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Exclusividad abusiva

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La legislación colombiana es clara, no se permite privatizar playas, por lo contrario, el mar y su acceso son un derecho para todos. En algunas circunstancias y por seguridad del Estado, se establecen restricciones en zonas de playa y de acceso libre al mar a los particulares.

Daniela Pirela Wisman

Álvaro Mejía Sánchez

El Distrito de Santa Marta, de acuerdo con la Alcaldía, está conformado por un mar territorial, un área montañosa correspondiente a la Sierra Nevada, cuerpos de agua interiores, las islas y bahías localizadas en el mar territorial y en los cuerpos de agua, el suelo consolidado constituido por una zona costera y una zona continental, el suelo no consolidado constituido por la zona de Bajamar, el subsuelo y el espacio aéreo asociado.

Su ubicación hace que sea una ciudad que atrae a muchos samarios y turistas. Sus playas de aguas tranquilas son la razón por la cual muchos hoteles y condominios son edificados a las orillas de estas. Taganga, El Rodadero, y en especial, los sectores de Pozos Colorados y Bello Horizonte, son de los más apetecidos por las grandes firmas constructoras. Pero, ¿sabía usted que, aunque estos se encuentren ubicados a la orilla de la playa, no tienen dominio de está, y no pueden prohibirle a nadie el ingreso?

Algunas de estas construcciones solicitan ante la Dirección General Marítima, Dimar, concesiones para hacer uso de las playas, colocando quioscos, silletería de playas, canecas, entre otros elementos; cumpliendo con una serie de requisitos que la autoridad nacional especifica. A otras edificaciones solo se les otorga un permiso o concepto técnico de probabilidad para elementos de fácil remoción, como es el caso del Condominio Marino Cabo Tortuga, ubicado en el sector que lleva el mismo nombre gracias un cerro que tiene forma de tortuga, estos no cuentan con una concesión, caso contrario de otros hoteles que se encuentran en esa línea de playa.

Graciela Leguía Zambrano, en el mes de octubre de 2017 denunció por medio de videos a través de su cuenta personal en la red social Facebook, lo que le sucedió en el sector de la playa Cabo Tortuga. Quedó registrado el momento en el que personal de seguridad del Condominio Cabo Tortuga se acercó hasta donde estaban unos jóvenes disfrutando de la playa, para que se retiraran del lugar, situación que parece ser común en este balneario.

“A través de este medio quiero compartir con los samarios los abusos que comete el Condominio Cabo Tortuga, que se ha apoderado de la playa. Ha instalado carpas y quioscos sin control alguno. Estos hechos ocurrieron ayer 15 de octubre de 2017, en el primer video se observa a un grupo de jóvenes sentados sobre la arena para disfrutar de su almuerzo, cuando llega el personal de seguridad de dicho condominio a sacarlos del lugar. Cuando se percatan que los estamos grabando se retiran y llaman a la Policía.

En el segundo video, se  observa a la policía conminando a los menores de edad para que se retiren del condominio, porque de no hacerlo llamarían a la Policía de Infancia y Adolescencia. Finalmente, en el tercer vídeo, se puede ver la posición de los jóvenes, quienes deciden retirarse ante  la situación. ¿Dónde están los entes de control? ¿Quiénes son ellos para que ocupen la playa? Cuando deben primar los derechos del colectivo ante unos particulares”, precisó Graciela a través de Facebook.

QUIOSCOS DE LA DISCORDIA

Así como Graciela Leguía Zambrano, Deiber Conrado Aponte denuncia los atropellos a los que han sido sometidos bañistas, quienes disfrutan mucho de la playa Cabo Tortuga, puesto que es un lugar tranquilo, pero solo hasta que los vigilantes, a quienes, según él, “les toca la parte sucia”, les piden a las personas que se alejen de los quioscos del condominio.

“Las personas fueron ultrajadas por los propietarios del condominio, eso no es de ellos. Está bien y entendemos que invirtieron dinero para hacer sus quioscos, pero el espacio no les pertenece. Además, los quioscos están empotrados en la playa, por tanto, se han convertido en los quioscos de la discordia. Si uno se ubica debajo de uno de los paraguas playeros en medio de los quioscos, lo sacan; algo que no sucede en la playa del Batallón. He ido y aunque me han hecho acompañamiento los uniformados, no se ve ningún tipo de discriminación, como  en Cabo Tortuga”, afirmó Conrado.

Este samario cuenta como a raíz de las situaciones que ha presenciado y vivido en esta playa, ha buscado la forma de instruirse en cuanto a la privatización de las playas, o cuál es el uso correcto que se les debe dar a estas. Por esta razón, ha enviado oficios a la Dimar y Secretaría de Gobierno, y ha llegado al punto de interponer una tutela por medio de la cual pide que la administradora del Condominio Cabo Tortuga se retracte de los improperios expresados públicamente a los bañistas, a quienes afirma, llamó “gentuza, chusma”; asimismo, que se verifique el permiso otorgado al edificio.

De acuerdo con el Decreto 2324 de 1984, artículo 166, “las playas, los terrenos de bajamar y las aguas marítimas, son bienes de uso público, por tanto, son intransferibles a cualquier título a los particulares, quienes solo podrán tener concesiones, permisos o licencias para uso o goce de acuerdo con la ley. En consecuencia, tales permisos o licencias no confieren título alguno del suelo o subsuelo”. ¿Es contradictorio lo que sucede en el prestigioso condominio con respecto a lo que señala el decreto?

