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¿Alivios para ‘mala’ pagas?

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Los mayores beneficiarios serían los evasores de impuestos

Este proyecto fue archivado en el Concejo de Santa Marta por quienes se denominan de la ‘minoría’, quienes fueron expuestos a la picota pública por ir en ‘contra’ de los beneficios del pueblo samario.

 

Álvaro Mejía Sánchez

La controversia por el archivo del proyecto de acuerdo 012, a través del cual se pretende beneficiar con el concepto de alivio tributario el pago de los impuestos en mora, dejó en la picota pública a un grupo de concejales denominado como ‘la minoría’ que desaprobaron la razón de ser de esta iniciativa de la Administración Distrital: beneficiar a los ‘mala’ pagas de impuestos que año tras año con amnistía o no se atrasan en sus obligaciones, lo cual iría en contra de la Sentencia 060 de 2018 de la Corte Constitucional.

Jaime Morón, magister en
Economía.

Frente a lo anterior y como si se tratara de un tema que se discute en una plaza de mercado, así actuaron algunos concejales durante el debate y votación del proyecto enfocado en realizar descuentos del 70 %, 40 % y 20 % de intereses a los morosos del impuesto predial, industria y comercio; y de comparendos de tránsito.

“Pretenden que los estratos 4, 5, 6 y 6 alto, que aquí existen, tengan alivios tributarios, eso no es lo que la norma pretende, justamente en esos renglones donde hay amigos de concejales y que es donde menos impuestos se pagan. Quieren hacerles un gran favor, pero flaco favor se le hará a la ciudad. Esa es la verdad”, expuso el concejal Juan Ruiz.

El tratar de beneficiar a los estratos con solvencia económica frente a los más bajos iría en contra de la Sentencia 060 de 2018 de la Corte Constitucional, en donde están consignadas las condiciones especiales a contribuyentes, además de establecer, que un ente territorial no puede ir contra la equidad tributaria, beneficiando a unos por encima de otros.

Julio Torres, exsecretario de Hacienda

El economista, especialista en Gerencia de Impuestos y exsecretario de Hacienda Distrital, Julio Torres, asegura que los beneficios tributarios van contra la Ley, porque “los alivios entendidos como amnistías son inconstitucionales en la medida que trasgrede unos principios que están establecidos en la Constitución: el principio de la equidad tributaria reza que los contribuyentes deben recibir un tratamiento igual”.

En el informe de ponencia presentado por el concejal Jaime Linero se establece, que “el proyecto de acuerdo de iniciativa de la Alcaldía busca implementar condiciones especiales de pago para los contribuyentes, lo cual permitirá que hagan los esfuerzos inherentes para ponerse al día en los impuestos y de esta manera evitar los embargos por las obligaciones pendientes con el ente territorial. Es benéfico para la Administración Distrital ya que esta política permitirá que recaude mayores recursos, los cuales deben reinvertirse en obras establecidas en el Plan de Desarrollo 2016 – 2019 Santa Marta del buen vivir”.

Este aparte de la ponencia del Proyecto del Acuerdo 012 es general, no especifica los porcentajes con que se beneficiaría a cada estrato económico. “A todos les quieren dar alivios tributarios y todos sabemos que eso no es justo, porque los beneficios son para casos específicos, de acuerdo con la sentencia. En estratos 5 y 6 no viven desplazados, pero en los 1 y 2 sí, no estamos de acuerdo con hacer amnistías a los estratos altos, porque ellos tienen para pagar y se les quiere meter a todos en la misma bolsa”, manifestó el concejal Ruiz.

Según el exsecretario de Hacienda, “el principio de la Equidad Tributaria defiende a la población contribuyente que atiende oportunamente sus cargas tributarias. Esas personas quedarían en desventaja frente a los que no lo hacen”.

Por su parte, su homóloga Karen Hernández, señaló, que “en los estratos bajos no tienen para pagar sus impuestos, no se solucionará con el simple acto de disminuir los intereses por mora, lo que se deben aprobar son proyectos productivos para los estratos 1, 2 y 3, que generen empleos, lo que redundaría en el pago de las obligaciones tributarias”.

