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Nación

Ordenan al Inpec garantizar las visitas virtuales a presos

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La Corte Constitucional ordeno al Ministerio de Justicia y al Inpec implementar los mecanismos virtuales eficientes de comunicación para garantizar el derecho a las visitas a las personas privadas de la libertad a raíz de la emergencia sanitaria vivida por el Covid-19.

La decisión, que fue tomada a raíz de un falló de tutela a favor de un interno de la cárcel de Cómbita, Boyacá. En dicha tutela solicitó una visita virtual mensual con su cónyuge e hijo, también privados de la libertad. Cabe mencionar, que la petición solo fue concedida cada tres meses.

Según el Alto Tribunal, el derecho a la unidad familiar se encuentra limitado para la población reclusa, las restricciones deben ser las estrictamente necesarias para lograr los fines de la privación de la libertad y orientadas a la resocialización de los internos

Advirtió que no existían protocolos para garantizar la periodicidad de las visitas y la gestión de las solicitudes de las personas privadas de la libertad. En particular, no se contaba con elementos para asegurar la trazabilidad de las peticiones, para efectos de materializar los principios de publicidad, transparencia, igualdad, eficiencia y moralidad administrativa, entre otros.

El fallo indicó que, “Dentro de los instrumentos para garantizar este derecho se encuentran las comunicaciones y visitas a los reclusos, que constituyen una manifestación del deber del Estado de garantizar que los internos mantengan su contacto con quienes conforman su núcleo familiar”.

Igualmente, invito al Ministerio de Justicia y al Inpec para que «continúen con la ampliación de la cobertura de las herramientas tecnológicas que permiten a los internos comunicarse con sus familias».

 

 

 

 

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