Nación
Revise si esta entre los que deben renovar licencia de conducción en 2022


La Asociación Nacional de Organismos de Apoyo al Tránsito, Acedan realizo la alerta a todos los conductores a nivel nacional por la cercanía a la fecha para realizar el proceso de renovación del ‘pase’ y evitar congestiones en los procesos. Cabe recordar que, durante el año del 2012, se expidió el Decreto Ley 019, el cual estableció la vigencia de diez años para las licencias de conducción de vehículos particulares, las cuales se cumple el próximo 10 de enero del 2022.
Tenga en cuenta que si su licencia, no tiene fecha de vencimiento o tiene fecha de vigencia indefinida o está a punto de cumplir diez años de su expedición, usted es parte de los 3’800.000 colombianos que deberán renovar antes del 10 de enero.
Además, esperar a hacer el trámite hasta el día de caducidad podría causar un traumatismo en el proceso de renovación, y quienes no lo hagan a tiempo quedarán inhabilitados para conducir un vehículo mientras se hace esa diligencia.
¿Por qué debo renovar el ‘pase’ ante de enero 2022?
Pese que algunas licencias de las mencionadas arriba sí tenían fecha de caducidad, usted podía manejar con ese documento vencido porque era válido, pero en el exterior las cosas eran a otro precio, no servía. Esto se hizo mediante la Ley 1383 del 2010, que modificó la Ley 769 del 2002 y puso las cosas más claras y en orden:
“Las licencias de conducción para vehículos de servicio particular tendrán una vigencia de diez (10) años para conductores menores de sesenta (60) años de edad, de cinco (5) años para personas entre sesenta (60) años y ochenta (80) años, y de un (1) año para mayores de ochenta (80) años de edad».
“Las licencias de conducción para vehículos de servicio público tendrán una vigencia de tres (3) años para conductores menores de sesenta (60) años de edad y de un (1) año para mayores de sesenta (60) años de edad”.
¿Qué necesito para renovar mi licencia?
- Para hacerlo debe presentar original del documento de identidad. Para nacionales mayores de edad: cédula de ciudadanía o contraseña. Para menores de edad, tarjeta de identidad o contraseña. Para extranjeros: cédula de extranjería o contraseña certificada o pasaporte vigente.
- El usuario debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) y tener sus datos actualizados en esa plataforma, tales como dirección de residencia, correo electrónico y número celular.
- Estar a paz y salvo por multas e infracciones de tránsito.
- Pago de los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco).
Certificado de examen físico, mental y de coordinación motriz para conducir, incorporado en el Runt, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) habilitado por el Ministerio de Trasporte e inscrito en el Runt. - La licencia de conducción que se va a refrendar o renovar debe estar cargada y registrada en el Runt, esto lo puede consultar en la página www.runt.com.co
- Para renovar la licencia no se requieren exámenes de conducción, solo debe cumplir con los exámenes médicos para evaluar la audición, la visión, reflejos y otras destrezas para determinar la capacidad del aspirante a renovar su licencia.
- La solicitud del trámite la puede realizar en el organismo de tránsito de su ciudad y en Bogotá, en las sedes de Servicios Integrales para la Movilidad (SIM); los exámenes los practican en los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC).


You must be logged in to post a comment Login