Nación
Corte ataja a quienes se casan por interés y anula un matrimonio

La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia determinó que los matrimonios que se dan por razones ficticias pueden ser anulados bajo la figura de «matrimonio simulado».
Un matrimonio simulado implica que las razones por las cuales los contrayentes se casan no son las que realmente establece la ley como válidas para contraer nupcias (vivir una vida juntos), sino que detrás de esa unión hay un interés diferente.
La Corte estudió una tutela de una mujer de 28 años que se casó con un hombre de 95 años en junio del 2006, en Cali. Cuando el hombre murió en el 2009, la mujer acudió ante Seguros de Vida Suramericana S.A. para exigir un dinero al cual, según ella, tenía derecho por el fallecimiento de su esposo.
El hombre que estaba asegurado no tenía descendientes ni otras personas que pudieran ser beneficiaras, por lo que en teoría la renta vitalicia que había adquirido con una póliza de seguro le correspondería a su cónyuge. Concretamente, por ese matrimonio, ella, aparentemente, «tendría acceso a un seguro de renta, y a la pensión por efecto de su muerte», explicó el magistrado ponente de la decisión.
Pero la aseguradora se negó a pagar dicha renta afirmando que el matrimonio no había sido real y que, por lo tanto, no debían considerarse los efectos de esa supuesta relación nupcial. Así, interpuso una demanda en la que un juez en primera y segunda instancia confirmó que el matrimonio fue fingido.
Al estudiar el caso, la Corte encontró, en primer lugar, que la tutela no era viable porque la mujer pudo recurrir al recurso de casación. Y segundo, el alto tribunal determinó que es cierto que puede darse la figura de la «simulación de contratos frente al matrimonio», y por lo tanto, que era razonable la conclusión a la que habían llegado los anteriores jueces que anularon esa unión al declarar que «la voluntad expresada en el acto matrimonial era distinta a la voluntad secreta de los supuestos contrayentes».


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