Juan Pablo Huertas, capitán de Corbeta de la Dimar, señaló, que “todas las playas son bienes de uso público, si bien es cierto la Dirección General Marítima de acuerdo con el cumplimento de unos requisitos exigidos por la ley, da permisos para que una persona, condominio o edificio acceda a una concesión por unos años, pero se debe tener en cuenta que se puede conceder si cumplen los requisitos”.

Sin embargo, al tener una concesión no quiere decir que sea propiedad privada, “las playas son bienes de uso público”, señaló el Capitán. Cuando se otorga una concesión es para que utilicen e instalen en la playa elementos de fácil remoción, como es el caso de quioscos, casetas, carpas, sillas; estos son de uso exclusivo de sus propietarios. Esto no significa que cualquier ciudadano no pueda hacer uso de la playa, la única restricción es que no puede usar los elementos, porque estos le pertenecen al edificio, la institución o a la entidad que haya solicitado la concesión, y solo pueden darle uso a quienes ellos dispongan.

“Para esto realizamos diferentes actividades de control. Todas las semanas funcionarios de la Capitanía de Puerto del área de litorales realizan inspecciones por todos los litorales de la jurisdicción de Santa Marta, en aras de verificar que aquellas personas, edificaciones o compañías, a quienes se les haya otorgado algún tipo de concesión estén cumpliendo con los lineamientos establecidos; y cualquier situación que se detecte en el momento de las inspecciones es motivo para hacer las respectivas investigaciones, para verificar qué está pasando y si está cumpliendo con la normatividad.

Hemos tenido casos de quejas de personas, usuarios o comunidades que afirman que no los dejaron entrar o hacer uso de una playa, enseguida procedemos a hacer las inspecciones y a emitir documentos formales a aquellos hoteles o edificios que estén haciendo esto, recordándoles cuales son los compromisos adquiridos bajo la norma de concesión y que está prohibido que ellos les digan a su personal de vigilancia que es prohibido el uso de las playas, porque cualquier persona puede usarla”, agregó el capitán Huertas.

OPINIÓN CARIBE recorrió la zona donde están ubicados los quioscos playeros de los Condominios Sierra Laguna y Cabo Tortuga. Varias de las personas que se encontraban bañándose en el lugar afirmaron, que nunca habían tenido problemas y que solo les pedían que no usaran el mobiliario del condominio. Sin embargo, residentes aledaños a la zona le contaron a este medio informativo, que han visto como les piden a las personas que desalojen los quioscos, porque son de uso exclusivo de los residentes,  tal como lo señala Juan Pablo Huertas, capitán de Corbeta de la Dimar.

José Luís Cotes, inspector de Policía del sector de La Paz, aseguró, que ha recibido quejas ciudadanas las cuales en muchos casos han sido remitidas de manera directa a la Secretaría de Gobierno Distrital. En estas informaban que había 11 quioscos construidos, motivo por el cual se dirigió al lugar a realizar una inspección ocular. Con lo que se encontró allí, es que los quioscos no solo no están construidos de manera superficial, sino que están empotrados en una base de concreto, que él en persona verificó.

El Inspector luego de realizar su labor de comprobación, envió un informe de inmediato a la Secretaría de Gobierno y se encuentra a la espera que dicha Secretaría se pronuncie. Otra situación encontrada es que, al momento de llegar algún particular al sitio, de manera instantánea llegan los vigilantes del lugar, lo que OPINIÓN CARIBE  pudo constatar.

De acuerdo con información recolectada por este medio, existe un permiso para levantar quioscos, considerados como elementos de fácil remoción, de acuerdo con la Dimar. Como su nombre lo indica, quioscos que se pudieran remover con facilidad, pese a esto, tal como lo constató el Inspector de Policía de la Paz, estas construcciones aledañas a la zona de la playa tienen unas bases de cemento que los convierten en construcciones fijas. Con esto, se viola las normas referentes a la preservación de las playas, y se causa un daño ambiental.

En lo referente a las versiones de las personas que se encontraban en la zona, el inspector Cotes considera que la queja que llegó a sus manos tiene el respaldo de más de treinta personas, las cuales “no cree que le mientan a la Alcaldía”, por ello, desde su perspectiva, los reclamos de los ciudadanos tienen validez. De hecho, los residentes del sector que hablaron por fuera de los micrófonos señalaron, que los fines de semana la situación se puede comprobar, en especial cuando es temporada baja, que es cuando las personas que habitan en la zona se acercan a bañarse con mayor frecuencia.

Durante la primera visita realizada por el equipo periodístico de OPINIÓN CARIBE, algunos vendedores no manifestaron ninguna incomodad o discriminación; otros como Máxima Romero, quien lleva 37 años de trabajar antes de que esas edificaciones se levantaran, manifiesta, que nunca ha tenido problemas para vender sus productos, nadie ha intentado sacarla o prohibirle el acceso al lugar; con ella concuerdan varios vendedores más, quienes aseguran, que pueden trabajar con libertad en esas playas, es más, algunos afirman que trabajan con mucha mayor comodidad que en las playas de El Rodadero, en las que por no tener carné, no los permiten trabajar.

El inspector José Cotes espera que ante la ola de quejas y todo el despliegue mediático que ha tenido esta información, y ante la posibilidad de que llegue una medida correctiva que les obligue a tumbar los quioscos, los propietarios de estos lugares cambien la filosofía y les permitan a las personas recrearse  en estas construcciones, sin hacer uso de sus elementos, los cuales son de carácter exclusivo.

Deja constancia, eso sí, que las personas no pueden ser sacados de ese lugar, porque las playas pertenecen al espacio público, que es de cada uno de los ciudadanos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 82 de la Constitución que reza: “es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular. Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común”.

