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Nación

Corte Constitucional suspende provisionalmente decreto de Emergencia Económica

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La Corte Constitucional suspendió provisionalmente los decretos con los que el Gobierno declaró la Emergencia Económica y Social en diciembre de 2025, al advertir vicios formales y materiales y concluir que la medida no respondía a una crisis imprevisible, sino a la negativa del Congreso de aprobar proyectos de financiamiento.

 

Por: Arnol Sarmiento

La Corte Constitucional, en Sala Plena, ordenó este viernes la suspensión provisional del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, mediante el cual el Gobierno nacional declaró el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional. La decisión también alcanza al Decreto Legislativo 1474 del 29 de diciembre de 2025, expedido en desarrollo de la emergencia.

El alto tribunal, con ponencia del magistrado Carlos Camargo Assis, determinó que el decreto presentaba vicios formales y materiales que lo hacían prima facie manifiestamente inconstitucional, por lo que, para evitar efectos irremediables y garantizar la supremacía constitucional, procedió a suspender sus efectos hasta que se profiera una decisión de fondo.

Fundamento de la decisión

La Corte revisó la figura de la suspensión provisional de normas, ajustando su jurisprudencia para hacerla aplicable también a decretos legislativos expedidos en estados de excepción. Consideró que este mecanismo es necesario para una intervención temprana que proteja la integridad de la Constitución, especialmente ante actos que puedan eludir el control de constitucionalidad.

La Corte destacó que el decreto parecía responder más a una suplantación de la voluntad del Congreso —que había negado dos proyectos de ley de financiamiento— que a una crisis imprevisible y extraordinaria. Usar el estado de excepción para sortear el debate democrático, señaló, quebranta el principio de separación de poderes y la reserva de ley en materia tributaria.

Pruebas y conceptos clave

En el proceso se recibieron conceptos de expertos económicos y de la Contraloría General de la República, quienes coincidieron en que las causas de la crisis fiscal eran estructurales, previsibles y no sobrevinientes. La Contraloría informó que desde 2024 había advertido al Gobierno sobre los riesgos fiscales, lo que reforzó la conclusión de que la emergencia no estaba justificada.

Alcance de la suspensión

La medida suspende los efectos del Decreto 1390 y, por consiguiente, del Decreto 1474, hasta que la Corte profiera sentencia definitiva en el marco del control automático de constitucionalidad. La Sala Plena enfatizó que esta decisión no prejuzga el fondo del asunto, pero es necesaria para evitar la consolidación de efectos irreversibles y garantizar la supremacía constitucional.

El decreto había sido expedido en un periodo de vacancia judicial, lo que generó cuestionamientos sobre una posible elusión del control constitucional. Diversos sectores políticos y ciudadanos habían solicitado su suspensión, argumentando que convertía lo excepcional en regla y desconocía el equilibrio de poderes.

La decisión de la Corte marca un precedente relevante en el control judicial de los estados de excepción, reafirmando su rol como guardiana de la Constitución y límite a los poderes excepcionales del Ejecutivo.