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Salud

MinSalud: Gobierno Nacional condiciones de contratación para la mejorar de la atención en salud

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El Gobierno Nacional en su propósito de garantizar y facilitar la atención en salud de los colombianos y mejorar el flujo de recursos entre actores, ha expedido el Decreto 441 de 2022, que regula y actualiza aspectos generales de la contratación en el sector salud e incluye mecanismos de protección a los usuarios del sistema.

La viceministra de Protección Social, María Andrea Godo Casadiego, expresó lo siguiente, “la expedición de este acto administrativo corresponde a una actualización de una norma de hace 15 años y constituye un hito en el avance de la protección del derecho fundamental a la salud de los colombianos y demás población residente en el territorio nacional.»

El Decreto 441 de 2022, es fruto del trabajo concertado con los distintos actores del sector salud y refleja el avance y la innovación en los instrumentos contractuales, encaminados al uso de modalidades de pago orientadas a la prestación integral de los servicios, la no fragmentación de estos y la obtención de resultados en salud.

En relación con eso, sostuvo Godoy que esta política tiene implicaciones positivas hacia los usuarios, definidas en:

Las Garantía de la atención oportuna e integral sin barreras.

Disposición de información que permita la toma de decisiones informadas acerca de su prestador o proveedor, así como de la EPS a la cual desean estar afiliados.
Eliminación de autorizaciones para la atención de enfermedades como el cáncer infantil, cáncer de adultos, VIH, población materno perinatal y promoción y prevención de la salud.

Modelos de atención que respondan a las diferentes necesidades en salud, de acuerdo con las diferencias poblacionales y de territorio.
Que los usuarios en general y en especial quienes presentan condiciones crónicas y de alto costo no se vean afectados ante procesos administrativos como cambios de prestadores, terminación anticipada de contratos o asignaciones de población.

Por otra parte, los prestadores, aseguradores, entidades territoriales, ARL, gestores farmacéuticos y operadores logísticos deben tener en cuenta los siguientes aspectos, tanto para la prestación de servicios de atención individual como colectiva:

Actualización de las modalidades de pago orientadas a la obtención de resultados en salud.

Inclusión de la nota técnica como herramienta de transparencia para garantizar la viabilidad financiera y operativa de los contratos.

Actualización y estandarización de los contenidos mínimos de los contratos.

Reglas para la renovación automática de los contratos.

Inclusión de proveedores de tecnologías en salud.

Obligatoriedad de seguimiento a los acuerdos de voluntades a través de indicadores de gestión, calidad y resultados en salud, acompañado de procesos de auditoría y seguimiento a la nota técnica.

Necesidad de definir por las partes mecanismos para la entrega y actualización de información basados en soluciones tecnológicas, así como canales de relacionamiento que incluyan el uso de tecnologías de la información y la comunicación.

Se establecen los criterios relacionados con la factura de venta en el sector salud como título valor y se dictan disposiciones respecto a sus soportes, devoluciones, glosas y trámite de pago.