A pesar de lo anterior, los entes territoriales sea distrito o departamento, son autónomos en el manejo de sus rentas tributarias, tal y como está consignado en el Artículo 287 de la Constitución; pero sus decisiones deben estar sometidas a la ley.

El Especialista en Gerencia de Impuestos explica, que “cuando el Distrito samario en anteriores oportunidades ha probado estímulos tributarios, lo ha hecho en el marco de leyes del Congreso de la República donde habilitaban exclusivamente para otorgar estos alivios. Pero el escenario actual es totalmente contrario: la Corte ha dicho que esos estímulos son inconstitucionales e inexequibles, por tanto, no deben otorgarse”.

La Corte Constitucional ha consignado que cuando las amnistías son reiteradas, van en contravía de las buenas prácticas tributarias y puede causar un desaliento para las personas que pagan sus impuestos a tiempo.

De acuerdo con el artículo 363 de la Constitución, el sistema tributario se funda en los principios de equidad, eficiencia y progresividad, los cuales constituyen el marco general que guía la imposición de las cargas fiscales a través de las cuales el Estado obtiene los recursos necesarios para su consecución y funcionamiento.

En lo concerniente a la cultura de pago impuestos, el magíster en economía, Jaime Morón, afirma, que “si las personas no ven reflejados los impuestos en el mejoramiento de la calidad de vida, no pagan, no evaden sus obligaciones tributarias por naturaleza, simplemente es porque no se ven reflejados. Además de la mutua desconfianza entre quien paga y quien cobra. En otras ciudades como Bogotá, el ciudadano entendió que pagar impuestos mejora su calidad de vida”.

EL ENFOQUE DEL PROYECTO

El Proyecto de Acuerdo sobre el alivio tributario está enmarcado en la exposición de la situación social de la ciudad de que Santa Marta fue la tercera ciudad en recibir más desplazados en el periodo 1985 – 2017, solo superada por Bogotá y Medellín, ciudades con poblaciones mucho más grandes.

La población en situación de desplazamiento recibido representa el 25.26 % del total de los samarios. Esta relación a nivel nacional es del 8.41 %. El departamento del Magdalena es, además, el tercero a nivel nacional, donde ocurrió el mayor número de hechos victimizantes por causa del conflicto armado.

Según cifras del Dane, para 2017 el 33 % de la población en Santa Marta vive en condición de pobreza monetaria.  Esto indica que aproximadamente 164.799 samarios cuentan con ingresos mensuales que se encuentran por debajo de la línea de pobreza, que, para el caso de Santa Marta, corresponde a $275.724 pesos colombianos.  Con esta cifra, la ciudad se ubica por encima del total nacional y dentro del as 23 ciudades principales e intermedias, es la sexta con mayor incidencia, superando solamente a Quibdó, Riohacha, Florencia, Cúcuta y Valledupar.

También expone que el 63 % de la población, se encuentra empleada en el sector informal.  Con esta cifra, Santa Marta ocupa la cuarta posición a nivel nacional con mayor incidencia por el fenómeno de la informalidad.

Lo anterior, según el ponente de este proyecto, Jaime Linero, confluye en la incidencia de la reducción de la economía de los samarios y esto implica no cancelar de manera oportuna el impuesto predial unificado en el Distrito de Santa Marta sin lugar a equívocos.

DOS INTENTOS FALLIDOS

En el primer semestre de este año, la Alcaldía ha radicado en dos ocasiones el Proyecto de Acuerdo “por el cual se adopta la condición especial para el pago de impuestos, tasas y contribuciones”. En su oportunidad fue retirado voluntariamente por la Secretaría de Hacienda; en otra ocasión fue archivado por un empate de nueve votos positivos contra nueve negativos.

Según la concejala Elizabeth Molina, “este proyecto en principio fue retirado porque la Administración Distrital desconocía la Sentencia 060 del 7 de julio de 2018, que hace referencia a que este tipo de alivios no se pueden conceder, salvo en caso excepcionales”.

