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Editorial & Columnas

Punitivismo Vs. Cancelación: Coerción en el Siglo XXI

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Por: Rosa Daza

 

Desde los tiempos primitivos de la humanidad los sujetos hemos necesitado regulación, control, y castigo cuando al desviarnos de lo socialmente determinado como correcto ponemos en peligro o afectamos a otro u otros (incluidos dioses o deidades).

El castigo como sabemos ha resultado variado a lo largo de la historia, tenemos en nuestro haber desde azotes, multas, expulsiones de la comunidad, penas de prision hasta pena de muerte, perpetuas o indeterminadas.

Desde la ilustración y aquellos grandes pensadores defensores del camino de la juridicidad para sancionar y establecer castigos, que entendimos la importancia de la codificación de conductas prohibidas y de un tercero imparcial que imparta castigos, razón por la cual hoy conectamos indefectiblemente a esa potestad para sancionar con el Estado y su aparato jurídico-penal.

Y es que esta sensación colectiva de ver al castigo estatal como necesario hace que el derecho penal tenga un valor agregado de coerción sobre los seres humanos, al punto de generar -como ningún otro sistema sancionador- una disuasión hacia el respeto de lo que se considera delito, lo suficientemente importante como para que podamos vivir en sociedad aún.
Dicho de otro modo, no salimos como locos a desabastecer las tiendas cuando se nos acabó el pan porque sabemos que existe un poder punitivo capaz de perseguirnos y sancionarnos por nuestra conducta establecida como delito.

Por siglos hemos recurrido entonces como sociedad a identificar conductas desviadas o peligrosas para que el Estado las regule y contemple dentro de lo que conocemos como la normatividad penal.

Pero así como fuimos en las fases primitivas de exagerados e ineficientes para autoregularnos así hemos sido para determinar lo que debe ser delito y lo que no.
Existen en el mundo ordenamientos jurídico-penales tan exigentes que da miedo hasta respirar.

Nuestro país, con un contexto lamentablemente particular, ha tenido que hacer uso del derecho penal y sus normas para tratar de mantener el orden, inclusive el control, sobre un país plagado de conflictos, actores armados, corrupción y narcotráfico (en la cual, además, todo lo anterior termina mezclado), al punto que hoy por hoy tenemos un aparato legislativo y ejecutivo trabajando verdaderamente en conjunto y de forma sistemática para crear delitos o verbos rectores adicionales e incrementar penas sin considerar mecanismos técnicos que otorguen límites al mismo, mucho menos los derechos y garantías de cientos de miles de procesados que una vez ingresan al sistema penal quedan sometidos a la desprotección social y estatal(que es también es grave).

Me detengo en la desprotección social porque debemos asumir que ante el delincuente la sociedad siempre ha mantenido su actitud de rechazo, muy difícilmente una sociedad apoya o acompaña la delincuencia, por el contrario.

Por ejemplo, puedes ser una excelente persona pero si mañana eres cobijado con una medida de aseguramiento, probablemente no lo serás más dentro de esa comunidad, de manera que el límite entre la aceptación y la desprotección resulta dada por la situación jurídica de esa persona. Sin embargo, esto ha cambiado, y mucho.

Hoy la cultura de la llamada “cancelación” resulta una importante y llamativa ejecución de sanciones de carácter colectivo que, de manera autónoma y espontánea, ocupa todas las esferas de la sociedad, nadie determina qué es “cancelable” o no, no hay verdugo sino millones de personas señalando como inaceptable una actitud promiscua, abusadora de poder, o hasta descontrolada en una ceremonia de los oscars.
Es particularmente llamativo cómo la sociedad hoy se cuida no solamente de cometer delitos sino de realizar un acto tan repudiable socialmente que pueda ser viral en redes sociales como para cancelarte.

Esto que parece una tontería de redes no lo es tal, cuando te pasa, sin importar si eres Pedro Perez o Will Smith, te deja sin empleo, sin amigos, aveces sin familia, pasas a ser una persona no confiable, no eres bienvenido ni en la iglesia, ni en la reunión de la oficina, ni en casa, es una verdadera cancelación de la libertad de asociarnos con los otros, y lo que es peor, por tiempo indeterminado.

En definitiva la cultura de la cancelación que arrancó con el despertar estadounidense reconocido como el “me too” o la cultura woke, se ha robustecido y hoy se observa como un sistema paralegal de justicia vindicativa, en donde se desconoce cualquier principio de derecho que Romagnosi, Beccaria, Filangieri y otros grandes precursores del derecho penal defenderían hasta la muerte.

Se trata en todo caso de un tema complejo que lejos estamos de abordar de manera completa en esta columna de opinión, pero del cual debemos prestar especial cuidado y atención, entre otras razones porque no falta que aparezca un “líder” que se autoproclame el verdugo de los adeptos a la “cancelación” y termine este intento de autorregulación social como el verdadero problema del siglo XXI.

Ojo pues, la cancelación no tiene límites, ni sanciones determinadas, no tiene en muchas ocasiones alcance jurídico, y resulta en la mayoría de los casos más grave que una sanción punitiva, es social no jurídica y promete más coerción que la propia normatividad de carácter penal.