El funcionario precisa, que quien debe determinar el futuro de estas construcciones es el Distrito, de común acuerdo entre el Alcalde y el Secretario de Gobierno. Lo que a él le corresponde es realizar la inspección ocular y enviar el posterior informe, procedimiento que ya fue realizado, por tanto, espera se le informe de la decisión tomada por  la Administración Distrital.

Aunque la primera alternativa es que decida tumbar los quioscos, existe la posibilidad que si acogen las recomendaciones, se evite cualquier tipo de discriminación y se les permita a los bañistas externos a estas instalaciones, acceder a estos de forma libre. Cabe resaltar, que el responsable por las playas en el Distrito, es el Alcalde, por ello, ni el Dadsa como departamento de control ambiental y sostenible, ni la Dimar como autoridad marítima nacional, tendrían algún tipo de jurisdicción en este caso particular que tiene que ver con los quioscos ubicados en el sector de Pozos Colorados.

En el lugar existen edificaciones que tienen los quioscos más cercanos al mar, en comparación con otros; por lo que basados en el concepto de lo que se considera playa, es necesario analizar cuáles de esas construcciones ocupa el espacio de la playa, que es, como ya se ha mencionado, espacio de uso común.

Asimismo, se debe establecer que, desde la línea de bajamar, es decir, hasta donde llega la ola, debe haber una distancia mínima de 30 metros para llevar a cabo las construcciones, esa es la distancia que se debe conservar, si no se respeta esa distancia,  se considera que se invade la playa. La entidad que determina hasta donde llegan los terrenos de bajamar es la Dimar, de acuerdo con lo informado por Luís Eduardo Caicedo, jefe de la Oficina Ambiental del Dadsa.

Luego de la inspección ocular llevada a cabo por el inspector de Policía de la zona y su informe entregado, el caso fue remitido a Pierre Alle, líder de espacio público de la Secretaría de Gobierno, quien le contó a OPINIÓN CARIBE, que  en el sector de Cabo Tortuga, “existe una ocupación de espacio público indebida o ilegal, porque si bien es cierto que existen dos conceptos de favorabilidad, uno por parte de la Dimar y otro por parte del Dadsa, la autoridad ambiental del Distrito, estos conceptos son permisivos para ubicar material de fácil remoción, ya sean sillas o parasoles, pese a esto, los administradores del edificio lo que hicieron fue construir unos quioscos”.

Alle agrega, que “la oficina de espacio público del Distrito recibió una denuncia ciudadana,  por parte de Deiber Conrado Aponte, quien, además de hacer la petición, interpuso una acción de tutela, esto motivó a que se le solicitara al inspector del policía de la zona una inspección ocular en la cual encontró, que efectivamente, el edificio había actuado de manera contraria a lo solicitado en su momento, violando la normatividad sobre los vistos buenos ambientales de la entidades antes mencionadas”.

El funcionario de la Secretaría de Gobierno, puntualizó, que “esto llevó a que se le solicitara un concepto técnico a la Secretaría de Planeación, oficina que ya había realizado unas visitas a la zona, por solicitud de la Procuraduría y gracias a dicho concepto técnico, la Secretaría de Gobierno en conjunto con la Inspección de Policía de la Paz, y en cumplimiento de la Constitución Política y del Nuevo Código de Policía, van a iniciar el proceso de restitución de bien de uso público,  en este caso, la zona de playa”.

De igual forma, Pierre Alle informó, que el viernes 6 de julio debe salir la comisión para que el Inspector de Policía de la zona, retome el proceso con todos los conceptos técnicos, tanto el concepto de la Dimar, que dice que no hay permiso para construcción y el ambiental por parte del Dadsa, que hace referencia a que en esa zona no se puede construir; sumado al concepto técnico de ocupación de espacio público por parte de la Secretaría de Planeación.

Con base en esos conceptos, el inspector de policía debe emitir una resolución, donde ordene en primera instancia, la restitución por ocupación del espacio público.

En caso de que los dueños de las edificaciones presenten los recursos de ley, si la resolución es contraria a los intereses del edificio, ellos pueden presentar una apelación, y en caso de que esta llegue a segunda instancia, llegará al despacho del Secretario de Gobierno. Si los propietarios de las edificaciones no presentan ningún tipo de recurso de apelación y en cumplimiento de los tiempos establecidos por ley, el inspector podrá cumplir con el proceso de demolición de los quioscos.

El líder de espacio público de la Secretaría de Gobierno deja en claro, que hay “una privatización del espacio público, que se manifiesta a través de los quioscos, los cuales son usados para no permitir que los ciudadanos se acerquen a la playa, desconociendo que esa zona de playas hace parte del espacio público. Además, existe ilegalidad de la ocupación al no existir permiso alguno para la construcción de los mismos; cuando ellos solicitaron el permiso lo que se les entregó fueron viabilidades y conceptos favorables para la ocupación, pero no total, sino de elementos materiales que se puedan remover, tales como sillas parasoles, entre otros” afirma Pierre Alle.

En relación con las denuncias hechas por algunos vendedores de la zona, quienes aseguran que no les permiten trabajar con libertad, que solo unos pocos portan chalecos, los cuales pueden laborar con facilidad en esa zona, el funcionario Alle señala, que existe una garantía constitucional, definida por la Corte Constitucional como confianza legítima. Esta cobija a los vendedores que tienen muchos años trabajando en espacios públicos y quienes a raíz de ello adquieren esa confianza, que es amparada por sentencias de la Corte Constitucional, por ello la Secretaría de Gobierno les reconoce el derecho, si el vendedor se encuentra carnetizado.

