Editorial & Columnas
Salario Mínimo Vital: Justicia Social o Justicia Jurídica
Por: Kevin Martinez Barrios
El preámbulo de nuestra Carta Magna se establece que: «El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana”
Se habla de justicia y luego de un orden social justo, desde entonces se ha venido considerando que la justicia fortalece e impulsa la integración de las comunidades en los distintos niveles territoriales. Ahora bien, desde la gestión de la Política Publica también se ha establecido que en su metodología para desarrollarla es necesario que se haga un diagnóstico con datos y fundamento sobre el problema planteado y analizar que si tal situación pasa de lo personal a lo colectivo, se puede considerar un problema público, y es cuando se plantean acciones para atender dicho problema, estas acciones se presentan de distintas maneras, como iniciativa ciudadana, recientemente se ha propuesto la Asamblea Nacional Constituyente, iniciativa legislativa como la de prohibir las corridas de toros, entre otras, y por iniciativa de gobierno como por ejemplo la reforma laboral que siendo sancionada por el presidente no se cumple antes de pasar por la revisión judicial.
El equilibrio de poderes se mantiene en un estado democrático fuerte, como es el caso de Colombia, todas las decisiones que se toman en uno, luego pasan por el escrutinio de las otras dos, donde además del control debe haber armonía y colaboración, así como su autonomía las desliga, el objetivo del estado social las liga, es cuando se cumple con la unidad del preámbulo de la Constitución.
Por un lado, tenemos que, las decisiones del ejecutivo representado por el gobierno se tienen como acciones, políticas y medidas adoptadas para resolver problemas sociales, económicos o políticos, orientando la acción estatal integradora. Se materializan en leyes, decretos, reglamentos y programas, buscando el beneficio de la sociedad y la mejora de la calidad de vida, utilizando recursos públicos.
Por otro lado, las decisiones del aparato judicial, entre ellos el Consejo de Estado que son actos (sentencias, autos) y conceptos, para resolver conflictos entre los Ciudadanos y el Estado, vigilan la legalidad de actos administrativos, anulan normas, y deciden sobre la pérdida de investidura de congresistas, actuando como órgano de cierre.
El Salario Vital es entonces una iniciativa del gobierno, el mismo que representa a la ciudadanía que lo eligió, un acto administrativo que se legaliza a través de un decreto, con la novedad que se calcula teniendo en cuenta el costo de una canasta básica familiar digna para cuatro personas (incluyendo alimentación, vivienda, servicios, educación y salud) y el promedio de 1,5 personas trabajando por hogar, según el Ministerio del Trabajo, resultando en una cifra cercana a $2.000.000.
Con éste se garantizan derechos históricamente retraídos y que por años de luchas de las distintas organizaciones sociales y sindicales han asumido en la defensa y restablecimiento, lo que este gobierno ha llamado Justicia Social.
El contrapeso de lo judicial, antes de hacer cumplir la Constitución, se fundamenta en el tecnicismo para tomar una decisión cuestionada que desconoce su naturaleza, tiende más a lo político que a la Justicia Jurídica, cuyo fin debería ser la de garantizar derechos fundamentales derivados de la Dignidad Humana y el Estado Social de Derecho.
¿Entre la Justicia Social y la Justicia Jurídica, como se garantiza el estado de derechos?
[1] Docente, Líder Social y Defensor de Derechos Humanos, Concejal de Pedraza (2020-2023).
