de declararse insolvente económicamente y poder negociar con sus acreedores, con el fin de que estos puedan estar a paz y salvo con sus deudas, suspender procesos judiciales que se adelanten en su contra y reducir o eliminar el cobro de intereses.
“Yo cité a conciliación a mi acreedor porque sinceramente ese problema no me dejaba dormir. Estoy viviendo esto, porque soy una persona desplazada, perdí mi finca, mi ganado, y quedé insolvente económicamente. Pero necesito pagar para renacer en lo financiera y así estar tranquilo”, afirmó Luís Márquez*.
Además, agregó, que “hoy luego de la conciliación noté que este proceso es rápido, la entidad a la que yo le debo se puso a correr porque nunca se les había presentado una situación como esta, y la ley establece que ellos debían dejar de hacerme descuentos. En este momento ya puedo recibir mi salario completo, tenía casi 10 años que no me pasaba. Es importante que las personas conozcan este método y sepan que hay una solución”.
La Ley de Insolvencia Económica es un proceso por medio del cual un acreedor y un deudor logran conciliar. Este tiene como objetivo ofrecerle al deudor un estudio de su crédito en un plazo de 60 días que puedan ser prorrogables hasta por 30 días más.
Los deudores que tengan dos o más demandas que les exijan el pago de sus obligaciones, pueden acogerse a esta ley, además, aquellas personas que tienen deudas y se cuelgan o atrasan en el pago por más de la mitad del monto prestado. El tipo de deudas que una persona puede tener para acudir a esta ley son las relacionadas con acreedores del sector financiero, comercial y de carácter particular. “Pueden acceder a este beneficio personas que incluso le deben al señor de la tienda”, añadió el abogado Óscar Prieto.
En el departamento del Magdalena no existía ninguna notaría o consultorios jurídicos de universidades al que un deudor pudiera acudir para buscar una solución a sus problemas de insolvencia. Sin embargo, esta ley establece que también puede llevarse a cabo en las alcaldías municipales y distritales o en las cámaras de comercio.
“Esta ley permite que las personas paguen en la medida de sus capacidades. En insolvencia está, no una persona que no tiene ingresos, por lo contrario, un individuo está en insolvencia cuando tiene ingresos, pero estos no son suficientes para cubrir sus obligaciones”, comentó el abogado Oscar.
EN LA MESA Y TODOS JUNTOS
En primer lugar, el deudor debe entregar un informe completamente detallado sobre aquellas causas que lo llevaron a estar en una situación de insolvencia económica.
El segundo paso a seguir consiste en establecer una relación completa y actualizada de los acreedores y de sus activos. Prieto señala, que un activo no es simplemente una casa avaluada en cierta cantidad de millones de pesos o un carro o moto. Por lo contrario, un activo puede ser un televisor, teléfono celular o cualquier otra clase de objeto.
El tercer requisito es anexar una certificación de ingresos, la cual es solicitada al empleador, o si existen ingresos que no son generados de un empleo, puede un contador público independiente certificarlos. El cuarto requisito es quizás uno de los más importantes de este proceso, el deudor debe entregar un informe detallado de sus gastos de supervivencia y de las personas que se encuentran a su cargo. Y es esencial que entregue información sobre si tiene o no sociedad conyugal. Si algún deudor tiene demandas judiciales, estos deben anexar el material correspondiente a su proceso judicial en su contra.
“Las personas deben garantizar su subsistencia, es decir, sus gastos básicos. De su asignación salarial, de sus ingresos mensuales debe reservar los servicios públicos, el arriendo si es su caso, el colegio o la universidad de los hijos, todo lo que necesite para vivir dentro de unos límites. No quiere decir que la persona puede decidir que, por ejemplo, necesita la suma de un millón de pesos para sus gastos porque se alimenta todos los días con jamón serrano, en mi caso, siempre tengo presente las estadísticas del Dane, manejamos unos parámetros para que esos gastos realmente sean los que la persona tiene y no sean inflados”, explica Óscar Prieto.
