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Conozca los términos más utilizados durante el proceso electoral

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Durante la preparación de unas elecciones, hay varios términos técnicos que se utilizan en los medios pero no son comunes para todos los ciudadanos.

A continuación encontrará la definición de las palabras más utilizadas y el significado de las letras y números que identifican los formularios electorales:

1. Arca triclave: Depósito provisto de tres cerraduras destinado a proteger los documentos electorales firmados por los jurados de votación, que sirven como base para efectuar los escrutinios.

2. Boceto electoral: Documento borrador de tarjeta electoral en el cual se adhiere la fotografía del candidato cabeza de lista, con apellidos, nombres completos y el respectivo partido o movimiento político.

3. Censo electoral: Registro general de las cédulas de ciudadanía correspondientes a los ciudadanos colombianos, residentes en el país y en el exterior, habilitados por la Constitución y la ley para ejercer el derecho de sufragio y, por consiguiente, para participar en las elecciones y para concurrir a los mecanismos de participación ciudadana.

4. Certificado electoral: Documento que se entrega al sufragante como constancia de haber votado. Es un instrumento público que contiene la declaración del Presidente de la mesa de votación, del Registrador Distrital o Municipal del Estado Civil o del Cónsul del lugar donde se haya inscrito la cédula de ciudadanía, según sea el caso, en el sentido de expresar que el ciudadano que en él aparece, cumplió con el deber de votar en las elecciones correspondientes.

5. Cifra repartidora: La cifra repartidora resulta de ordenar de mayor a menor el total de votos obtenidos por los partidos o movimientos políticos que superaron el umbral. Cada votación obtenida se divide por los números naturales correspondientes al número de curules a cubrir. De ese resultado, la cifra menor es la que se denomina cifra repartidora. El total de votos obtenidos por una lista se divide por la cifra repartidora y se obtiene le número de curules que le corresponden a cada partido o movimiento político.

6. Circunscripción electoral: Territorio dentro del cual los votos emitidos constituyen el fundamento para el reparto de los escaños entre candidatos o partidos.

7. Clavero: Ciudadano encargado de recibir e introducir en el arca triclave los documentos electorales y velar por su conservación.

8. Cuenta votos: Corresponde a un formulario que se suministra a los jurados de votación para facilitar la contabilización (conteo) de los votos por cada candidato. Consta de unas filas que poseen el nombre de candidatos y otras columnas donde se va registrando el voto obtenido por cada uno de los aspirantes. Lo anterior permite de una manera práctica conocer el número real de votos.

9. Delitos contra los mecanismos de participación:

A. Perturbación electoral B. Constreñimiento al sufragante C. Fraude al sufragante D. Fraude en la inscripción de cédula E. Corrupción del sufragante F. Voto fraudulento G. Favorecimiento de voto fraudulento H. Mora en la entrega de documentos relacionados con una votación I. Alteración de resultados electorales J. Ocultamiento, retención o posesión ilícita de cédula K. Denegación de inscripción

10. División Política Electoral – Divipol: Es la división político administrativa en la que se organizan, se estructuran y se codifican los lugares de votación en todo el país. Comprende la clasificación de los municipios zonificados y no zonificados, al igual que proporciona la información del potencial electoral de cada uno de los puestos de votación.

11. Preconteo: Es el proceso de contabilización de votos realizado por los jurados de votación inmediatamente se cierran las urnas. El preconteo se hace con el fin de informar a la ciudadanía los resultados de la elección el mismo día que se desarrolla la jornada electoral, pero carece de valor jurídico vinculante, ya que sólo el escrutinio genera consecuencias jurídicas, luego de una elección.

12. Escrutinio: Diligencia que en su oportunidad realizan los jurados de votación, las comisiones escrutadoras y el Consejo Nacional Electoral, para proceder al cómputo de los sufragios, resolver las cuestiones de hecho y de derecho que se aleguen con fundamento en las causales legales de reclamación y hacer las declaratorias de elección a que hubiere lugar. Función pública mediante la cual se verifican y consolidan los resultados de las votaciones.

13. Inscripción de cédulas: Acto mediante el cual el ciudadano solicita al funcionario electoral que le inscriba su cédula de ciudadanía para ejercer el derecho al sufragio en el lugar donde reside. Requisitos: presencia del ciudadano, presentación de la cédula de ciudadanía e impresión de la huella dactilar.

14. Inscripción de candidatos: Acto mediante el cual los partidos o movimientos políticos o grupo significativo de ciudadanos, inscriben y avalan a uno o varios ciudadanos y presentan sus nombres ante la autoridad electoral competente, con el objeto de participar en una elección en calidad de candidato o aspirante a un cargo de elección popular.

