Metrópolis
Dadsa aclara: no está prohibido el uso de piscinas sino el recambio de agua

Por medio de la resolución 0137, el Departamento Administrativo Distrital De Sostenibilidad Ambiental – DADSA, aclaró las restricciones que entraron en vigencia en Santa Marta ante la escasez de agua, con el objetivo de racionalizar el preciado líquido.
En el documento aclaratorio, la entidad dejó en claro que no está prohibido el uso de piscinas en el Distrito sino el “recambio de volúmenes de agua almacenadas en piscinas y toboganes”, pues es una actividad que implica el uso de grandes volúmenes.
Así mismo, la nueva resolución indica que el numeral cuarto artículo segundo de la Resolución 0134 del 13 de abril de 2022 sufrió unos cambios, aclarando que se debe “limitar, racionalizar y/o restringir en la jurisdicción urbana del Distrito de Santa Marta, las actividades cotidianas residenciales y comerciales que puedan considerarse de alto impacto y/o afectación para el desabastecimiento de agua potable”.
Lo anterior cobija el “Lavado de vehículos de cualquier denominación; lavado de fachadas residenciales, comerciales, espacio público; riego en exceso de jardines y zonas verdes en general, entiéndase permitido el riego
necesario para el soporte vital de las especies” y demás actividades que impliquen uso excesivo del líquido.
