Columnistas
¿Procuraduría o Gestapo?
Por: Ariel Alberto Quiroga Vides.
El 16 de abril de 1933, es una fecha de miedo, pues fue creada la Gestapo de la mano de Hermann Göring, aquel aviador de gran rango en el régimen nazi, que con mañas de vividor y poco mérito militar (comprobado en la batalla de Inglaterra), alcanzó a estar en la línea de sucesión de Hitler.
En 1936, la Gestapo pasa a ser dirigida por Heinrich Himmler (el arquitecto de la solución final contra los judíos), siendo en ese año que se expiden normas donde se fijan los objetivos de esa policía secreta; los cuales en definitiva “era aplastar cualquier oposición al orden Estatal”, el problema era que el Estado eran los Nazis, pues tenían a su cargo todas las entidades del poder público, algo así, como controlar la Fiscalía General de la Nación, la Contraloría, la Procuraduría, la Defensoría del pueblo, el Ejercito, La Policía y los cuerpos de investigación, así, pero en alemán.
Esta Policía se dedicaba a aplastar cualquier muestra de oposición al régimen germano, y obtenía su legitimidad de las leyes teutonas que facultaban sus procedimientos y fines, es decir, era una policía política y armada, que perseguía todo lo que no fuera acorde al partido de gobierno. Hay que aclarar, sus procedimientos eran violentos, y para aquella época, esas prácticas estaban más o menos legitimadas, pues la elevación de los derechos del hombre y del ciudadano (Francia) y uno que otro instrumento internacional ligado a este concepto, no habían sido elevados a Derechos Humanos, sino hasta 1948.
Por sus injusticias la nefasta herencia nazi hoy es rechazada en la mayoría de los países del mundo, aunque algunos desean seguir la misma línea, pero quitándole lo violento, (otros cuerpos de camisas blancas se encargan) esto es, dejando solo la persecución política.
Saltando 85 años después de la creación de la Gestapo y al otro lado del globo, nos encontramos con Colombia, un país maravilloso, con infinidad de recursos, pero con niveles de vida parecidos a Haití o a Yemen, sin embargo, ese no es el símil que deseo plantear, sino lo que tiene que ver con la cooptación de las entidades del poder público, y en concreto, con el último asalto a la democracia que fue traído de la mano de la Procuradora Cabello, quien hasta el 18 de agosto de 2020, fuese la Ministra de Justicia del actual gobierno, lo que denomino un “yo con yo”.
Según el artículo 276 de la Constitución Nacional, el Procurador General es elegido así
“será elegido por el Senado, para un período de cuatro años, de terna integrada por candidatos del Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.” Lo que quiere decir, que este cargo es eminentemente político, pues son las mayorías del Senado que están compuestas por congresistas afines al gobierno, los que escogen a quien los disciplinará a ellos,
y a funcionarios de los ejecutivos nacional y territorial.
En Colombia se había hecho carrera de que los Procuradores generales (y subalternos), podían destituir e inhabilitar hasta por 20 años a funcionarios escogidos por voto popular, sin embargo, a esto se le colocó un palo en la rueda, pues en la histórica sentencia del 08 de julio de 2020, la Corte Interamericana de Derechos Humanos le recordó al Estado colombiano, que la única rama del poder público capaz de cercenar derechos políticos era la judicial a través de
los jueces penales y no por una entidad de naturaleza administrativa y menos
como lo afirmé anteriormente, de corte político.
Desacatar la sentencia del 08 de julio de 2020, es ir en contra de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos, lo cual no es una norma internacional suspendida en una nube, sino que hace parte del derecho constitucional interno, toda vez que así lo deja ver la Ley 16 de 1972, que precisamente ratificó esta convención como de obligatorio cumplimiento para Colombia.
El artículo 23 del instrumento internacional citado, es claro al manifestar que los derechos políticos pueden verse intervenidos solo por un juez penal, ¿y esto por qué es así? Pues, porque 1) había que estar a tono con la declaración de los derechos humanos. 2) para frenar la fuerte represión que protagonizaban las dictaduras latinoamericanas a través de sus fuerzas del orden armadas y políticas. 3) porque en la mayoría de los países de Latinoamérica existía la separación formal de los poderes públicos, colocando a la rama judicial como un ente autónomo de los gobiernos de turno.
Volviendo a los efectos concretos de la sentencia del 08 de julio de 2020, se determinó que la Procuraduría General de la Nación no puede destituir, ni inhabilitar a personas escogidas por voto popular, además, de que se conminó al Estado colombiano a modificar el derecho interno, para que estuviese acorde a la convención interamericana de derechos humanos.
En un acto de “genialidad” propia de los ideólogos del gobierno actual, (recordemos que la procuradora ha manifestado que este es su gobierno), se les ocurrió, que lo mejor era modificar el Código Disciplinario, y de varios plumazos darle facultades de jueces penales y de policía judicial a la Procuraduría con el amañado pretexto de que con esta reforma están cumpliendo los mandatos de la Corte Interamericana a través de la sentencia del 08 de julio de 2020 , lo cual es una mentira, toda vez que la Corte 1) ordenó en el campo practico que se crearan dependencias distintas para las etapas de investigación, acusación y sanción dentro del proceso disciplinario, pero también, 2) dejó claro que una entidad administrativa no puede coartar derechos políticos a personas escogidas por el sufragio.
Lamentablemente la reforma en comento fue aprobada por el congreso, y de allí, pasará a sanción presidencial para su posterior publicación.
Con esta reforma, aquellos senadores que por gobiernistas hoy no le temen a los superpoderes que le han otorgado a la Procuraduría, podrían en el futuro ser víctimas si el régimen político en Colombia cambia y se torna tirano. Esta reforma afecta a todos, independientemente del color ideológico, pero lo que, si es cierto, es que los mayores damnificados serán los líderes alternativos que han sido escogidos por voto popular, pues la procuradora Cabello, no inspira confianza y se comporta más como un caballito del uribismo, algo parecido a Luisa Ortega, la ex Fiscal General de Venezuela que validó las persecuciones político-penales del chavismo en contra de cientos de opositores. Es increíble lo Castrochavista que son los uribistas de la cúpula.
Carlos Caicedo, Virna Johnson, Rafael Martinez, Claudia Lopez, Camilo Romero y muchos más, tengan cuidado que la Gestapo política a la colombiana ha sido creada.
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