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Bitácora de una crisis

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Este es un recorrido por cada uno de los procesos penales, administrativos y disciplinarios que afronta el alcalde titular, Rafael Martínez; y el exalcalde, Carlos Caicedo, situación que mantiene a la expectativa a los samarios.

Paola Ramírez Caballero

Santa Marta pasó de ser un remanso de paz a una ciudad intranquila, a la expectativa del devenir de los acontecimientos luego de la medida domiciliaria que impuso el Juez Octavo Penal Municipal, Alexánder Vila, al alcalde titular del Distrito, Rafael Martínez, por presunta corrupción en la contratación de los puestos de salud.

A esto se le suma, el fallo de primera instancia emitido por la Procuraduría General de la Nación, con la cual destituye e inhabilita por doce años al exalcalde Carlos Caicedo Omar, por presuntas irregularidades en la adjudicación del contrato para la construcción de cuatro pozos profundos y dos procesos de responsabilidad fiscal en la Contraloría General.

Por todo lo anterior, es fundamental conocer la línea de tiempo de este proceso jurídico y administrativo para esclarecer las etapas y conceptos dentro del mismo para tener una perspectiva muy ilustrada sobre este caso.

  • El 28 de noviembre de 2017 fueron capturados seis de los presuntos involucrados en las presuntas irregularidades cometidas en la demolición y construcción de cinco puestos de salud en Santa Marta, entre ellos, el alcalde de Santa Marta, Rafael Alejandro Martínez; y el exalcalde, Carlos Eduardo Caicedo Omar.
  • El 29 de noviembre de 2017, el Fiscal de Conocimiento imputó a los seis procesados por contrato sin el cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros.
  • El 30 de noviembre de 2017, la Fiscalía solicitó medida de aseguramiento en centro carcelario contra los detenidos y el Juez de Control de Garantías se abstuvo por considerar que no se corrió traslado de los elementos materiales probatorios a los defensores ni al delegado de la Procuraduría. Dicha decisión fue apelada por el Fiscal del caso y el representante del Ministerio Público.
  • El 20 de febrero de 2018, el Juzgado 1° Penal de Conocimiento decretó la nulidad parcial de lo actuado y pidió al Juez de Control de Garantías permitir el traslado de los elementos materiales probatorios a las partes involucradas en el proceso.
  • El 19 abril de 2018, la Fiscalía General de la Nación solicitó al Juez de Control de Garantías fijar fecha para nueva audiencia de solicitud de medida de aseguramiento.
  • El 8 de mayo de 2018, la Fiscalía presentó escrito de acusación ante el Centro de Servicios Judiciales de Santa Marta.
  • El 24 de agosto de 2018, se cumplió la audiencia de acusación contra ocho procesados. Se fijó como fecha para audiencia preparatoria el día 30 de octubre de 2018.
  • El 15 de marzo de 2019, luego de varias programaciones, suspensiones y aplazamientos desde la fecha de solicitud de la nueva audiencia de medida de aseguramiento (19 abril de 2018), el Juez de Control de Garantías resolvió la situación jurídica de seis de los investigados.
  • El 18 de marzo de 2019, por dificultades de orden público en las cercanías del juzgado, entre otros motivos, fue aplazada la audiencia en la que el Juez pretendía resolver la petición de la defensa e iba a dar por concluida la diligencia.
  • El 21 de marzo de 2019, el Juez Octavo Municipal impuso detención domiciliaria al alcalde de Santa Marta, Rafael Alejandro Martínez; al exgerente de la Empresa Social del Estado (E.S.E.), Edgardo Charris Salcedo; y al contratista Jesús Enrique Navarro Brito. El exalcalde de la ciudad, Carlos Caicedo Omar, además de otros dos procesados, compadecen en libertad la acusación presentada por la Fiscalía.
  • En la audiencia de aseguramiento, del 21 de marzo de 2019, la defensa del alcalde titular de Santa Marta, Rafael Martínez, presentó un recurso de reposición y en subsidio apelación por la decisión del Juez Octavo Penal Municipal, Alexánder Vila.

