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Tribunal negó pérdida de investidura contra diputada del Magdalena

El Tribunal estableció que las supuestas faltas de la diputada Rosita Jiménez deben tramitarse en instancias disciplinarias, no mediante pérdida de investidura, por lo cual negó la solicitud.
Por: Arnol Sarmiento
El Tribunal Administrativo del Magdalena rechazó la solicitud de pérdida de investidura contra la diputada Rosa Idalia Jiménez Rodríguez, del partido Alianza Verde, al determinar que no se probó que hubiese incurrido en conflicto de intereses durante la polémica elección de la mesa directiva de la Asamblea Departamental para 2025.
El proceso fue promovido por Rafael de Jesús Rebolledo Gil y otros ciudadanos, quienes acusaron a Jiménez de desconocer órdenes judiciales y permitir que el diputado Alberto Mario Gutiérrez Uribe, suspendido por su partido, participara con voz y voto en las sesiones del 26 de noviembre de 2024 y 6 de marzo de 2025. Según los demandantes, esa actuación buscaba favorecer la elección de Ángela Cedeño, Marta García y Candy Sánchez como presidenta y vicepresidentas de la corporación.
La Sala Plena, con ponencia de la magistrada Elsa Mireya Reyes Castellanos, concluyó que, si bien se acreditaron irregularidades en las sesiones, estas no configuran conflicto de intereses, ya que no se demostró un beneficio particular, actual y directo a favor de la diputada o de sus familiares, requisito esencial para aplicar la sanción más drástica como la pérdida de investidura.
El fallo subrayó que la elección de la mesa directiva es un deber funcional de los diputados y no constituye en sí misma un interés privado. Por ello, las supuestas faltas deben debatirse en otros escenarios, como la jurisdicción electoral o disciplinaria, y no en un proceso de pérdida de investidura, indicó el Tribunal.
“Primero: NEGAR las pretensiones de la demanda de pérdida de investidura de la diputada Rosa Idalia Jiménez Rodríguez, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia”, indicó en su fallo el Tribunal Administrativo del Magdalena.
Ante esto, el Ministerio Público respaldó esa posición en audiencia pública, al advertir que el proceso no era el camino idóneo para resolver las irregularidades denunciadas. Con esta decisión, el Tribunal ordenó archivar el proceso una vez quede en firme la sentencia.