Ese reconocimiento se otorga por medio de censos, el carné como tal, les da permiso para vender en las zonas en las que estén autorizados. Si es en la zona de El Rodadero, puede vender en ese sector; o si está autorizado para vender en Bello Horizonte, puede hacerlo con libertad en esa playa, sin salirse de la zona que está previamente delimitada, ya que su confianza legítima es establecida en esos sectores en particular.

En el caso que los Condominios Cabo Tortuga y Sierra Laguna estén realizando este tipo de control, el líder de espacio público de la Secretaría de Gobierno, invitó a quienes sientan que se les están vulnerando sus derechos a realizar las respectivas denuncias, porque hasta el momento no ha recibido ninguna en su despacho; aclara, sin embargo, que ningún hotel como ente privado tiene facultades para administrar el espacio público en la ciudad.

Por último, el funcionario adscrito a la Secretaría de Gobierno, deja en claro, que todos los casos en los que se ha presentado algún tipo de queja relacionada con la ocupación del espacio público ha sido recibida de manera oportuna y en cumplimiento de las normas establecidas. Asimismo, el capitán de corbeta de la Dimar, Juan Pablo Huertas, invita a todos los ciudadanos a denunciar cuando suceda algo relacionado con ocupación de playas.

Este medio dialogó con un residente de la zona, quien contó que desde hace muchos años se baña en la playa en la que se encuentran ubicados los Condominios Cabo Tortuga y Sierra Laguna, que no ha tenido ningún inconveniente, que su rutina de nado la realiza en horas de la mañana, periodo en el que la afluencia de turistas y habitantes de dichos condominios es escasa o nula.

Sin embargo, al momento de preguntarle por el uso del mobiliario de los condominios, fue enfático al afirmar, que cuando es ocupado  por cualquier persona ajena a la propiedad, de manera casi inmediata aparecen los vigilantes para pedirles que se levanten, porque esas sillas son propiedad privada, “uno tiene derecho al pedazo”, nos informaba esta persona, quien, además de ser residente cercano a la zona, trabaja en un sector aledaño a la vía que conduce a estos condominios.

En repetidas ocasiones este medio intentó comunicarse con la administradora del Condominio Cabo Tortuga, pero no fue posible, debido a que según nos informó el personal de seguridad, no se encontraba en el lugar. Tampoco fue posible obtener un número de teléfono para contactarla, porque esa información, según ellos, es confidencial y no estaban autorizados para entregarla.

En el caso del Condominio Sierra Laguna la situación fue similar, OPINIÓN CARIBE se acercó varias veces para hablar con la administradora del edificio, pero el personal  administrativo informó, que no se encontraba en el lugar por inconvenientes personales. Quedó en contactar al medio, pero al momento del cierre de esta edición no se recibió ningún tipo de comunicación por parte de la administración del Condominio Sierra Laguna, ni de ninguno de sus representantes.

Otra situación detectada al momento de visitar la zona es que los vendedores, quienes se ganan la vida a orillas de estas playas, se quejan de que en más de una ocasión han tenido problemas con los dueños de los condominios, quienes señalan, que ellos “molestan por todo”, y los obligan a sacar permisos, porque les han dicho que las playas son privadas, lo que contradice lo expresado por Pierre Alle, funcionario de la Secretaría de Gobierno.

OTRAS PROBLEMÁTICAS

Una de las vendedoras del lugar informó, que el 1° de julio llegaron cinco buses provenientes de Barranquilla a la playa, y se fueron a eso de las 7 de la noche, la dejaron sucia. Esta situación motivó a que el lunes festivo 2 de julio, se encontraran con la presencia de la Policía, ante el llamado de la administración del Condominio Sierra Laguna. Cuenta esta vendedora que ese lunes, ante la cantidad de personas que visitó la playa, la administración del condominio le solicitó a la policía que hiciera una especie de retén en la entrada para que prohibiera el paso de los bañistas, aludiendo que la playa era propiedad privada.

Bienvenido Marín Zambrana –
Representante legal de Corgedas

Otro de los vendedores de este sector precisó, que ha tenido varios problemas, no solo con los administradores de los condominios, sino con los mismos propietarios, quienes según sus palabras, quieren ver las playas “libres, sin ningún tipo de turistas, porque quieren las playas para ellos solos”. De igual manera, este vendedor afirma, que les quieren imponer horarios y que ha sido testigo de cómo las personas que llegan a bañarse en esas playas tienen inconvenientes, sobre todo por los quioscos.

Otra situación que tiene contrariado a la mayoría de vendedores es que solo algunos son seleccionados por los condominios para laborar con libertad. Aclaró que esa selección no es hecha por la Alcaldía, ni por otra entidad, sino que se hace de acuerdo con los criterios de los condominios.

Es preciso indicar, que para muchas personas, entre ellas residentes, vendedores y turistas, se ha convertido en un hecho  normal  entender que los quioscos son propiedad privada, tanto, que ni siquiera le prestan atención al hecho de que estén en espacio de playa, que es considerado un espacio de uso común, mucho menos intentan acercarse, ya que existe una especie de ‘campo de fuerza’ alojado en el subconsciente colectivo que los hace alejarse casi de manera automática de estos elementos, es más, se pudo observar como las personas ajenas al lugar, ni siquiera intentan protegerse con la sombra de los quioscos, porque saben que de la nada saltará un vigilante que les pedirá que no los usen porque son propiedad privada.

