Metrópolis
“En Santa Marta, con la plata del alumbrado público se compran anchetas y se pagan deudas”: Personero Distrital

Durante la tarde de este miércoles, 24 de abril, el personero Distrital, Edward Orozco Oñate, presentó un informe sobre unos hallazgos en la destinación del recaudo por concepto del impuesto de alumbrado público, a cargo de la a cargo de la Empresa de Servicios Públicos de Santa Marta, Essmar, entre los años 2019 – 2023.
De acuerdo con la investigación, presuntamente se evidenciaron una serie de irregularidades en la inversión de los impuestos recaudados por medio de la Concesión de Alumbrado Público del Distrito de Santa Marta, la cual en la actualidad se encuentra en cabeza de la Essmar.
Según el artículo 350 de la Ley 1819 de 2016, el impuesto de alumbrado público se destina exclusivamente a la prestación, mejora, modernización y ampliación de la prestación del servicio de alumbrado público, incluyendo suministro, administración, operación, mantenimiento, expansión y desarrollo tecnológico asociado. Sin embargo, este habría sido utilizado para pagar el alquiler de oficinas, arriendos de vehículos, compra de anchetas y otros que son pagos que van en contra de lo establecido en la Ley para los fines que debería tener este recaudo.
Costos contrato Administración, Operación y Mantenimiento (AOM)
Como primer hallazgo, presuntamente se evidenció que el contrato de prestación de servicios No. 333 de 2019, donde se establece que los pagos a realizar por la ESSMAR E.S.P. al consorcio CONLUS, por actividades básicas reguladas de AOM, serían por un valor de 10% del inventario valorizado y actualizado del sistema de alumbrado público.
En cuanto a las adicionales a las actividades básicas de AOM, las previstas en el Decreto 943 de 2018 y demás actividades de apoyo corporativo, es del 2.5% del inventario valorizado y actualizado del sistema de alumbrado público (SALP).
Es decir, el total remunerado anualmente a CONLUS es del 12.5% del inventario valorizado y actualizado del SALP, esta valoración se estableció en $51.762.200.000.
Ese 12.5% representa un porcentaje superior al establecido en las resoluciones CREG 123 de 2011, lo cual genera un detrimento fiscal por un valor aproximado de $6.573.799.400 a las arcas del Distrito de Santa Marta.
Ejecución de obras con un contrato de prestación de servicios de AOM
Por otro lado, la Personería evidenció que la Essmar, realizó actas modificatorias en las vigencias 2020 y 2023, al contrato inicial de Prestación de Servicios No. 333 de 2019 suscrito con el consorcio CONLUS, para desarrollar obras de infraestructura nueva de expansión y modernización del sistema de alumbrado público de Santa Marta, actividades que no hacen parte de las labores contratadas de AOM.
Dicha modificación al objeto contractual inicial para ejecutar de forma directa y sin realizar invitaciones a otras empresas, contraviene los principios de la contratación estatal de la economía, y transparencia, establecidos en la ley 80 artículo 23, algo que según la Personería tiene implicaciones disciplinarias y penales.
Compras de anchetas con los recursos de alumbrado público
En el informe, revelado por la Personería, se muestra además que la Essmar habría realizado contratos para la compra de anchetas y de pago de hoteles (Contratos 110-2022 y 016 de 2013 respectivamente) con recursos del impuesto de alumbrado público, lo que genera un detrimento patrimonial del orden de $1.538.122, y contraviene lo establecido en la ley 1819 de 2016, que establece que estos recursos son exclusivamente para la prestación del servicio de alumbrado público.
Pagos en software y computadores ya pagados en el contrato de AOM
Sobre este caso, se evidenciaron contratos para la compra de licencia de software, arrendamiento de plataformas y de suministro de equipos de cómputo, para la ESSMAR en las vigencias 2020, 2021,2022 y 2023, que fueron pagados con recursos de alumbrado público; estos equipos y software no se emplean en su AOM, debido a que estos mismos ítems son suministrados por el contratista CONLUS, que realiza el AOM al sistema de alumbrado público.
Estos pagos dobles de la ESSMAR, según la personería, conllevan un detrimento de $1.359.508.002,00 a los recursos destinados al alumbrado público.
Por otro lado, se reveló la contratación de personal profesional para realizar labores que ya se estaban pagando al contratista CONLUS, lo anterior impacta en un detrimento a los recursos destinados al alumbrado público de $9.000.000 millones.
Pago de seguros que no hacen parte del AOM del alumbrado público
Durante el 2023, presuntamente, se realizaron unos pagos para la compra de pólizas de seguros, lo anterior genera un detrimento a los recursos del sistema alumbrado público del orden de $173.603.524,00.
Pagos de dotaciones, arriendo y alquiler de vehículos
De acuerdo con el informe de la personería, la Essmar suscribió contratos para la adquisición de dotaciones para el personal administrativo y operativo, así como elementos de elementos personales de protección en el trabajo, para toda la empresa, para lo cual empleó recursos del impuesto de alumbrado público, lo que representa un detrimento de $767.951.543.
Por otra parte, se realizaron contratos para el pago de arriendo de las oficinas de la ESSMAR, así como alquiler de vehículos para los servicios de acueducto y alcantarillado, con recursos del impuesto de alumbrado público.
Por último, se evidenció que la Essmar, estaría empleando recursos de alumbrado público para el pago de créditos a título de la Empresa, no obstante, todas las vigencias se presentan excedentes en los recursos destinados al servicio de alumbrado público. Lo anterior contraviene lo establecido en el lay 1819 de 2016, generando un detrimento fiscal del orden de $ 408.314.743.
El Personero Edward Orozco Oñate, anunció que se estará presentando un segundo informe. Por otra parte, señaló que compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación, Contraloría Distrital, Procuraduría General de la Nación y al Personero Delegado para la Vigilancia Administrativa y Asuntos Disciplinarios por los hallazgos.
