Región Caribe
Tribunal confirma irregularidades en elección de Zarwawiko Torres
Se mantiene la controversia iniciada desde el pasado 5 de octubre del 2020, donde por medio de una tutela se alego que la decisión de la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías (DAIRM) del Ministerio del Interior de registrar a Zarwawiko Torres Torres como cabildo gobernador del Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra Nevada de Santa Marta, vulnero el derecho a la participación política y a la igualdad. Argumentando que no todos los miembros del resguardo estuvieron presentes para dicha elección y considerando que les fueron afectados el debido proceso, por las irregularidades en el momento de la elección; a su identidad cultural y a la autonomía por la participación de terceros en sus procesos electorales.
Con lo anterior, además del fallo del Tribunal avanzan también evaluaciones críticas y decisiones de la Asamblea de Mamos la cual se encuentra reunida desde el pasado 5 de febrero en Seykúmake, en donde recibieron la visita del Ministro del Interior, Daniel Palacios.
Se conoció que Torres ha desatendido hasta ahora las citaciones de los Mamos a comparecer ante la máxima instancia espiritual y de gobierno propio del Pueblo Arhuaco. En su lugar, Zarwawiko Torres decidió dar por terminada precipitadamente la Asamblea que había convocado desde el 10 de febrero, y a la que acudieron los Gobernadores Kankuamo, Kogui y Wiwa, miembros del Consejo Territorial de Cabildos-CTC, en la que se ha calificado como una grosera intromisión en los asuntos internos del Pueblo Arhuaco y un desconocimiento a la jerarquía de la Asamblea de Mamos que sesiona también en Nabusimake.
“De conformidad con las documentales aportadas se deduce que no hay duda de que a la Asamblea General del Resguardo Indígena Arhuaco compete la elección de sus autoridades, especialmente de su autoridad mayor que es el Gobernador del Cabildo, no obstante no se encuentra prueba alguna que permita tener certeza de que el proceso de elección llevado a cabo y que concluyó con la elección de ZARWAWIKO TORRES TORRES como gobernador cumplió con las tradiciones, usos y costumbres de esta etnia, máxime que se advierte que del total de 60 asentamientos que conforman el Pueblo Arhuaco solo participaron 19 de ellos en el referido proceso electoral”.
“No cabe duda que con esa actuación han resultado violados los derechos para los cuales se está solicitando protección…por lo que se revocará la decisión de instancia, para en su lugar, tutelar los derechos fundamentales al ejercicio de una verdadera autonomía, autodeterminación y autogobierno del Resguardo Indígena Arhuaco”
FOTO-FALLO-1Cabe mencionar que, El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, en su sala Civil-Familia, con ponencia del Magistrado Álvaro López Varela y bajo el radicado 2020 00143 01, del 19 de enero de 2021, revoco la decisión del juez de primera instancia y en su lugar tutelar los derechos de Mamos y autoridades del Resguardo Arhuaco del Cesar.
Estos Mamos y autoridades que recurrieron a la acción de tutela en contra de las actuaciones de Zarwawiko Torres dijeron en sus alegatos al Tribunal que esta “comprobado que el Pueblo Arhuaco y sus Comunidades representadas, han sido objeto de intromisiones por medio del uso de la fuerza y la coacción, y por esos actos su autonomía y voluntad como pueblos indígenas se encuentra constreñida, lo cual no pudo comprobar el Ministerio Público, cuando hizo presencia en el territorio, toda vez que el Delegado solo pudo tener contacto visible con Zarwawiko Torres Torres, ya que los accionantes se encontraban en condición de secuestro, amenaza y tortura, con el fin de evitar sus denuncias ante la Procuraduría Delegada”.
Igualmente, el Tribunal ordenó “al Ministerio del Interior Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías y al Alcalde del Municipio de Valledupar, Procuraduría Delegada para Asuntos Étnicos y Defensoría del Pueblo, que en desarrollo de sus competencias, facultades y obligaciones constitucionales y legales, coordinen con las autoridades correspondientes que tengan competencias y obligaciones en relación con la salvaguarda de los derechos de los indígenas, y lleven a cabo el acompañamiento necesario para la generación de un espacio de concertación y dialogo en el que el Pueblo Arhuaco pueda resolver el conflicto existente en relación al proceso electoral, esto es, la legalidad y legitimidad de la elección realizada, y así mismo se determinen los escenarios y procedimientos a los que acudirá la etnia para resolver los conflictos electorales que puedan suscitarse”.
El Tribunal llamó la atención por las actuaciones de la Dirección de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior: “Revisado el expediente se constata que los aquí accionantes presentaron sus quejas ante la Dirección de Asuntos Indígenas Rom y Minorias -DAIRM del Ministerio del Interior, a fin de evitar la inscripción del Gobernador electo, empero la misma fue realizada, por otra parte, se echa de menos prueba alguna o siquiera afirmación respecto a las costumbres existentes en el pueblo Arhuaco para resolver los conflictos electorales que llegaren a presentarse, de ahí que se advierta un vacío en relación a la reglamentación correspondiente especialmente en lo referente a los conflictos suscitados en la convocatoria, desarrollo y elección de Gobernador del cabildo del Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra Nevada”.
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