Departamento
Intensifican controles para confiscar dosis de estupefacientes en el Magdalena
En el marco de la implementación del Decreto 1844 del 1 de octubre de 2018, firmado por el Presidente de la República, enfocado a contrarrestar el microtráfico en espacios públicos, el departamento de Policía Magdalena, liderado por el coronel Faber Dávila Giraldo ha logrado obtener importantes resultados a través de los diferentes planes de registro y control que se han venido ejecutado diariamente por sus hombres y mujeres policías del Modelo Nacional de Vigilancia Comunitaria por Cuadrantes en todo el departamento del Magdalena.
A través de un despliegue operacional que la Policía ejecuta constantemente en los entornos educativos, residenciales, comerciales y deportivos, evitando la afectación a la salud pública e integridad de las personas por el consumo de estupefacientes.
Más de 591 dosis personales de distintos estupefacientes han sido sacadas de las calles como resultado de los planes desarrollados por el Departamento de Policía Magdalena en cumplimiento al Decreto Presidencial 1844 del 1 de octubre de 2018, en los que además de la incautación y destrucción de las sustancias prohibidas, se han impuesto 532 órdenes de comparendos por infracciones a la Ley 1801 de 2016 ‘Código Nacional de Policía y Convivencia’ en su artículo 140, numerales 7 y 8.
“La Policía Nacional de todos los colombianos, continuara ejecutando control y prevención enmarcados en la segunda fase del Plan Choque ‘El que la hace la paga’ “Más cerca del ciudadano”, lucha frontal contra las redes criminales que se lucran de la venta de estupefacientes, esto se traduce, en más seguridad para los entornos de colegios y sitios públicos como parques y zonas de uso recreativo y deportivo, para evitar que los ‘jíbaros’ se camuflen en la dosis mínima para inducir a nuestros, niños, niñas y adolescentes al tráfico y consumo de drogas ilícitas”: indicó el coronel Faber Dávila Giraldo comandante departamento de Policía Magdalena.
La invitación para los magdalenenses, es hacer parte de nuestra ‘Red de Participación Cívica’ y utilizar la Línea 167 contra el narcotráfico, dispuesta las 24 horas del día para recepcionar las denuncias sobre la presencia de ‘jíbaros’, ‘ollas’ o cualquier actividad relacionada con el tráfico de drogas.
En relación al Código Nacional de Convivencia se tipifica los siguientes comportamientos como contrarios a la convivencia así:
Artículo 140 Comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público
7. Consumir bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o prohibidas en estadios, coliseos, centros deportivos, parques, hospitales, centros de salud y en general, en el espacio público, excepto en las actividades autorizadas por el concejo municipal o distrital.
8. Portar sustancias prohibidas en el espacio público.Artículo 33 Comportamientos que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas.
2. En espacio público, lugares abiertos al público, o que siendo privados trasciendan a lo público.
c) Consumir sustancias alcohólicas, psicoactivas o prohibidas, no autorizados para su consumo.
Artículo 34 Comportamientos que afectan la convivencia en los establecimientos educativos relacionados con consumo de sustancias.
4. Tener, almacenar, facilitar, distribuir, o expender bebidas alcohólicas, sustancias prohibidas en el espacio público o lugares abiertos al público dentro del perímetro circundante de conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la presente ley.
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