Así como se escuchan voces que se quejan por esta situación en relación con el uso de los quioscos, también hay otras que afirman nunca haber tenido problema con ellos, que han podido hacer uso de los quioscos, eso sí, sin sentarse en el mobiliario, dado que es propiedad privada.

Las playas marítimas son bienes de uso público no susceptibles de apropiación por particulares. En este sentido, es ilícita la conducta de cualquier persona tendiente a apropiarse de porciones de playa mediante su cercamiento o prohibición de acceso

ANTECEDENTES

En el mes de marzo de 2012, uno de los medios impresos locales publicó un artículo que hacía referencia a los invasores de las playas,  al pleito institucional por la construcción de un megaproyecto en Santa Marta que dejaba en evidencia que en ocho ciudades del país existían más de 25 mil ocupaciones ilegales de playas públicas.

“Uno de los megaproyectos habitacionales más importantes y modernos de la Costa Atlántica está en el limbo. Las posiciones opuestas de la Curaduría Urbana de Santa Marta y de la Dirección General Marítima, Dimar, tienen en veremos la obra. Mientras que la Curaduría ya aprobó la licencia de construcción, la Dimar solicitó revocar la decisión al considerar que se va a edificar en una zona de playa pública,  propiedad de la Nación.

Cabo Tortuga es un complejo habitacional privado ubicado en las afueras de Santa Marta, en el sector Lagos del Dulcino de Pozos Colorados. Son 117 apartamentos con vista al mar Caribe, además de contar con dos torres multifamiliares de 13 pisos. Con inversiones cercanas a los $120 mil millones, sus constructores tienen previsto comenzar obras el próximo semestre, generando 3.200 empleos directos. Se estima que estará culminada en 2014”.

Con esto se puede mostrar que la problemática que rodea a este condominio no es nueva y tampoco radica únicamente en el uso exclusivo de la playa frente a la construcción. El artículo del medio, refleja que, desde el 13 de diciembre de 2011, cuando el curador Urbano Primero de Santa Marta, Alberto Deluque Palencia, aprobó a la Sociedad Promotora Caribbean International la licencia de construcción de Cabo Tortuga.

Según el curador Deluque, no se debe contar con el concepto técnico previo favorable de la Dirección General Marítima, Dimar, en razón a que el lote donde se construirá Cabo Tortuga era privado.

“Al otorgar la licencia como argumento adicional que el proyecto no se encuentra en zona de playa, en 1992 el Centro de Investigaciones Oceanográficas Hidrográficas conceptuó que el predio está ubicado después del límite de la playa establecido por una línea de vegetación permanente”.

La respuesta a la decisión del Curador no se hizo esperar. El 20 de diciembre de 2011, el capitán de Puerto de Santa Marta, Jorge Enrique Morales, presentó recurso contra la licencia otorgada y pidió revocarla. Su argumento se fundamentaba en que los predios tienen el carácter de bien de uso público y, por naturaleza, pertenece a todos. “No se ha cumplido el trámite correspondiente en atención a que no se solicitó el concepto técnico de la Dimar”.

La problemática de las playas no radica únicamente en Santa Marta y en lo que sucedió en el año 2012 en este Distrito, así lo explicó el medio. Con el fin de reforzar sus argumentos el Curador aportó dos conceptos técnicos de septiembre de 2011, derivados de inspección al terreno, su composición y vegetación, y se determinó que es una playa marítima de propiedad pública. Por eso no se puede construir para vivienda. La única opción sería entregarlo en concesión a 20 años, tiempo en el cual debe revertir al Estado.

Luís Eduardo Vives, profesional en
Gestión y Desarrollo Urbano.

¿Entonces, quién tiene la razón? El caso fue reportado a la Procuraduría, pero si se revocaba o no la licencia correspondía al propio curador de Santa Marta, Alberto Deluque. De hecho, se venció el término para pronunciarse, pero no lo hizo. Lo cierto es que en este tipo de decisiones ya es frecuente que curadurías, alcaldías, autoridad ambiental y la Dimar difieran en sus determinaciones. El asunto de fondo parece ser que en esta última entidad en muchos casos no se está solicitando su concepto y todo el trámite de la aprobación queda en manos de las curadurías.

En el caso de Colombia, que tiene 1.600 kilómetros de costa por el Caribe y 1.300 por el Pacífico, una larga extensión de playas, sus litigios por invasión son inevitables. De hecho, en la autoridad marítima Dimar hay registradas a la fecha 25.792 ocupaciones ilegales sobre los bienes de uso público en las costas.

Son ocho ciudades costeras identificadas con diferentes esquemas de invasión. Por ejemplo, Santa Marta tiene habitantes cuya característica es que construyen quioscos, muelles, espolones y viviendas en zona de playa. Cuyo procedimiento para retirarse de la construcción ilegal se hace a través de la Dimar voluntariamente, en caso  contrario, por procedimiento policial. En cuanto al sector de gran hotelería y condominios, según registros de la Dimar, se investigan conductas de posible invasión de las playas en Zuana, Playa Dormida, Sierra Laguna y Cabo Tortuga.

Al respecto de estos casos, el capitán Jorge Enrique Morales indicó, al medio local, que “la autoridad marítima no se opone al desarrollo de una región, hacemos unos pronunciamientos teniendo en cuenta la normatividad vigente, la cual debe ir en concordancia con la gestión de riesgo y la conservación del ecosistema”.

En el caso de Cartagena, en ese tiempo se tenían detectados como sectores de invasión de playa algunos condominios, varios edificios, un sector del Hotel Hilton, la zona de ‘Blas de Lezo’, La Boquilla y las partes aledañas al Hotel de Las Américas.

