Nación
Consejo de Estado ratifica elección de Luz Adriana Camargo como fiscal general
La lectura del fallo sobre la elección de la fiscal general estaba ubicada en la casilla número 11 del orden del día, es decir, después del proceso contra el diputado Rafael Noya, por presunta doble militancia política. Por ello, se espera que en las próximas horas se conozca la decisión del Consejo de Estado en este caso.
Este jueves, la Sección Quinta del Consejo de Estado ratificó la elección de Luz Adriana Camargo Garzón como fiscal general de la Nación para el periodo 2024–2028, al negar las pretensiones de nulidad electoral presentadas en su contra. La decisión, de única instancia, concluyó que no se configuraron irregularidades sustanciales que afectaran la legalidad del proceso de elección realizado por la Corte Suprema de Justicia.
Los demandantes alegaban que la terna enviada por el presidente Gustavo Petro había sido modificada sin una renuncia formal previa de Amparo Cerón, que la conformación exclusivamente femenina vulneraba el principio de igualdad, y que la renuncia de Amelia Pérez Parra minutos antes de la votación desintegraba la terna. También denunciaban presiones externas sobre los magistrados, y un presunto conflicto de intereses por investigaciones contra familiares del mandatario.

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Sin embargo, el alto tribunal determinó que la inclusión de tres mujeres en la terna no violaba la Ley 581 de 2000, que exige al menos una mujer, pero no limita su número. Además, consideró válida la sustitución de Cerón por Camargo, al tratarse de una facultad discrecional del presidente. Respecto a la renuncia de Pérez Parra, se concluyó que no fue presentada ante autoridad competente y no afectó la validez del proceso.
“Al no encontrarse acreditado: i) la desatención de los criterios de igualdad y equidad de género en la conformación de la terna por solo mujeres, ii) la expedición irregular por la modificación de una de las aspirantes, iii) la vulneración del voto secreto, iv) desviación de poder por parte de las autoridades que intervinieron en el trámite electoral, v) el desconocimiento de las reglas relativas al cuórum y formación de las decisiones, vi) actos de violencia que mutaran la voluntad de los electores y, vii) el conflicto de interés del presidente de la República, se impone negar las pretensiones de las demandas acumuladas”, concluyó el alto tribunal.
Con esta decisión, queda en firme el nombramiento de Camargo Garzón como máxima autoridad del ente acusador.