15. Jurado de votación: Ciudadano seleccionado mediante sorteo, para atender la mesa de votación, hacer los escrutinios correspondientes y entregar los resultados de las votaciones en los documentos electorales correspondientes.

16. Mesa de votación: Sitio habilitado por la Registraduría donde el ciudadano debe votar.

17. Puesto de votación: Sitio que determina la Registraduría para que funcionen las mesas de votación.

18. Observador internacional: Personas o instituciones encargadas de constatar el proceso de votación y los resultados divulgados por la Registraduría de manera imparcial e independiente, contribuyendo con ello a coadyuvar a la transparencia del proceso electoral.

19. Puesto censo: Además de las mesas de votación existentes en cada puesto, existen los denominados puestos en la ciudad zonificada censo que corresponde a sitios habilitados para que los ciudadanos con cédulas expedidas desde el 14 de marzo de 1988 y que no se hubiesen inscrito en otros lugares, puedan ejercitar el derecho al sufragio en la localidad donde haya sido expedida su cédula de ciudadanía.

20. Tarjeta electoral: Documento en el cual el sufragante, en ejercicio del derecho al voto, marca su preferencia electoral.

21. Testigo electoral: Ciudadano designado por un candidato o una colectividad política para vigilar las votaciones y presentar reclamaciones ante los jurados de votación en los escrutinios de mesa.

22. Trashumancia electoral: Acción de inscribir la cédula y votar en lugar distinto a aquel en el que se reside. Constituye un delito contemplado en el Nuevo Código Penal como “fraude en inscripción de cédulas”.

23. Umbral: Los candidatos que aspiran a cargos plurinominales deben alcanzar el umbral que equivale al 50% del cuociente, que es el total de los votos válidos divido por el número de curules a proveer.

24. Voto: Manifestación de la opinión de una persona. Es el ejercicio del derecho del sufragio.

25. Voto en blanco: El señalado en el espacio especialmente destinado para ello en la tarjeta electoral. Es un voto válido y como tal debe ser computado. El voto en blanco es la expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad.

26. Voto nulo: El que no tiene validez por haberse marcado más de una casilla o por no poderse interpretar de manera inequívoca la voluntad del elector con su marcación.

27. Voto válido: Aquel en que aparece marcada claramente una opción electoral y, que por llenar los requisitos de ley, debe ser computado.

28. Voto preferente o lista abierta: Es cuando la colectividad deja que los ciudadanos voten no sólo por el partido sino también por cada uno de sus candidatos individualmente, y alcanzarán curul quienes obtengan mayores votaciones sin importar el orden inicial que ocupaban dentro de la lista, dependiendo del total de escaños que alcance el partido. El ciudadano puede votar sólo por el partido, o por el partido y además por el candidato.

29. Voto no preferente o lista cerrada: Es cuando la colectividad ordena previamente la lista de sus candidatos de manera que los ciudadanos sólo votan por el partido y alcanzarán curul los primeros renglones de la lista, de acuerdo con el número de escaños que alcance el partido. El ciudadano sólo puede votar por el partido, sin tener en cuenta nombres específicos de candidatos.

Formularios electorales:

E-1: Citación a jurados de votación.
E-2: Resolución nombrando reemplazo de los jurados de votación.
E-3: Lista de ciudadanos inscritos.
E-4: Contraseña de inscripción.
E-5: Resolución que señala los sitios de los escrutinios.
E-6: Acta de solicitud y aceptación de inscripción de candidatos.
E-7: Acta de modificación e inscripción de candidatos.
E-8: Confirmación de listas de candidatos.
E-9: Adhesivos urna cerrada y sellada.
E-10: Lista de sufragantes.
E-11: Acta de instalación y registro de votantes.
E-12: Autorización de voto a ciudadanos que no hacen parte de la mesa.
E-14: Acta de escrutinio del jurado de votación.
E-15: Credencial para los testigos electorales de la mesa.
E-16: Credencial para los testigos electorales de la comisión escrutadora.
E-17: Recibo de documentos electorales para jurados de votación.
E-18: Constancia sobre prestación de servicios como jurados de votación.
E-19: Recibo de documentos electorales.
E-20: Acta de introducción de documentos electorales en el arca triclave.
E-21: Sello del arca triclave.
E-22: Resolución por lo que se reconstruye la comisión escrutadora.
E-23: Constancia de la comisión escrutadora.
E-24: Cuadro de resultados de la comisión escrutadora.
E-25: Formulario para la reclamación.
E-26: Acta parcial de escrutinio.
E-27: Credencial que expide la comisión escrutadora.
E-28: Credencial que expiden los delegados del Consejo Nacional Electoral.