En Barranquilla predominan las invasiones a través de los restaurantes. Las autoridades marítimas también tienen lugares identificados en Coveñas y sitios cercanos al Golfo de Morrosquillo, en invasiones a través de pequeñas viviendas y cabañas cerca de la playa.

En la zona de Puerto Bolívar y Bahía Portete, departamento de La Guajira, la invasión a las playas corre por cuenta de los indígenas locales. Los 48 casos que aparecen reportados en las cifras oficiales se explican por un asunto cultural, ya que los aborígenes ven las playas como propias.

Con referencia al municipio de Bahía Solano y Tribugá, la invasión se está dando por gente de otras regiones del país y algunos extranjeros, quienes en los últimos años buscan establecerse por tratarse de un sitio diverso y con un gran paisaje.

En los municipios de Buenaventura y Tumaco, la realidad es bien diferente. Allí se concentra la mayor parte de invasiones, un asunto asociado con la pobreza. Según los expertos, se trata de construcciones palafíticas, es decir, edificaciones realizadas sobre el agua, en zonas anegables, de bajamar o sostenidas por varios postes de madera.

Para este caso, otro experto señala, que son edificaciones de fácil afectación y por estar ubicados en la costa Pacífica son susceptibles a fuertes vientos, cambios de marea y muy vulnerables a tsunamis, como el ocurrido en Tumaco en 1979.

Al respecto de la invasión de las playas en el país, el almirante Ernesto Durán, director de la Dimar, ha expresado que: “la Dirección Marítima está atenta a las diferentes denuncias con el fin de realizar las investigaciones correspondientes y, en caso de que existan irregularidades, les solicita a las autoridades hacer las restituciones”.

La invasión de playas se da por la hotelería en algunas grandes cadenas o en exclusivos condominios. En otras situaciones es derivada por la pobreza de la población.

El caso de Cabo Tortuga está a punto de resolverse, pero en el fondo y pese a los esfuerzos de las autoridades marítimas, a más de 25 mil les resulta casi imposible recuperar las playas, las cuales son un patrimonio de todos.

En Santa Marta han crecido en los últimos años han crecido las construcciones cercanas a la zona de playa.

EL POLÉMICO NEGOCIO DE CARTAGENA

El caso más sonado de los últimos tiempos en Colombia por la venta de playas derivó en acciones de la Fiscalía contra la exalcaldesa de Cartagena, Judith Pinedo, y otros funcionarios.

La polémica se presentó a comienzos de su administración, cuando vendió al hotel Dann un lote de 240 metros con playa por $200 millones.

Al considerar que la referida negociación fue presuntamente irregular, en agosto de 2011 la Fiscalía acusó a la exalcaldesa Pinedo, a la exsecretaria de Hacienda, Vivian Eljaiek, y a cuatro personas más. Según el ente acusador, la exfuncionaria pudo incurrir en los presuntos delitos de peculado por apropiación en favor de terceros y celebración indebida de contratos. En su momento, la defensa de Pinedo explicó, que la negociación se hizo con una escritura de 1999 que reconoció como baldío el ‘Polígono de Las Velas’. Luego se vendió y el conflicto de criterios sobre si era un baldío o público se convirtió en el centro del caso. El proceso continúa.

EL MEGAPROYECTO DE SANTA MARTA

En mayo de 2008, cuando se construían dos torres de apartamentos del Condominio Sierra Laguna, con un valor estimado de $40 mil millones, surgió un debate jurídico en torno a si la obra se estaba construyendo en zona de playa.

La Dimar expidió una resolución mediante la cual dio concepto negativo a la construcción del megaproyecto. Sin embargo, los constructores de la obra expresaron que un año antes la Secretaría de Planeación de Santa Marta había dado el visto bueno.

Cuando se presentó el debate, la obra estaba construida en un 70 %. Al año siguiente se empezaron a vender los apartamentos y la inauguración fue meses después. Hoy es uno de los lugares más lujosos en Pozos Colorados.

Entre los vendedores de la zona existen algunos aseguran no haber tenido problemas para vender sus productos en este sector de la playa.

CONSTRUCCIONES CERCANAS AL DULCINO

El sistema de humedales costeros de Lagos del Dulcino se encuentra localizado en la región Caribe en la franja costera fronteriza con el piedemonte occidental de la Sierra Nevada de Santa Marta, al sur del casco urbano de la ciudad de Santa Marta en el departamento del Magdalena, sector de Pozos Colorados.

Pozos Colorados ha progresado vertiginosamente y el humedal casi ha desparecido con la llegada de las grandes construcciones que se han levantado alrededor de este. Han buscado la forma para que el lago no desaparezca, pero a los canales de agua no se les ha hecho mantenimiento.

Basados en el concepto entregado por Aníbal Palmera, jefe de la Oficina Jurídica del Departamento Administrativo Distrital de Sostenibilidad Ambiental, Dadsa, en lo que tiene que ver con las construcciones aledañas al lago El Dulcino, no se pudo demostrar técnica, ni jurídicamente, que estas estuvieran en una zona adyacentes a la playa y están en suelos de construcción en los que se pueden realizar actividades constructivas, solo que al contar con un complejo lagunar tan cerca deben tener en cuenta para su construcción el entorno  y desarrollar su actividad sostenible con el medio ambiente.

Además, informó, que en varias reuniones sostenidas con el sector constructivo cercano al lugar, “nos han dicho siempre que ellos no quieren contaminar el lago porque es un plus turístico o un plus adicional a su construcción, que le da un valor agregado, por tanto, ellos no quieren tener olores ofensivos, ni mortandad de peces, ni mucho menos contaminación, por ese motivo se convierten en sus primeros aliados a la hora de conservar el lago”.

