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Tribunal del Magdalena admite demanda que busca la protección de la Sierra Nevada de Santa Marta

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El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Magdalena ha admitido una demanda presentada contra la Unidad del Parque Nacional Natural Sierra Nevada de Santa Marta. Esta acción legal surge en respuesta al deterioro de áreas protegidas que actualmente se encuentran en manos de particulares.

Según la información revelada, la demanda tiene como objetivo principal proteger la Sierra Nevada de Santa Marta de las vulneraciones ambientales causadas por campesinos y colonos. Estos individuos han deforestado una gran parte del ecosistema para la realización de cultivos de economía campesina, afectando significativamente la flora y fauna de la región.

La demanda, presentada inicialmente ante un juzgado administrativo en la ciudad de Santa Marta, ha sido remitida al Tribunal Contencioso Administrativo del Magdalena, donde fue admitida por competencia. La magistrada Maribel Mendoza Jiménez lidera la ponencia de esta demanda.

Agraf Industrial SAS, una empresa dedicada a la fabricación de empaques flexibles, actúa como parte demandante. Según la empresa, la autoridad ambiental de la región, el Parque Nacional Natural Sierra Nevada, no ha tomado las medidas adecuadas para frenar la presunta vulneración al ecosistema.

El documento de la demanda advierte que los invasores en la zona no solo atentan contra la preservación y restauración del medio ambiente, sino que también descuidan la conservación de especies animales y vegetales. Se alega que la entidad accionada está violando el derecho colectivo a la protección de áreas de especial importancia ecológica, como lo es la Sierra Nevada de Santa Marta.

El Parque Nacional Natural Sierra Nevada de Santa Marta abarca una extensión aproximada de 573.312 hectáreas. Su jurisdicción incluye territorios en los departamentos de Magdalena, César y La Guajira.

Cabe destacar que, en las partes altas de la Sierra Nevada, incluyendo lagunas, páramos y nevados, no se permiten actividades turísticas debido a la fragilidad de estos ecosistemas y su importancia cultural. El ingreso a estas zonas constituye una infracción ambiental según lo establecido en el decreto 622 de 1977, recogido en el decreto 1076 de 2015.