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Alcaldía aclara la equivocación en el Decreto distrital sobre el ‘permiso’ para salir de los adultos mayores

Luego de un lapsus en uno de los incisos del decreto distrital 153, en donde dejaron entendido que los adultos mayores de 70 años debían ‘pedirle permiso’ a sus padres para salir a realizar actividades físicas al aire libre, la Alcaldía Distrital se retractó y emitió la corrección en el decreto.
La Alcaldía de Santa Marta informó que por error involuntario al momento de la trascripción en uno de los apartes del numeral 35 del artículo 3 del decreto 153 de fecha 1 de junio de 2020 , se colocó siguiente:
”Los adultos mayores de 70 años, que por voluntad de sus padres van a realizar actividades físicas y de ejercicios al aire libre, lo harán bajo su absoluta responsabilidad, y/o de sus hijos, y/o de quienes están obligados directamente a la protección personal el cuidado de la salud de ellos”. En tal sentido se procedió a hacer la corrección por error formal exclusivamente de la frase y expidió el decreto 154 de 1 junio de 2020 quedando así:
Sin embargo fue aclarado que, los adultos mayores saldrán bajo su absoluta responsabilidad y no por el ‘permiso’ que tengan de sus padres, por lo tanto quedó así el articulo 35 corregido.
“Los adultos mayores de 70 años, que van a realizar las actividades físicas y de ejercicios al aire libre, lo harán bajo su absoluta responsabilidad y/o de sus hijos y/o de quienes están obligados directamente a la protección personal, el cuidado de la salud de ellos, igualmente de someterse, seguir y acatar todas las medidas de bioseguridad En todos los casos deberán acatar las medidas de bioseguridad contempladas por el Ministerio de Salud y de la Protección Social y de las que disponga la administración distrital para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del nuevo virus, las disposiciones de aislamiento preventivo obligatorio, del distanciamiento social o distanciamiento físico (Mantener un distanciamiento mínimo 2 metros de otras personas (aproximadamente la longitud de 2 brazos), no permitir ningún saludo que permita contacto físico, alejarse y/o alejarlos de lugares muy concurridos y congregaciones masivas”.
Cabe destacar que, las demás disposiciones siguen vigentes los mismos términos del decreto 153 del 2020.


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