Salud
Con el Decreto 441 terminan procesos engorrosos del sistema de la salud

El ministerio de salud, lazó un nuevo Decreto, el cual informa que, se acabarán los trámites de autorizaciones y desplazamientos innecesarios para todos los usuarios del sistema de salud.
El Decreto 441 del 2021, indica que, deberán recibir consultas, toma de muestras y dispensación de medicamento en el mismo lugar de atención o lugar de residencias, así como también, no deberán realizar trámites de servicios cuando su EPS haya definido la necesidad de los mismos
Este Decreto modificará los acuerdos de voluntad entre entidades responsables de pago, prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud o proveedores de tecnologías en Salud, las cuales, aplican para etapas precontractual, contractual y postcontractual; la norma destacó qué, se habilitará el pacto de reconocimiento de incentivos de tipo económico y no económico entre EPS e IPS, con base en indicadores de calidad, gestión y resultados en salud. También reglamenta que los mecanismos de actualización de valores y de la nota técnica, para los casos en los que se renueven o prorroguen los contratos de forma automática.
Y así mismo, dispone herramientas para contrarrestar y mitigar las acciones dilatorias en el flujo de recursos entre aseguradores y prestadores. Consagra condiciones para la aceptación expresa o tácita de las glosas y las facturas de venta. Y, por último, dispone requisitos mínimos para los contratos entre EPS e IPS.
https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%20No.%20441%20de%202022.pdf