Es importante determinar la duración de este proceso, pues tras una apelación de medida de aseguramiento se puede deducir que esta comprende un lapso puntual. Frente a ello, el abogado Robinson Morelo González señaló, que “la apelación impuesta debe demorar según lo estipulado por el Artículo 178 del Código de Procedimiento Penal, 5 días. Pero, en otros casos se puede tardar incluso hasta 3 meses o más por la congestión del despacho que le toque en el reparto, por la carga laboral que tenga el juez de segunda instancia, es decir, el del Circuito”.

  • En la audiencia de aseguramiento del 21 de marzo de 2019, la Fiscalía presentó recurso de apelación contra la decisión que negó la imposición de medida contra el exalcalde Carlos Caicedo u otros.

En ese sentido, Robinson Morelo González puntualizó, que “la reposición antes de dar trámite a la apelación, lo debe hacer en la misma audiencia el mismo Juez de Control de Garantías. El tiempo para la intervención del recurso de reposición es de un mes. Tras la susodicha espera, únicamente podrá interponerse recurso contencioso -administrativo”.

  • El 21 de marzo de 2019, el alcalde, Rafael Martínez, denunció ante la Fiscalía General de la Nación al Juez Octavo Penal Municipal, Alexánder Vila Farelo; y al fiscal 41 seccional Santa Marta, Salustiano Fortich Molina, por presuntos delitos de prevaricato por acción y prevaricato por omisión en el caso por las presuntas anomalías en la contratación de las obras de cinco puestos de salud, que hoy mantiene con medida domiciliaria al Alcalde la ciudad.
  • El 22 de marzo de 2019, el Inpec legaliza a Rafael Martínez, la medida de aseguramiento domiciliaria impuesta por el Juez Octavo Municipal con funciones de control de garantías, Alexánder Vila.
  • El 27 de marzo, el alcalde titular de Santa Marta, Rafael Martínez, denunció penalmente al excongresista del Magdalena, Eduardo Agatón Diazgranados Abadía por injuria y calumnia ante la Fiscalía General de la Nación.

El secretario de Transparencia, Andrés Rúgeles, fue designado por el Presidente de la República como el Alcalde encargado de Santa Marta.

OTROS PROCESOS

  • El 2 de abril de 2019: la Fiscalía 190 Especializada adscrita a la Dirección Especializada contra las violaciones a los Derechos Humanos le impuso al exalcalde de Santa Marta, Carlos Caicedo Omar, medida de aseguramiento no restrictiva de la libertad, por presunto determinador de homicidio tipificado en los delitos contra la vida y la integridad personal con concurso heterogéneo con concierto para delinquir y seguridad pública.
  • El 3 de abril de 2019: la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública, emitió un fallo de primera instancia donde destituye e inhabilita por 12 años al exalcalde de Santa Marta, Carlos Caicedo, por irregularidades en contratación de las obras para construir pozos.
  • El 5 de abril de 2019: el contralor General de la República, Carlos Felipe Córdoba Larrarte, autorizó control excepcional en Santa Marta por graves denuncias en el manejo de la infraestructura educativa en las instituciones ‘Rodrigo Bastidas’, Instituto Magdalena y el Instituto Educativo Taganga; así como en la infraestructura hospitalaria de los centros de salud La Candelaria, la Paz y Taganga; y en el Plan de Alimentación Escolar (PAE) de los años 2016 a 2018.
  • El 6 de abril: Carlos Caicedo, radicó apelación contra el fallo disciplinario en primera instancia emitido por la Procuraduría General de la Nación.

Por lo anterior, el abogado Robinson Morelo González explicó, que “la instancia de apelación del fallo de la Procuraduría es ante su Sala Disciplinaria. Después que se interponga este recurso, puede tardarse un mes, tres meses o más, dependiendo la carga de procesos y expedientes que estén en curso por resolver en esa instancia”.

EL ENCARGO DE LA ALCALDÍA

Desde que se conoció la medida de aseguramiento contra el alcalde titular, Rafael Martínez, los simpatizantes de Fuerza Ciudadana protestan diariamente en la Alcaldía.