El Dadsa como autoridad ambiental ejerce sus propios protocolos de control y vigilancia de manera periódica. En este caso, mensualmente realizan actividades de vigilancia y control a las medidas de manejo ambiental que ellos asumen cuando presentan ante la entidad los requerimientos que deben cumplirse, a los cuales les deben hacer seguimiento, en caso de que las incumplan, se les suspenden sus actividades e inicia un proceso sancionatorio que puede ser desde uno hasta 3.000 salarios mínimos de multa, además, se puede llegar a suspender de manera definitiva la construcción, de esa forma  se pueden controlar todas las áreas de influencia de la construcción con el complejo lagunar Lagos de El Dulcino.

Desde hace aproximadamente seis años, el Dadsa ha hecho control de todas las construcciones que se cerquen tanto a las quebradas como a lo que tiene que ver con la ronda hídrica de los distintos complejos lagunares que pertenecen a la ciudad de Santa Marta, en especial, se ha hecho énfasis en el complejo lagunar.

LAS PLAYAS, BIENES DE USO PÚBLICO

La Sentencia No. T-605 de 1992 hace referencia a las playas y el concepto de espacio público que aplica para ellas, en esta sentencia se puede leer:

“Las playas marítimas son bienes de uso público no susceptibles de apropiación por particulares. En este sentido, es ilícita la conducta de cualquier persona tendiente a apropiarse de porciones de playa mediante su cercamiento o prohibición de acceso. Sobre la materia ya se había pronunciado esta Corte en sentencia anterior. Los propietarios o poseedores de tierras costeras no pueden impedir el acceso al mar a través de sus predios cuando no existen, por las características de la zona, otras vías para llegar a la orilla. Los empresarios que adquieren extensos terrenos aledaños a las playas con miras a ejercer legítimamente la actividad hotelera no pueden impedir el paso al mar con el pretexto de existir otros lugares de acceso. La carga impuesta a los habitantes de la zona costera por esta exigencia carece de justificación constitucional y legal”.

Las playas son zonas de uso público, por ello ningún hotel o condominio puede limitar el acceso de los bañistas.

ADMINISTRACIÓN DE LAS PLAYAS Y ACTIVIDAD HOTELERA

Las playas marítimas son bienes de uso público no susceptibles de apropiación por particulares, esto basados en los artículos 63 de la Constitución Política, el Decreto de Ley 2324 de 1984 en su artículo 166. En este sentido, es ilícita la conducta de cualquier persona tendiente a apropiarse de porciones de playa mediante su cercamiento o prohibición de acceso. Sobre la materia ya se había pronunciado esta Corte en sentencia anterior.

Los propietarios o poseedores de tierras costeras no pueden impedir el acceso al mar a través de sus predios cuando no existen, por las características de la zona, otras vías para llegar a la orilla. Los empresarios que adquieren extensos terrenos aledaños a las playas con miras a ejercer legítimamente la actividad hotelera no pueden impedir el paso al mar con el pretexto de existir otros lugares de acceso. La carga impuesta a los habitantes de la zona costera por esta exigencia carece de justificación constitucional y legal.

En particular, los caminos de acceso automotor al mar en zonas pantanosas constituyen elemento esencial para el desarrollo integral de la actividad pesquera, la preservación de una forma cultural diversa y la libre utilización de los bienes de uso público en beneficio de toda la población.

La política de ‘cooperación interinstitucional’ iniciada en el 2002, fue ratificada para el período 2010-2014, con la expedición de la Ley de Turismo y la reglamentación de los Comités Locales de playas (Decreto 1766, 2013).

Mediante la expedición de la Ley de 768 de 2002 o Ley de Distritos, se dio vía libre a la conformación del Comité Local de Zonas Costeras en todos los distritos que existían para aquel entonces en el país:  Cartagena de Indias, Barranquilla y Santa Marta. A dicho Comité pertenecerían entidades adscritas al Ejecutivo Nacional y a la correspondiente Alcaldía, y tendrían la competencia de reglamentar el uso de las playas en su jurisdicción correspondiente.

El Gobierno Nacional mediante el Decreto 1766 de 2013, expidió el reglamento para la conformación de los Comités Locales, que quedaron integrados por el Ministerio de Turismo, la Dimar y el Alcalde del Distrito o Municipio respectivo con zona costera y playas.

Basados en lo que establecen estas leyes, el manejo de las playas reposa en manos del gobierno central, respaldado por los municipios en el caso de Santa Marta, la Alcaldía distrital. Es decir, las playas son competencia tanto del Gobierno central, como del Gobierno local.

Bienvenido Marín Zambrana, representante legal de la Corporación para la Gestión del Desarrollo Ambiental Sostenible, Cordegas, afirma, que “la Corporación se creó en el 2015, tiene como fundamento la experiencia que adquirimos con el ordenamiento de playas que se hizo a nivel nacional con el Fondo Nacional de Turismo, Fontur, y la Universidad del Magdalena, esta nació de la posibilidad que había de atender de diferentes maneras todo lo relacionado con el ordenamiento de playas, desde el punto vista académico”.

De acuerdo con el conocedor del ordenamiento de playas, Bienvenido Marín, hay quienes no tienen conocimiento de que las playas son de uso público y que nadie puede pedirle a una persona que se retire de una. Asimismo, cuenta que cuando estaban desarrollando el proyecto se encontraron con personas que pretendían no dejarlos pasar por la zona, considerada privada, pero con sus argumentos respecto a que las playas son de uso público, pudieron acceder a estas para realizar sus investigaciones.