El último requisito radica en el cálculo del monto que la persona declarada en insolvencia se compromete a pagar durante el tiempo que dure el proceso, sin que esto afecte su subsistencia o la de su familia y mucho menos, la conservación de sus bienes. El Abogado añade, que “es importante definir cuánto dinero tiene disponible un deudor para sus acreedores bajo unas reglas. Por ejemplo, el acuerdo de pago debe ser no mayor a cinco años, puede extenderse a más tiempo, siempre y cuando a ambas partes les convenga que sea mayor.
Cuando una persona se declara en insolvencia económica y cita a sus acreedores, todos deben estar reunidos con el fin de que el proceso sea llevado a cabo exitosamente. Algunas personas tienen varias propuestas de pago, pero realmente el margen de negocio es muy limitado. Por eso se requiere que estén todos juntos, para que los acreedores conozcan lo que la persona tiene disponible y se puedan fijar cuotas. La norma establece que a cada acreedor le corresponde un porcentaje. La idea es dinamizar y negociar y que todo se lleve a cabo en la mesa y todos juntos”.
LAS PERSONAS NO PAGAN PORQUE NO PUEDEN
La norma de insolvencia económica es rígida, no solo con los acreedores, también con los deudores. Se puede pagar la deuda con bienes inmuebles, por medio de una figura de intercambio. Dicha deuda puede ser pagada en su totalidad o de manera parcial con un bien inmueble, este debe ser avaluado previamente por un perito, y el deudor, puede recibir la diferencia si esta existe.
“Lo que buscan las entidades financieras es tratar de buscarle una solución al deudor y que las personas salgan de sus obligaciones. El señor que nos citó, le hizo una propuesta a la empresa y nosotros somos flexibles con el fin de ayudar a las personas, porque somos conscientes de la situación que viven. Como entidad financiera no podemos desconocer esto, porque a veces las personas no pagan porque no quieren, sino porque no pueden”, explicó Madeleine Zabaleta, abogada financiera de Financia Ya.
Hay quienes caen en un mar de deudas y no encuentran un salvavidas que los ayude a salir de esto. Incluso, una de las causas más frecuentes de los suicidios en las personas son los problemas económicos. “He tenido matrimonios sentados en frente de mí desesperados por su situación. Personas que no encuentran una salida a sus problemas económicos, y es necesario que esta ley se conozca y todos sepan que tienen acceso a esta. También hay personas que pierden su trabajo y quedan sin posibilidades de seguir cubriendo sus obligaciones”, precisó Óscar Prieto.
Este proceso tiene un costo a veces muy alto, sin tener en cuenta la necesidad de las personas. Por tal razón, este abogado trabaja para dar a conocer los beneficios de esta ley, que reduce los altos costos.
EL TRÁMITE PUEDE FRACASAR
En el caso que se compruebe que el deudor infló sus necesidades básicas o transfirió sus bienes a terceras personas luego de darse el acuerdo de pago, puede perder el derecho a seguir cobijado por la Ley de Insolvencia Económica. Si se pierde este beneficio por no cumplir con lo pactado en la primera conciliación, la persona queda inhabilitada para volver a acceder al beneficio en un plazo de seis años.
La Ley de Insolvencia Económica obliga a los acreedores a aceptar el modelo de pagos que el deudor propone, no se puede oponer. Este proceso puede ayudar a muchas personas que se encuentran en mora con una o varias entidades a nivelar sus finanzas e incluso a salvar sus vidas.
Durante el tiempo establecido, una persona que se encuentre dentro de un proceso de insolvencia económica debe hacer un sacrificio, y los miembros de su familia deben ser conscientes de las privaciones a las que se someterán con el fin de mejorar la calidad de vida y el bienestar de todos. “Este proceso debe conocerse, hay quienes no deben mucho y están muy complicados, sin saber que pueden solucionar sus problemas. Esta es una labor hermosa”, puntualizó el abogado, Óscar Prieto.
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