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En El Banco, alcaldía decreta Toque de queda y ley seca

Por medio del Decreto Nº42 de marzo 23 de 2021, la alcaldía municipal de El Banco decreto Toque de Queda que inicia hoy viernes 26 de marzo hasta el domingo 4 de abril desde las 8:00 p.m hasta las 5:00 a.m, y dentro del mismo horario la Ley seca. Las anteriores medidas se toman para preservar la vida y mitigar los efectos del Covid-19 en el marco del plan de reactivación de la economía local, se establecen medidas excepcionales con ocasión de la celebración de la Semana Santa en el municipio de El Banco y se dictan otras disposiciones.
Dentro del documento también se hace mención a lo siguiente:
- Restricción en la circulación de personas y vehículos en la jurisdicción del municipio de El Banco, Magdalena en los días y horarios establecidos en el artículo primero y se exceptúan de la medida restrictiva a los personas u ocupaciones según lo estipulado en el artículo segundo.
- Se prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y embriagantes en la jurisdicción del Municipio de El Banco Magdalena, en días y horarios estimados en el artículo tercero.
- Se permitirá la prestación de servicios religiosos de forma presencial, con estricta determinación del número máximo de personas que puedan acudir, teniendo en cuenta el mínimo de distanciamiento y aforo permitido.
- Durante los días y horarios determinados a artículo primero del presente acto administrativo, los establecimientos de comercio que presten servicio de restaurante, cafeterías, heladerías, bares y similares incluidos en los planes pilotos que se han implementado por la Alcaldía Municipal, solo podrán prestar sus servicios a través de domiciliarios, con el cumplimiento de los requisitos exigidos.
- Durante tales horarios se suspende la venta de alimentos para llevar, así como también cualquier actividad realizada por establecimientos estacionarios o ambulantes.
- Se deberán respetar la totalidad de medidas de bioseguridad que hasta el momento vienen aplicándose para cada actividad en particular.
- Ningún ciudadano puede circular por el Municipio de El Banco Magdalena sin la utilización de tapabocas.
- Prohibido los eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración.
Los responsables de los establecimientos de comercio y locales comerciales, deben controlar estrictamente la entrada y salida de personas, respetando el aforo máximo permitido.
La violación e inobservancia de las medidas adoptadas e instrucciones dadas mediante el presente Decreto, darán lugar a la sanción penal prevista en el artículo 368 del Código Penal y a las multas previstas en artículo 2.8.8.1.4.21 del Decreto 780 de 2016, o la norma que sustituya, modifique o derogue.
Para mayor información y conocer detalladamente el presente decreto, podrá hacerlo con la visualización de las imágenes compartidas.

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