Metrópolis
Incrementan controles en el transporte público para contener la propagación del Covid-19

De manera permanente en los últimos días se vienen adelantando los controles operativos, para que en las diferentes modalidades de transporte público se acaten los protocolos de bioseguridad que previenen la propagación del Covid-19.
En estos puestos de control, se les recuerda a transportadores y pasajeros sobre las medidas que deben acatar, las cuales están contenidas en el Decreto 059 que entraron en vigencia desde el pasado 16 de marzo.
A los ciudadanos se les insistiera para que acaten estas disposiciones, que son de especial aplicación para preservar la vida, la salud y la seguridad en Santa Marta, en virtud de la emergencia generada por el coronavirus.
El Artículo Cuarto del Decreto 059 dispone las medidas para la prestación de los servicios públicos de pasajeros en la zona urbana y rural de Santa Marta.
Acerca del transporte público individual, los vehículos tipo taxi pueden transitar las 24 horas del día, sin ocupar la silla del copiloto y con los cuatro vidrios laterales abajo.
En cuanto al transporte especial, los vehículos deben llenar la planilla en la que se relacionen los pasajeros que llevan, también deben transitar con las ventanas abiertas sin poner en funcionamiento el aire acondicionado.
La norma también estipula que los vehículos tipo escalera no podrán circular después de las 6:00 p.m. en la zona urbana del Distrito y no está permitido el servicio de chiva rumbera; éstas sólo podrán transportar grupos homogéneos hasta la zona de playas del Parque Nacional Natural Tayrona.
Es importante recordar que la inobservancia de estas medidas transitorias será sancionada tal como lo establecen las normas de tránsito y transporte, se reseña en el Decreto 059.

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