Nación
Este 27 de junio entra en vigencia la Ley de garantías Electorales

De acuerdo al calendario electoral 2019, a partir del 27 de junio entra en vigencia la Ley que regula los procesos de entes y funcionarios del Estado en torno a los debates electorales, también dicta disposiciones en cuanto a la posición de los servidores públicos de participar en manifestaciones política. Las regulaciones están contempladas en la Ley 996 de 2005.
La legislación en su artículo 38 crea un marco bajo el cual se debe entender la posición de quienes trabajan para el Estado. Las prohibiciones contempladas buscan que, a través de obras, contrataciones, bonificaciones, ascensos indebidos, despido de trabajadores por faltas irrisorias, no se influya en la intención de voto de sus subalternos, su incumplimiento se considera una falta gravísima. La misma norma estipula las características para que se pueda dar una contratación, por ejemplo.
El artículo 38 va dirigido a Alcaldes, Gobernadores, Secretarios, Gerentes y Directores de entidades, para que principalmente eviten celebrar contratos y convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones.
Este lapso de garantías para la igualdad de condiciones entre candidatos, se extiende hasta el 27 de octubre. Estas disposiciones también se soportan en lo establecido en la Ley 1150 de 2007 donde se plantean temas de contratación con el Estado y las modalidades de selección pública.
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