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Procurador urgió por estrategias para proteger a los niños y niñas frente al uso de pólvora
El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, urgió al ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar) la adopción de medidas y planes de emergencia y contingencia inmediatos para evitar que los niños, niñas y adolescentes se vean afectados en su vida, integridad física y salud, por el uso y manipulación de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o globos con pólvora.
El jefe del Ministerio Público exigió a las autoridades del orden nacional, departamental, distrital y municipal, implementar acciones concretas frente al riesgo que sigue representando el uso y manipulación de los diferentes artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o globos con pólvora por parte de los menores de edad.
A través de la Directiva 031 de 2020, el Procurador Carrillo exhortó a los mandatarios y a la Policía Nacional para que trabajen de forma articulada frente a los casos adversos que se presenten en esta época decembrina y refuercen, según sus competencias, la inspección, vigilancia o control al uso, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, registro y permisos de funcionamiento de establecimientos de comercio y de personas jurídicas o naturales, dedicadas a la producción, venta y comercialización de estos artículos.
Carrillo Flórez advirtió a los alcaldes y gobernadores la necesidad de trabajar mancomunadamente con el sector educativo público y privado, las organizaciones sociales, los padres y madres de familia y la comunidad en general, en la divulgación de campañas educativas, preventivas y de sensibilización frente a los riesgos que implica para los niños, niñas y adolescentes el uso y manipulación de pirotécnicos, fuegos artificiales o globos con pólvora.
En ese sentido, las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienestar Familiar deberán diseñar, implementar y evaluar estrategias de comunicación orientadas a alertar y prevenir sobre el riesgo por el uso, fabricación, almacenamiento, venta y distribución de pólvora, artículos pirotécnicos, fuegos artificiales y globos con pólvora, con expresa prohibición para que en ninguna de estas actividades se involucre a menores de edad.
Los casos identificados y las acciones adelantadas frente a cada uno de ellos deberán ser reportados por el ICBF, y eventualmente a otras autoridades del nivel departamental, distrital o municipal, a la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia, la Familia y las Mujeres a más tardar el 10 de enero de 2021.
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