Poder & Gobierno
¡Petro cumplió!: devolvió la ESSMAR a Santa Marta
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios puso fin a la intervención de ESSMAR, vigente desde 2021, y ordenó la entrega de la empresa al Distrito de Santa Marta.
Por: Arnol Sarmiento
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios ordenó la terminación de la toma de posesión de la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta, ESSMAR E.S.P., mediante la Resolución SSPD No. 20261000688975 del 7 de agosto de 2026. Con esta decisión se pone fin a una intervención que se extendió por casi cinco años, desde el 22 de noviembre de 2021, cuando la entidad asumió el control de la empresa debido a las graves dificultades técnicas, administrativas, operativas y financieras que comprometían la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado en la capital del Magdalena.
Una solución que superó a ESSMAR
Uno de los argumentos centrales de la resolución es que la crisis de abastecimiento de agua en Santa Marta tiene una dimensión estructural que excede la capacidad administrativa y financiera de la empresa. La Superservicios reconoce factores como la insuficiencia de fuentes hídricas, la variabilidad climática, la limitada capacidad de producción y las históricas deficiencias de infraestructura como determinantes de un problema que ninguna intervención administrativa podría resolver por sí sola.
En ese marco, el Gobierno nacional asumió la estructuración, financiación y ejecución de una solución de largo plazo que contempla plantas desalinizadoras, sistemas de captación, tratamiento, conducción, almacenamiento y distribución. Las inversiones anunciadas ascienden a cerca de $1,2 billones de pesos, y las plantas desalinizadoras fueron declaradas proyecto estratégico de la Nación. El proceso de selección para contratar la construcción de la infraestructura ya fue iniciado.
Bajo ese escenario, la Superintendencia concluyó que mantener indefinidamente una medida extraordinaria resultaría desproporcionado, toda vez que la Nación ya asumió la solución estructural del abastecimiento y la entidad conserva sus competencias ordinarias de inspección, vigilancia y control.
La solicitud de la Alcaldía
La resolución también recoge la petición formal del alcalde de Santa Marta, Carlos Alberto Pinedo Cuello, quien solicitó revocar la decisión de 2021 y devolver la administración de ESSMAR al Distrito. La Alcaldía argumentó que la intervención había superado el plazo de dos años previsto en el artículo 121 de la Ley 142 de 1994, y respaldó su solicitud con un plan de salvamento que incluye una hoja de ruta técnica, comercial, financiera y jurídica para superar las causas que originaron la toma de posesión.
El Distrito también expuso un portafolio de inversiones y proyectos de infraestructura —entre ellos la planta de El Curval, colectores, obras de saneamiento y el Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado— que, según la administración distrital, superan el billón de pesos.
Alcances y límites de la decisión
La Superservicios declaró el decaimiento de la resolución que ordenó la toma de posesión en 2021, lo que implica la pérdida de su obligatoriedad y fuerza ejecutoria hacia el futuro. Sin embargo, la entidad precisó que esta determinación no cuestiona la legalidad de la intervención original ni afecta los actos, contratos, operaciones y situaciones jurídicas consolidadas durante su vigencia.
¿Qué sigue para ESSMAR?
El Agente Especial dispone de tres días corrientes, contados desde la ejecutoria de la resolución, para realizar la entrega integral de la empresa a sus órganos estatutariamente competentes, quienes reasumirán plenamente la dirección, administración y representación legal de ESSMAR.
La Superintendencia mantendrá un esquema especial de inspección, vigilancia y control durante los seis meses siguientes a la terminación de la medida. La resolución deja expresamente establecido que la salida de la intervención no afecta los proyectos nacionales de agua potable y saneamiento básico, incluida la construcción de las plantas desalinizadoras, los cuales continuarán ejecutándose bajo los mecanismos presupuestales, contractuales e interinstitucionales previstos.

