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Juzgado dio vacuna contra pandemia de tutelas

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Recientemente, el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Santa Marta declaró improcedente, en primera instancia, las acciones de tutela presentadas por 22 ciudadanos, que, en representación de niños y niñas estudiantes de colegios públicos y privados del Distrito, solicitaban suspender la orden de dar inicio a las clases presenciales en las instituciones educativas, alegando que estas no contaban con las condiciones necesarias para garantizar un ambiente bioseguro.

En dichas acciones instauradas en las últimas semanas, los ciudadanos solicitaban el “amparo de los derechos fundamentales a la vida, salud y educación prevalentes de los niños, niñas y adolescentes”, motivo por el cual hacían la petición al Ministerios de Educación “hasta tanto no se cuenten con las condiciones óptimas y las medidas de bioseguridad en las aulas para el retorno seguro de la comunidad estudiantil”, haciendo referencia a características como el flujo del agua y espacios para garantizar el distanciamiento.

No obstante, en el documento publicado, que contiene la respuesta del Ministerio, se explicó que, por medio de la directiva 11 del 29 de mayo de 2020 quedaron establecidos los lineamientos para proceder con el retorno gradual a los colegios, aplicando el modelo de alternancia. Dichas recomendaciones debían ser atendidas por las Secretarías de Educación con el fin de contar con las posibilidades que permitieran el regreso a las aulas cuando se dieran las condiciones epidemiológicas en el territorio determinado.

Por otro lado, aclaró también el Ministerio que desde esa cartera se llevaron a cabo importantes inversiones de recursos públicos dirigidos a los entes territoriales, con los cuales se debían adecuar los establecimientos educativos. A Santa Marta le asignaron en el 2020 $8.557 millones de los recursos del Sistema General de Participación, sumado a otros $6.707 millones girados en lo que va del 2021 y $4.230 millones más recibidos por medio del Fondo Mitigación de Emergencias, FOME, todo lo anterior, en aras de “garantizar el funcionamiento de los establecimientos educativos”.

El Ministerio de Salud también emitió respuesta, asegurando que “la evidencia científica coincide en concluir que los niños, niñas y adolescentes que no asisten a las instituciones educativas presentan una alta probabilidad de la deserción escolar, rezago escolar, mayor riesgo de inseguridad alimentaria, maltrato, afectaciones de salud física y emocional y la pérdida del acceso de aprendizaje”.

Aunque desde el Distrito insistían es que era “descabellado” poner en marcha la presencialidad dado que todavía no ha sido empezada la vacunación de niños de 12 y que, además, sólo el 48% de los docentes contaba con una primera dosis de la vacuna contra el Covid – 19, el auto especifica que excluir a los niños y niñas del derecho a la educación implica “negarle su derecho a desarrollarse plenamente como ser individual y social”.

En adición, se añadió un informe entregado por la misma Secretaría de Educación Distrital, en el que reposaban los resultados de una evaluación realizada en 18 colegios para abrir nuevamente sus instalaciones, dando como resultado que solamente siete cumplían en un buen nivel con los requerimientos de servicio de energía eléctrica, agua potable constante y los espacios óptimos para el lavado de manos, dejando en claro que el resto de instituciones “tiene carencias en algunos puntos, ya sea por la precariedad de sus instalaciones, por la falta de ventilación y la ausencia de señalización de los protocolos de bioseguridad”.

A pesar de lo mencionado, el informe no relacionó ni siquiera el 50% de los públicos de Santa Marta.

“Los avances en la adecuación de los planteles educativos para el retorno del alumnado a las clases presenciales en el Distrito de Santa Marta es incipiente (…) a estas alturas de la pandemia los avances deberían ser más notorios, cuanto más que la comunidad internacional y la evidencia científica insistentemente ha reiterado la importancia de las clases presenciales para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes a una educación de calidad”, advierte el despacho jurídico, señalando una ausencia de compromiso por parte de las autoridades locales.

Así mismo, el Juzgado determinó exhortar a la Secretaría de Educación de Santa Marta y el Magdalena, para que lleven a cabo las obras de infraestructura indispensables con el objetivo de mejorar las condiciones de salubridad y bioseguridad en las instituciones, “lo que incluye garantizar el suministro de agua potable, adecuación de las baterías sanitarias, especialmente de lavamanos externos para el uso de la población educativa y entrega de elementos de protección personal requerido para impartir las clases presenciales e insumos de aseo para la constante limpieza y desinfección que se estipula en los protocolos de bioseguridad”.

Adicionalmente, se hizo el llamado directo a que, en el desarrollo de las actividades académicas, se ejecuten las debidas actividades de vigilancia en los colegios privados que pasen a solicitar permiso para su funcionamiento.

2021-216 PRIMER FALLO STEWART SIMMONDS VS MIN EDUCACIÓN- TUTELA MASIVA
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