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Gobernación, Alcaldía y Parques tendrán que responder por desacato
Jonathan José Pacheco Yánez en el 2014 presentó acción de tutela contra la Nación, con la finalidad de que fueran amparados sus derechos fundamentales al mínimo vital y móvil, debido a que sus bienes fueron decomisados por realizar pesca en las zonas protegidas del Tayrona. La Corte Constitucional amparó sus derechos y emitió unas órdenes para que las entidades tuteladas compensaran a los pescadores artesanales del parque, sin embargo, no lo hicieron e incurrieron en incidente de desacato.
En la sentencia, las entidades que mencionaremos a continuación, debían construir una mesa de trabajo para lograr la compensación de los pescadores artesanales del Parque Tayrona bajo la coordinación de la Gobernación del Magdalena, que debía, “diseñar en el término 60 días contados a partir de la notificación de esta providencia un plan de compensación que garantice a los pescadores artesanales del Parque Nacional Natural Tayrona la satisfacción de sus derechos fundamentales al trabajo, soberanía alimentaria y mínimo vital”.
Asimismo, señala que “la Gobernación de Magdalena transitoriamente y hasta que sea diseñado y ejecutado el plan de compensación a los Pescadores artesanales del Parque Nacional Natural Tayrona, deberá brindar un apoyo alimenticio y económico de carácter transitorio a las personas que tradicionalmente ejercían esta actividad y que actualmente no cuentan con los recursos necesarios para satisfacer su derecho al mínimo vital y subsistencia digna”, dice el fallo.
Sin embargo, a la fecha solo se ha logrado la compensación de los pescadores que recibieron las dos unidades de pesca entregadas por parte de la AUNAP, esto, como proyecto productivo que beneficia a siete pescadores debidamente individualizados por la Gobernación del Magdalena, como coordinador de la mesa, con lo cual manifestó la autoridad que daba cumplimiento al compromiso adquirido ante la mesa de compensación de cara a venerar las órdenes impartidas por la Corte Constitucional en la ya referida sentencia T-606 de 2015.
Conforme lo expuesto, el tribunal impartió ordenación a efectos de entrar a determinar si las decisiones adoptadas en la orden de la sentencia del 2015, se encuentran cumplidas a cabalidad, o si se presentan incumplimiento parcial o total sobre el mismo, y bajo qué circunstancias, tras evidenciarse que a la fecha no se ha logrado la compensación de los pescadores artesanales del Parque Tayrona.
Por lo anterior, el Tribunal Administrativo del Magdalena le abrió incidente de desacato a Carlos Caicedo, Gobernador del Magdalena, como coordinador del plan de compensación; Carlos Correa, Ministerio de Ambiente; Julia Miranda, Directora de la Unidad Administrativa Especial de Parques Nacionales; Ana Moreno, Presidenta de ADR; Carlos Francisco Díaz Granados, Director de Corpamag; Víctor Hugo Armenta, director del Sena; Virna Johnson, alcaldesa de Santa Marta; Luz Elvira Angarita; directora territorial de parques; Armando Torres.
Trespalacios, Secretario de Desarrollo Económico del Departamento del Magdalena; Diana Carolina Roa, Jefe de la oficina Asesora Jurídica de Planeación del Departamento del Magdalena.
“Se abre en contra de los citados funcionarios por ser a quienes se le impartió la orden en el fallo de tutela de la referencia al imponer las obligaciones que se desprenden de la señalada sentencia, en cabeza de las entidades que representan”, dice el documento.
Asimismo, se le concedió el término de tres días seguidos de la notificación para que los funcionarios señalados le informen al despacho si le han dado cumplimiento a las órdenes impartidas.
Por du parte Invemar y la Universidad del Magdalena, como apoyo técnico, deberán rendir un informe respecto a las observaciones que tienen del documento final de plan de compensación, o en caso contrario, manifestar si se encuentran de acuerdo con el mismo.
INCIDENTE DESACATO
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