  • El 21 de marzo de 2019, la Administración local, designó a Adolfo Torné, secretario Jurídico, como alcalde encargado de Santa Marta. Es importante recordar, que este funcionario estaba encargado porque el alcalde titular se encontraba de vacaciones cuando le fue impuesta la medida de aseguramiento domiciliaria.
  • El 28 de marzo de 2019, el Movimiento Fuerza Ciudadana envió a la Presidencia de la República la terna para designar al alcalde encargado de Santa Marta, la cual está integrada por Íngris Padilla, Luís Guillermo Rubio y Adolfo Torné.
  • El 1 de abril de 2019, el presidente, Iván Duque, firmó el Decreto 570 por medio del cual encargó al secretario de Transparencia de la Presidencia, Andrés Rugeles como Alcalde de Santa Marta.
  • El 3 de abril de 2019, el Senador Antonio Sanguino radicó demanda de nulidad ante el Consejo de Estado en contra del Decreto presidencial 570 del 1 de abril de 2019, que designó como alcalde encargado del Distrito de Santa Marta a Andrés José Rugeles, actual Secretario de Transparencia de la República.
  • El 4 de abril de 2019, el secretario de Transparencia de la Presidencia de la República, Andrés Rugeles, tomó posesión ante el Notario Primero, Rafael Manjarrés, como alcalde encargado de Santa Marta.
  • El 5 de abril de 2019, como rechazo al encargo en la Alcaldía de Santa Marta hecho por el presidente de la República, Iván Duque, se produjeron manifestaciones en varios puntos de la ciudad de simpatizantes del Movimiento Fuerza Ciudadana.
  • El 6 de abril de 2019: Se da un nuevo escándalo en la ciudad. Al despacho del alcalde encargado, Andrés Rúgeles, ingresaron cuatro personas que según el actual mandatario local son funcionarios de la Oficina de Transparencia de la Presidencial. quienes tenían autorización de la revisión exhaustiva de la seguridad de su despacho. Esto provocó que funcionarios de la administración del alcalde titular Rafael Martínez, denunciaran con videos el presunto allanamiento ilegal de información por parte de estas personas que ingresaron de forma indebida al despacho.
  • El 8 de abril de 2019: la Gerencia de la Contraloría ordenó la apertura de dos procesos de responsabilidad fiscal contra el exalcalde Carlos Caicedo, la Corporación La Perla Cultura y tú también, y Laura Agudelo, supervisora de los convenios por daño patrimonial público causado al Distrito de Santa Marta. El primer proceso de responsabilidad fiscal es por una cuantía de $246.272.847; mientras que el segundo está por el orden de los $64 622 061,00.
  • El 8 de abril de 2019: la Procuraduría General de la Nación anunció la apertura de una Indagación Preliminar, que permita esclarecer lo qué pasó al interior del despacho del Alcalde y las secretarías que hacen parte de las instalaciones de la Alcaldía de Santa Marta, sobre un presunto allanamiento de información.

Al cierre de esta edición, así van los procesos penales, administrativos y disciplinarios en los que están vinculados el alcalde titular, Rafael Martínez; y el exalcalde, Carlos Caicedo.


¿Tiene ‘muerte’ política Caicedo?

Alrededor de la destitución e inhabilidad por doce años que ha impuesto en un fallo de primera instancia la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública a Carlos Caicedo Omar, se han suscitado una serie de especulaciones sobre la candidatura del líder del Movimiento Fuerza Ciudadana a la Gobernación del Magdalena.

Frente a lo anterior, OPINIÓN CARIBE conversó con abogados de la ciudad, quienes concluyen que hasta el momento, por ser un fallo de primera instancia, no queda en firme la inhabilidad y destitución de Carlos Caicedo, quien puede apelar que se revoque esta primera instancia, además, puede utilizar otras oportunidades procesales en el exterior, como lo hizo Gustavo Petro, cuando fue alcalde de Bogotá y fue destituido por el exprocurador Alejandro Ordoñez.

El exalcalde de Santa Marta puede continuar con su carrera política, mientras el procurador General Fernando Carrillo, resuelve en la segunda instancia este fallo y decide si continúa o no en firme la decisión; lo que no se sabe es cuánto tiempo tardaría en fallar, porque no existe término de tiempo para adelantar las indagaciones que llevarían a la decisión final.

 

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