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Tutela ordena proteger a comunidades palafíticas de la Ciénaga Grande

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Un fallo de tutela obliga a entidades nacionales y territoriales a responder de inmediato a la crisis ambiental y social que enfrentan los habitantes del complejo lagunar de la Ciénaga Grande de Santa Marta.

 

El Juzgado Sexto Administrativo de Santa Marta falló a favor de la acción de tutela interpuesta por el defensor de derechos humanos Andrés Gil, ordenando medidas urgentes para proteger los derechos fundamentales al agua, alimentación, salud, vida digna y mínimo vital de niños, niñas y jóvenes de las comunidades palafíticas de Nueva Venecia y Buenavista.

En la providencia, el juez ordena que, en un plazo máximo de cinco días, la Alcaldía de Sitionuevo, la Gobernación del Magdalena, el Ministerio de Vivienda y la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) garanticen a cada habitante el suministro de 50 litros diarios de agua potable y la entrega de tanques de 20 mil litros, mientras se ejecutan soluciones de mediano plazo.

Además, las entidades deberán instalar, en un periodo no mayor a seis meses, un sistema de potabilización concertado con la comunidad y, en un plazo máximo de dos años, reactivar y entregar el proyecto de acueducto y alcantarillado (CÓDSIGEVAS 1-2023-2). El juzgado también ordenó al Minvivienda retrotraer el proceso de devolución de este proyecto, el cual se había frenado por omisiones de la Alcaldía de Sitionuevo.

En materia ambiental, el fallo obliga al Ministerio de Ambiente a activar de manera urgente el Comité Interinstitucional para controlar la proliferación de la planta invasora Hydrilla verticillata en la Ciénaga de Pajaral, mediante un plan integral que incluya remoción manual y mecánica, control biológico y educación comunitaria.

Asimismo, el juez dispuso un plan especial de salud pública con brigadas médicas, vacunación y medicamentos, así como un programa integral de atención a la niñez con brigadas nutricionales, apoyo psicosocial, monitoreo y alimentación de emergencia.

El fallo fijó un cronograma estricto de informes de cumplimiento —inicial en cinco días y luego en plazos bimensuales, trimestrales y semestrales hasta por dos años— con seguimiento cercano del agente oficioso.

Este fallo judicial marca un precedente en la defensa de los derechos fundamentales de las comunidades palafíticas en el departamento del Magdalena y obliga a las autoridades a responder de manera inmediata y coordinada a una crisis ambiental y social que lleva años sin resolverse.

Ver documento aquí.