En las zonas de playa aledañas a Cabo Tortuga y Sierra Lagarto, se puede observar el mobiliario con las correspondientes identificación de cada uno de estos lugares.

PLANIFICACIÓN

Los municipios y distritos tienen dos funciones específicas en el tema de playas. La primera tiene que ver con su labor de policía administrativa; la segunda, en lo relacionado con la planificación. En el primer caso, esta facultad está señalada en el Código Nacional de Policía y Convivencia.

En lo que se refiere a sus competencias en temas de planificación, el ente territorial, por conducto de la secretaría correspondiente, tiene la función de planear el desarrollo equilibrado del territorio bajo su jurisdicción, para lo cual debe considerar realidades geográficas, ambientales y culturales, en las que las playas constituyen referentes de importancia para aglomeraciones costeras.  Estas facultades se pueden encontrar en la Ley de Desarrollo Territorial La Ley, (Ley 388 de 1997).

El diputado de la Asamblea Departamental del Magdalena, Luís Vives, precisó,  que desde sus conocimientos en cuanto a los temas de ordenamiento del territorio, todo debe ser llevado a cabo a partir de una previa socialización.

“En la ciudad de Santa Marta se crearon unas alcaldías locales y en el caso del sector turístico de El Rodadero Iván Calderón es el encargado de Pro Rodadero, que han trabajado activamente por las playas. Ellos deben socializar y aclarar todas esas incertidumbres que hay sobre si los edificios, hoteles o quienes viven frente a la playa pueden disponer de ciertos espacios públicos.

Esto debe ser previamente autorizado por el órgano que se encargue de estos temas, pero las comunidades vecinas deben estar al tanto, para que sepan qué pueden usar y qué no, y que los propietarios o huéspedes no digan que la zona es privada y que solo ellos pueden acceder a esta. Es como lo que sucede en los restaurantes, que en ocasiones instalan mesas para sus clientes. Todo esto debe estar acompañado de un proceso de socialización para que no haya malentendidos de como en una zona publica hay algo privado, desconociendo que hay permisos o autorizaciones”.

DIMAR Y SUS FACULTADES

La Dirección General Marítima, Dimar, es una dependencia del Ministerio de Defensa, que tiene jurisdicción sobre los litorales que incluyen playas y terrenos de bajamar, esto según el artículo 2 del Decreto Ley 2324 de 1984. Esta entidad fue creada para regular, autorizar y controlar concesiones y permisos en las aguas, terrenos de bajamar, playas y demás bienes de uso público de áreas de su jurisdicción, sin embargo, no tiene competencia para entregar permisos o autorizaciones urbanísticas.

Juan Pablo Huertas – Capitán de
Corbeta DIMAR

AUTORIDADES AMBIENTALES

El Dadsa ha participado en el proceso de zonificación de las playas, es decir, por medio de esta se le da cumplimiento al Decreto 376 de 2015, el cual determina que debe haber una zona de reposo, una zona de baños, una zona activa, una zona de transición, una zona de servicios, eso hace parte de los planes de ordenamiento.

El Decreto 376 de 2015 le otorga competencias en el manejo y control de playas al Distrito, en cabeza de la Secretaría de Gobierno. En el caso de las playas, el Dadsa lo único que hace es dar viabilidad ambiental, pero no puede determinar la suspensión de alguna construcción, lo que debe es remitirla a la Dimar o a Secretaría de Gobierno, y brindar el apoyo.

Esta entidad da viabilidad en playa para objetos de fácil remoción, pero no tiene ningún tipo de jurisdicción en temas relacionados con construcciones fijas. En el caso de las construcciones, la Dimar hace la solicitud al Dadsa para que determine si ese proyecto tiene viabilidad ambiental o no, la entidad certifica si ese proyecto causa daño al medio ambiente o no, pero es la Dimar la que da el visto bueno para la construcción del mismo.

Deiber Conrado

Como antecedente más cercano se encuentra que la Contraloría Nacional para Asuntos Ambientales realizó una visita especial a esa zona. En esa visita determinó que existen muchas licencias de construcción muy cercanas al complejo lagunar, razón por la cual ese tipo de actividad de construcción podría generar algún  daño. El Dadsa, en su momento, como autoridad ambiental emitió unas directrices llamadas medidas de manejo ambiental, que fueron unos instrumentos de vigilancia y control al sector constructivo.

Para las construcciones en sí, quien da la autorización es la Curaduría, la cual dentro de su acto administrativo les exige que deben tener los permisos ambientales que se requieran, es ahí cuando los interesados en la construcción deben diligenciar estos permisos ante el Dadsa, y en caso de no tenerlo, se procede a suspender la obra hasta que sea tramitado, lo que se busca con esto es que se minimice el impacto que la obra pueda causar en el entorno.

Las playas de Santa Marta se han convertido en uno de los sitios de mayor afluencia por parte de turistas que vienen de las diferentes zonas del país.

CURADURÍAS Y CONTROL URBANO

De acuerdo con la Ley 388 de 1997, los curadores urbanos son quienes se encargan de tramitar y expedir licencias urbanísticas. Su función es verificar que los proyectos sometidos a su conocimiento cumplan con los planes de ordenamiento territorial, POT, y demás normas urbanísticas.

El Decreto 1469 de 2010 declara que el deber del curador es verificar que los proyectos urbanísticos no vulneren condiciones ambientales y naturales de las zonas a intervenir, para lo cual comprobarán que hayan sido dadas las autorizaciones ambientales respectivas.

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