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Dimayor anuló sanción a Unión Magdalena porque los descargos llegaron a «correo no deseado»

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Este lunes la Dimayor se volvió a pronunciar sobre la sanción impuesta por los altercados ocurridos en el partido frente al partido del Unión Magdalena con el Atlético Bucaramanga, los cuales, fueron suspendidos por el ingreso de seguidores de los hinchas del ‘ciclón´ que agredieron a algunos jugadores del equipo local y por ello se le proporcionó una sanción económica al equipo Bananero con 25 millones de pesos y daba como ganador 3-0 al Bucaramanga. Sin embargo, por hechos recientes el organismo del fútbol colombiano cambió de decisión.

Al parecer, el equipo habría recibido un correo electrónico con los descargos para apelar la decisión, cumpliendo el tiempo establecido, pero este e-mail llegó a la carpeta de «correo no deseado», por lo que, la Dimayor se retractó de las sanciones, mientras analizan los descargos del equipo de Santa Marta, y la comisión se pronunciará nuevamente tras estudiar el caso.

Sobre esto, anunció la Dimayor: Nadie podrá ser investigado o sancionado sino conforme a normas preexistentes al acto que se le imputa, contenidas en este Código, la reglamentación de la FIFA y la legislación deportiva colombiana, ante la autoridad competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio. Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado disciplinariamente culpable. Quien sea investigado disciplinariamente tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él; a presentar pruebas y a controvertir las que se alleguen en su contra; a impugnar el fallo adverso y a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho. Se exceptúan en relación con las disposiciones especiales en casos ante las autoridades disciplinarias o comités de campeonato. El principio de favorabilidad será siempre de aplicación preferente en el proceso deportivo disciplinario, salvo las disposiciones especiales en asuntos de dopaje contenidas en este código, el reglamento antidopaje de la FCF y el reglamento antidopaje de la FIFA. Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido.

RESOL-No.-008-de-2022-