La primera vez que fue presentado quedó mal ante el Concejo la Oficina Jurídica de la Alcaldía, porque pasaron por alto la Sentencia de la Corte Constitucional. “Debieron leer esa sentencia, porque a partir de ella no va a haber más amnistías ‘folclóricas’; la sentencia le puso una cortapisa, ya que las justificaciones para que se den los alivios deben cumplir con determinados estándares que no cumplió el proyecto de acuerdo”, enfatizó el concejal Néstor Muñoz Caballero.

Las pretensiones del proyecto de acuerdo que insiste en presentar la Alcaldía, vulnera los derechos de ciudadanos de todos los estratos que han asumido su compromiso con la ciudad y pagan los impuestos a tiempo, quienes al ver como se beneficia la cultura del no pago, podrían dejar de hacerlo para ser favorecidos con los ‘premios’ tributarios que intenta dar el Concejo.

De acuerdo con la exsecretaria de Hacienda, Kelly González, “las amnistías terminaban convirtiéndose en un desestimulo para el pago oportuno de las obligaciones tributarias, porque solo favorecen a quienes han cultivado la cultura del no pago; así como tampoco se les pueden generar falsas expectativas a los contribuyentes. Lo que han hecho con este proyecto es crear falsas expectativas y eso causa que tengan la esperanza de aliviar los cobros coactivos”.

La segunda vez que fue debatido, el proyecto de alivio tributario fue el florero de Llorente para que el Concejo de Santa Marta se convirtiera de un recinto para discutir temas de ciudad a una plaza donde se ventila la vida privada de cada miembro cayendo en el irrespeto. Los cruces de palabras entre el bando de la ‘mayoría’ y de la ‘minoría’ terminaron con el hundimiento de este documento que obtuvo nueve votos positivos y nueve negativos; además de una excusa médica.

Es importante resaltar que este Proyecto de Acuerdo fue archivado por vulnerar los intereses de los ciudadanos que pagan los impuestos e ir en contravía de la Sentencia 060 del 7 de julio de 2018. Este mismo Cabildo aprobó en periodos anteriores alivios similares al que la Administración Distrital presentó en esta oportunidad.

“Cuando en otras oportunidades han aprobado estímulos tributarios lo ha hecho en el marco de leyes del Congreso de la República, donde se habilita para otorgarlos, pero el escenario actual es totalmente contrario, la Corte ha dicho que esos estímulos son inconstitucionales e inexequibles, por tanto, no deben otorgando”, asegura el economista Julio Torres.

La Corte Constitucional ha consignado que cuando las amnistías son reiteradas, van en contravía de las buenas prácticas tributarias y puede causar un desaliento para las personas que pagan sus impuestos a tiempo.

La postura de los concejales que en este caso han hecho las veces de oposición, se relaciona más con reconocer que este proyecto iba en contra de la Ley. “La idea no es votar los proyectos por agradar a la Administración, la mayoría que he votado es porque son de ciudad, lo que haya en contra de la ley y me perjudique con sanciones disciplinarias no lo voy a hacer”, señaló la concejala Elizabeth Molina.

Su homóloga Karen Hernández aseguró, que “a la plenaria del Concejo han llegado proyectos para generar auxilios y todos han sido aprobados; el último, hace aproximadamente 6 meses. Afirman, además, que la Sentencia 060 hace referencia a que no se pueden hacer este tipo de condonaciones, porque se fomenta la desigualdad entre los contribuyentes”.

Dentro de los apartes de la Sentencia 060 del 7 de julio de 2018, existe uno que hace referencia a que deben existir condiciones especiales para que se genere la amnistía, en este caso, la ponencia del proyecto determinó que los casos de desplazamiento y la llegada de habitantes del vecino país de Venezuela se constituirían es esas condiciones especiales requeridas para que se genere el mencionado alivio.

Leandro Bernier, concejal que por excusa médica no se sabe como vota

Desde la percepción del concejal Néstor Muñoz Caballero, “hablar del alto índice de desplazamiento forzado y de la pobreza en Santa Marta se convierte en una exposición de motivos sin ninguna justificación. Lo que quiere la Corte es una justificación suficiente que impacte de manera directa en los deudores morosos para que se dé este tipo de alivios”.

