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Nación

Reglamentan taxis de lujo en el país, la medida beneficia al polémico Uber

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El Gobierno Nacional en cabeza del Presidente de la República, Juan Manuel Santos, junto con el Vicepresidente Germán Vargas Lleras, y la Ministra de Transporte, Natalia Abello Vives, anunciaron este lunes luego del Consejo de Ministros la expedición del decreto por la cual se reglamentará el servicio de lujo en la modalidad de transporte individual de pasajeros.

“Este decreto responde a esa necesidad que nos habían manifestado los colombianos y en especial los usuarios del transporte público, de contar con un alternativa de servicio de transporte en condiciones diferenciales, pero enmarcada dentro de la legalidad”, aseguró la Ministra.

La alta funcionaria resaltó que “estamos dando un paso adelante en la modernización del transporte público de pasajeros. Esta reglamentación nos permite contar con una categoría de taxis de lujo con características especiales de comodidad, accesibilidad, calidad y seguridad”.

La Ministra Abello dio a conocer que las empresas interesadas en prestar el servicio de lujo deberán obtener habilitación (para empresas nuevas), o modificar su habilitación (empresas en servicio). Informó que dentro de los requisitos que deberán cumplir estas empresas se encuentran:

1. Demostrar capital pagado o patrimonio líquido en un porcentaje adicional del treinta por ciento (30%) sobre los montos establecidos.
2. Acreditar que cuentan con plataformas tecnológicas o a través de contratos con terceros.
3. Los conductores deberán estar certificados en competencias laborales y con capacitación en atención al usuario en un mínimo de 50 horas.
4. Cumplir los indicadores de servicio que reglamentará el Ministerio de Transporte.
5. Establecer una base de datos de los usuarios que utilicen el nivel de servicio de lujo.
6. Los vehículos deberán ser de alta gama, es decir, camioneta cerrada, campero de cuatro puertas o automóvil tipo sedán.
7. Los vehículos deben tener un motor con cilindraje igual o superior a los 1.600 centímetros cúbicos y contar con mayor espacio entre sillas y mayor capacidad de baúl.
8. La cabina de pasajeros será mínimo para cinco personas.
9. Los vehículos deberán tener frenos ABS, contar con air bags frontales y apoyacabezas. También contarán con Sistema de Posicionamiento Global (GPS).
10. Los vehículos de este servicio se podrán identificar por su color negro y una franja lateral cuyas características serán definidas por el Ministerio de Transporte.
11. El usuario que desee acceder a los servicios que ofrezcan las empresas debidamente habilitadas, solo podrá hacerlo a través de medios electrónicos como plataformas tecnológicas, para la oportuna y eficiente atención a los usuarios. Lo mismo sucederá con el pago por el servicio.

“Con esto le damos mayor seguridad tanto a pasajeros como conductores, porque cada vehículo mantendrá comunicación en tiempo real con la plataforma, y se sabrá quién es el conductor y también quién solicita el servicio”, aseguró la Jefe de la Cartera de Transporte.

Esta normatividad fue socializada y concertada con los gremios de taxistas de diferentes ciudades del país.

La Ministra de Transporte explicó que en los 6 meses posteriores a la entrada en vigencia del decreto se reglamentarán las condiciones adicionales de ingreso de vehículos al servicio en el nivel de lujo, la habilitación de las plataformas tecnológicas y los indicadores de servicio.

Así mismo, Abello Vives señaló que las autoridades de transporte local son las llamadas a velar por la implementación de este servicio.

“De esta manera, el Gobierno Nacional satisface la necesidad de la ciudadanía, dándole paso al emprendimiento tecnológico bajo reglas claras y permitiendo que los diferentes actores interactúen en la búsqueda constante del mejoramiento de la calidad del servicio”, concluyó la Ministra.