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Tiembla la elección del rector de la Universidad del Atlántico

La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia revocó la sentencia que habilitó al abogado César Lorduy Maldonado para votar, en el acto de elección del Rector Carlos Prasca Muñoz en la Universidad del Atlántico, y le dio un plazo de cinco días al Juzgado para que deje sin efectos la decisión que habilitó a Lorduy, con cuyo voto se decidió la elección de Prasca Muñoz.
Roberto Figueroa Molina, miembro del Consejo Superior de la Universidad del Atlántico, fue quien solicitó el amparo de sus derechos fundamentales, argumentando que el Juzgado Noveno de Familia de Oralidad de Barranquilla le impidió ejercer su derecho de contradicción, en el caso de la tutela que favoreció a César Lorduy y lo habilitó para votar en la elección de Rector, pese a que Lorduy había accionado en dicha tutela contra él y contra los demás miembros del Consejo Superior que lo recusaron por tener un conflicto de intereses, de carácter judicial, con uno de los candidatos a la Rectoría.
El abogado César Lorduy dijo sobre el particular que el fallo de tutela que le permitió votar en la elección de Rector de la Universidad del Atlántico “está en firme y es inmodifícable”.
Lorduy agregó que la tutela presentada por el profesor Roberto Figueroa contra el Juzgado que falló a su favor y que terminó en la Corte solo obliga al juez que conoció la acción de manera inicial, “lo obliga a decidir de fondo, ya que de manera inicial el juez ante la acción de Figueroa había manifestado que prácticamente había sido cosa juzgada y no había nada que decidir”.
Tras conocer una versión del fallo de la Corte a través de una de las redes sociales, el Rector de la Universidad del Atlántico, Carlos Prasca dijo tajantemente en medios locales que no hay riesgo ni duda alguna en cuanto a su elección como Rector y dio que el fallo hace referencia exclusivamente el debido proceso al docente Roberto Figueroa.

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