Nación
Establece reglamentación sobre vertimientos a aguas marinas
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante la Resolución 0883 del 18 de mayo del 2018 estableció los parámetros y valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de aguas marinas.
Con la expedición de esta norma se busca controlar las sustancias contaminantes presentes en las aguas residuales domésticas, industriales, comerciales o de servicios de cualquier sector productivo que se descargan en aguas marinas y evitar la afectación del ambiente, encaminando estos esfuerzos a la protección de los ecosistemas marinos y costeros del país.
La norma establece las sustancias y los niveles de concentración permisibles en aguas residuales, asimismo resuelve que los responsables de las actividades que las generan, pueden solicitar a la autoridad ambiental competente la exclusión de algunos parámetros, siempre y cuando los estudios técnicos certificados demuestren que estos no se encuentren presentes en sus aguas residuales.
Según lo explicó Andrea Ramírez, directora de Asuntos Marinos, Costeros y Recursos Acuáticos del Ministerio de Ambiente, esta es una norma de enfoque sectorial porque está regulando las actividades productivas que están en las zonas costeras. “Con la definición de estos límites máximos permisibles de sustancias vertidas al mar, garantizamos que no se genere alteración o afectación en el agua, ni en los organismos que habitan en estos ecosistemas”, expresó Ramírez.
El presente acto administrativo complementa la reglamentación vigente para el control de la contaminación hídrica establecida en el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible y está orientado al cumplimiento de las metas del Plan Nacional de Desarrollo, lo mismo que de las estrategias de la Política Nacional Ambiental para el Desarrollo Sostenible de los Espacios Oceánicos y las Zonas Costeras e Insulares y de la Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico.
Esta reglamentación cobra vital importancia para todos los colombianos y especialmente para quienes habitan y visitan las zonas costeras. “A la hora de disfrutar del mar, las personas tendrán la seguridad de que el agua tiene una calidad apropiada, tanto para uso recreativo, como para garantizar las óptimas condiciones de vida para las especies que habitan en ella”, concluyó Ramírez.
Cabe resaltar que a lo largo de tres años durante el proceso previo a la formulación de esta norma, el Ministerio de Ambiente llevó a cabo jornadas participativas de trabajo y talleres en los que los datos y la información fue retroalimentada por parte de las autoridades ambientales y las empresas representantes y agremiadas de los diferentes sectores implicados en la misma.
Finalmente se determinó que esta resolución entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2019, con lo cual los sectores usuarios contarán con el tiempo suficiente para revisar, planear y prepararse para el cumplimiento de la norma mediante sus sistemas de gestión de vertimientos y de esta manera garantizar el normal desarrollo de actividades productivas bajo parámetros específicos sin tener impactos negativos en el mar.
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