Por su parte, la concejala Molina Campo precisó, que “era evidente que los ponentes de ese proyecto obviaban la sentencia expedida por la Corte Constitucional. Además, la mala planificación que mostraba, poca rigurosidad y soportado con cifras y porcentajes expedidos por la administración pasada; por tanto, no es un documento actualizado al 100%. Ninguna oposición es control político de altura por una verdadera equidad, libre de arbitrariedades y acciones contra la Constitución”.

Para los nueve concejales que dieron su voto por el ‘sí’ lo sucedido era de esperarse. “Quienes rechazaron la propuesta están en mayoría de oposición a las iniciativas del Ejecutivo”, dijo Juan Carlos Palacio.

Mientras que Jaime Linero Ladino, ponente del proyecto, anotó que “el perjuicio es para los samarios que quieren evitar embargos de sus bienes tras los cobros coactivos. Fue una iniciativa de buen recibo por parte de la comunidad, ya que permite que los contribuyentes hagan los esfuerzos para ponerse al día”.

Este proyecto, de solo tres artículos concede amnistía en el predial, industria y comercio y en infracciones de tránsito.

LOS PORCENTAJES

Con este proyecto de alivio tributario, el Concejo pretendía conceder a los contribuyentes de los Impuestos, Tasas y Contribuciones a cargo de la Secretaría de Hacienda Distrital, condiciones especiales de pago de los intereses moratorios por las obligaciones en mora de los años 2015 y anteriores.

Para obtener el descuento de los intereses moratorios del 70 %, 50 % y 40 %, en la condición especial, el contribuyente debía pagar entre julio y agosto el total de las obligaciones adeudadas.

Mientras que para la aplicación de la disminución de los intereses moratorios del 50 %, 25 % y 10 %, el contribuyente podía cancelar individualmente la vigencia que desee entre septiembre y octubre; y los contribuyentes que tuviesen vigentes convenios de pago, podían acceder a los beneficios en las condiciones establecidas en el Artículo Primero del presente Acto Administrativo entre noviembre y diciembre.

UNA EMPRESA PRIVADA RECAUDA LOS IMPUESTOS

La Alcaldía contrató a la empresa Sociedad Consultoría Especializada S.A.S. con número de Nit. 900373959-2, para que realice los cobros de impuesto a los contribuyentes; es decir, tercerizó esta labor cuando en el 2014 el Distrito lideró una lucha jurídica contra la Sociedad Recaudos y Tributos, R&T, S.A. encargada de recaudar los impuestos Predial e Industria y Comercio en la capital del Magdalena.

El argumento para terminar con el contrato de R&T bajo la administración de Carlos Caicedo fue, que “el Estatuto Tributario establece que las competencias tributarias únicamente pueden ser delegadas a los funcionarios, y no hay opciones de delegación de tales atribuciones a los particulares”.

“No me explico como la Alcaldía terceriza la labor de recaudo, contratando a una empresa que no tiene experiencia en el tema de cobranza, ya que, según los documentos presentados por la misma administración, es su primer contrato”, aseguró la concejala Elizabeth Molina.

Molina enfatizó en que “el hecho que el Alcalde contratara a un tercero para la gestión de cobro y fiscalización, teniendo facultades aprobadas por el Concejo para modernizar cada dependencia, va contra todo, porque hubiese permitido mejorar la planta de Hacienda y no contratar a un privado”.

El haber contratado una empresa particular para el recaudo de los impuestos iría contra la bandera del gobierno de El Cambio: acabar con las concesiones.

POLARIZACIÓN

El haber archivado el proyecto de alivio fiscal produjo rivalidades no solo en el Concejo, sino también en cada calle y esquina en la que las personas se reunían para debatir acerca del hecho de que la ‘minoría’ archivaba iniciativas que ‘benefician’ a la ciudad.

