Metrópolis
Un viejo fallo sobre el Tayku

El fallo de responsabilidad fiscal contra tres exgobernadores del Magdalena por el caso del parque Taykú emitido en el año 2014 por la Contraloría Departamental, fue divulgado en algunas redes sociales y medios de comunicación como una noticia de actualidad.
Lo anterior, llamó la atención de quienes están vinculados al proceso del parque Taykú, entre ellos la exgobernadora encargada, Sandra Rubiano, quien a través de un comunicado a la opinión pública señaló que “no se conque intención se adelanta en redes sociales una campaña mediática de una decisión proferida en mi contra el 2014 por la Contraloría Departamental en el tema del Tayku”.
Además, la exfuncionaria departamental, se pregunta: ¿por qué se asocia ese ataque a una encuesta electoral? He demandado ante el Consejo de Estado la decisión arbitraria e injusta del contralor de la época y espero una decisión favorable”.
Otro aparte del comunicado expone que “he demostrado en una causa penal la inexistencia de hechos que me vinculen con actos irregulares en el Tayku, y sigo esperando que la justicia más temprano que tarde, señale a los responsables del ‘cartel del embargo’, la verdadera causa que ese proyecto se siniestrara”.
También, la exgobernadora (e) del Magdalena expone unas precisiones sobre el proceso jurídico indicando que “tengo más de 5 años, defendiéndome de un proceso en el que la fiscalía no valoro todas las pruebas que demuestran mi inocencia, he demostrado con pruebas, lo siguiente:
• El parque fue contratado con el cumplimiento de los requisitos legales.
• Que el acta de inicio nunca la firme yo.
• El proceso fue debidamente estructurado con los diseños realizados en el marco de un concurso público nacional con la Sociedad Colombiana de Arquitectos.
• Que en el desarrollo del proceso aporte como prueba cerca de 4000 folios de estudios y diseños en los que demuestro, que el proyecto fue debidamente estructurado por firmas de reconocida trayectoria nacional.
• El proyecto fue supervisado por un comité tripartito en el que tenía representación la gobernación, la alcaldía y el Ministerio de Cultura, nadie se explica cómo permitieron la paralización de la obra, si no existía un expediente en la Secretaria de Planeación Distrital que ordenara su paralización.
• Que el parque era una obra de espacio público incluida en el Plan Parcial del Centro Histórico y como tal no requería licencia; DECRETO 2181 DE 2006 (junio 29), articulo 301
• El 25 de junio del 2007 cuando entregamos la gobernación el proyecto estaba en ejecución; con más de $1.370 millones en las cuentas de la gobernación, recursos suficientes para finalizarla construcción del 1 Decreto ley 2181, en el cual se reglamentan disposiciones relativas a planes parciales contenidas en la Ley 388 de 1997, dice lo siguiente:
• Artículo 30. Licencias de intervención y ocupación del espacio público. Expedido el decreto que adopte el plan parcial por parte del alcalde municipal o distrital, no se requerirá licencia de intervención u ocupación del espacio público para ejecutar las obras que se encuentren previstas en el respectivo plan parcial.
• El parque, y a esa fecha no se había paralizado ni suspendido la obra, estaba en construcción.
• El 28 de enero del 2019 el Tribunal Administrativo del Magdalena acepto mi recurso de apelación y ordena remitir el expediente al Consejo de Estado.
• El fracaso del Parque Tayku se dio por embargo de los recursos que sufrió el gobierno de la época, por el cartel de embargos que se llevó más de $43.000 millones, investigación que a la fecha no ha prosperado.
Finalmente, la exfuncionaria Sandra Rubiano enfatiza que “estoy segura que esta campaña solo puede tener la intención de interferir decisiones judiciales y crear una cortina de humo frente a los grandes escándalos de corrupción en el Distrito de Santa Marta”.
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