Geopolítica Parroquial
Procuraduría pide mantener la elección de Margarita Guerra como gobernadora
El Ministerio Público solicitó al Consejo de Estado negar las demandas de nulidad electoral al considerar que no se configuraron las inhabilidades e irregularidades alegadas por los demandantes. La decisión definitiva está en manos de la Sección Quinta.
La Procuraduría General de la Nación solicitó al Consejo de Estado negar las demandas que buscan anular la elección de María Margarita Guerra Zúñiga como gobernadora del Magdalena para lo que resta del periodo 2024-2027, al concluir que los cuestionamientos presentados por los demandantes no constituyen motivos suficientes para invalidar su elección.
El concepto fue presentado por la Procuraduría Séptima Delegada ante el Consejo de Estado y está firmado por la procuradora delegada Idayris Yolima Carrillo Pérez. En el documento, el Ministerio Público analizó los argumentos relacionados con presuntas inhabilidades, incompatibilidades, doble militancia y posibles irregularidades en el aval y la conformación de la coalición que respaldó a la mandataria.
Las demandas fueron presentadas después de las elecciones atípicas del 23 de noviembre de 2025, en las que Guerra Zúñiga resultó elegida para asumir la Gobernación tras la nulidad de la elección de Rafael Alejandro Martínez.
La renuncia a la Asamblea, uno de los puntos clave
Uno de los principales argumentos de la Procuraduría se relaciona con la renuncia de Guerra Zúñiga a su curul en la Asamblea Departamental del Magdalena.
Según el concepto, la mandataria presentó su renuncia el 1 de octubre de 2025 y esta fue aceptada el día siguiente, antes de su inscripción como candidata a la Gobernación, que se produjo el 7 de octubre.
Para el Ministerio Público, esta circunstancia impide configurar la presunta inhabilidad por coincidencia de periodos, debido a que la dirigente ya se había separado de la Asamblea cuando se inscribió y posteriormente resultó elegida gobernadora.
La entidad también sostuvo que el carácter institucional del periodo de los diputados no significa que estos deban permanecer obligatoriamente en sus curules durante los cuatro años ni que la renuncia aceptada les impida aspirar a otro cargo de elección popular.
En cuanto a la presunta incompatibilidad para ejercer cargos públicos, la Procuraduría consideró que las disposiciones invocadas por los demandantes no establecen una prohibición general para ocupar cualquier cargo público durante los 12 meses posteriores al retiro. Según su interpretación, las restricciones deben analizarse a partir de las conductas específicas previstas en la ley.
Procuraduría se pronuncia sobre la doble militancia
Otro de los cuestionamientos se refiere a la presunta doble militancia de Guerra Zúñiga, quien había sido elegida diputada por Fuerza Ciudadana y posteriormente aspiró a la Gobernación con el respaldo de otras organizaciones políticas.
Sobre este punto, el Ministerio Público señaló que Fuerza Ciudadana perdió su personería jurídica por una decisión judicial y que esa circunstancia, al no derivarse de las sanciones previstas en la Ley 1475 de 2011, permitiría aplicar la excepción contemplada en el parágrafo del artículo 2 de esa norma.
A partir de esa interpretación, la Procuraduría concluyó que no se configuraría la doble militancia alegada por los demandantes.
Aval y coalición electoral
Frente a las presuntas irregularidades en el aval y en la conformación de la coalición electoral, la Procuraduría sostuvo que el aval de la candidatura fue expedido por el representante legal del Partido Ecologista Colombiano.
El concepto también examinó los cuestionamientos sobre los procedimientos internos de esa colectividad y la participación de Fuerza Ciudadana en el acuerdo de coalición, pese a la situación jurídica de su personería.
Para el Ministerio Público, las irregularidades alegadas no tienen, por sí solas, la entidad suficiente para invalidar el acto de elección, por lo que solicitó desestimar también estos cargos.
El Consejo de Estado tendrá la última palabra
El pronunciamiento de la Procuraduría constituye un concepto dentro del proceso judicial y no una sentencia definitiva. La decisión corresponde a la Sección Quinta del Consejo de Estado, que deberá resolver las demandas acumuladas y determinar si la elección de Guerra Zúñiga se ajustó al ordenamiento jurídico.
Por ahora, el Ministerio Público respalda la legalidad de la elección de la gobernadora del Magdalena. Sin embargo, será el alto tribunal el que defina si mantiene su mandato para lo que resta del periodo 2024-2027 o si encuentra motivos jurídicos para anularlo.