Desde la orilla de los concejales que están a favor, se esbozó el argumento de que se perdió una oportunidad para que los samarios pudieran ponerse al día con sus obligaciones, ya que la mayoría no puede hacerlo por falta de recursos para realizar sus pagos, y estos alivios servirían para ayudarlos a saldar la deuda.

Para el presidente del Concejo, Yesid Ospino, “la Administración Distrital se verá abocada a realizar cobros coactivos a 100 mil contribuyentes y embargar sus cuentas, por lo que no recibirán sus mesadas completas”.

De acuerdo con Ospino, “la ciudadanía debe saber que no fueron todos los concejales quienes quisieron tomar esa decisión, solo fueron nueve, cada quien entrará a sacar sus propias conclusiones”.

Otro de los concejales que votó positivo este proyecto fue Jaime Linero, quien considera que ‘los colegas que lo hundieron actuaron de manera mezquina, decir que el proyecto no se ajustaba a la Sentencia 060 no es un argumento jurídico, somos competentes para modificar el proyecto de acuerdo con la sentencia, si ese era el argumento que tenían para decirle no al proyecto”.

Para los cabildantes que votaron negativamente, está claro que se pueden dejar de recaudar recursos, pero no puedo buscar ingresos en contra de la ley, porque como concejal me implicaría sanciones disciplinarias, eso sí sería irresponsabilidad”, expresó Molina.

Según la concejala Karen Hernández, “este proyecto se presentó con muchas fallas argumentativas por parte del ponente, quien aseguraba que debía aprobarse el proyecto porque había mucho desplazamiento en la ciudad, mucha llegada de venezolanos, por el tema del agua, cuando los grandes evasores de la ciudad son las grandes empresas, con unos intereses moratorios bien altos; a ellos se suman los estratos 5 y 6, los realmente beneficiados con este alivio”.

¿PIERDE LA CIUDAD?

Para el magíster en derecho administrativo, Humberto Díaz, “a la ciudad no le conviene una polarización de este tipo en una corporación pública, porque antes que avanzar, lo que hay es un retroceso, Cuando existe este tipo de mayorías en contra de la administración, lo que hace es bloquear, porque la administración no va ceder a las pretensiones de los concejales y los concejales al ser mayoría no van a doblegarse ante el Burgomaestre, lo que causa un rifirrafe, perjudicando solo a la ciudad”.

Sin embargo, afirma que el debate siempre es bienvenido, porque gracias a ello, los ciudadanos se han podido enterar de lo que pasa en el Concejo y de cuáles son las facultades que se les han otorgado al Alcalde o no.

En lo referente a la sentencia de la Corte Constitucional, el Magíster en Derecho Administrativo coincide con la postura de quienes votaron negativamente. “No puedo favorecer a alguien para perjudicarme, si hay una decisión de la Corte Constitucional a razón de qué votaré favorablemente algo para que luego la Fiscalía o la Procuraduría me sancione al extralimitarme en las funcione”.

En lo que tiene que ver con el hecho de si los contribuyentes estaban esperando esta amnistía, Díaz asegura que las personas “pagan cuando tienen plata, la gente no paga, simplemente porque no tiene con qué pagar”.

Lo cierto es que en medio de este choque de fuerzas que existe en el Concejo, la Administración Distrital tendrá que esperar por lo menos tres meses, según lo establecen las normas, si quiere presentar la iniciativa de nuevo, hasta entonces no se vislumbra que haya consenso en el interior del recinto y mucho menos un punto de acuerdo en el que ambas partes busquen el bien para la ciudad y sus habitantes.

Está claro que ciudades como Santa Marta requieren para su desarrollo del pago de los diferentes impuestos, sobre todo, porque sus habitantes quieren ver mejorías en su calidad de vida, más allá del hecho que se provoca cierto terror psicológico con el anuncio de cobros coercitivos.

Por otra parte, la búsqueda de generación de nuevos ingresos para el Distrito, no puede llevar a que se presenten proyectos de acuerdo sin que se cumplan los requisitos legales, desconociendo sentencias de la Corte Constitucional, las cuales, de acuerdo con los expertos, dejan sin piso la posibilidad de que se den amnistías de esta índole.

 

 

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