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Ciénaga también tomó medidas en medio del paro armado
El día de ayer 6 de mayo la Alcaldía de Ciénaga y el Instituto de Tránsito y Transporte emitió un comunicado con el decreto N° 202 para el cumplimiento con las directrices del Gobierno Nacional en cuanto a la seguridad, ordenó restricción de circulación del acompañante hombre en motocicletas y otras disposiciones para la conservación del orden público por motivo de concentración masiva en el Malecón Turística.
“Artículo 1: prohibir, la circulación del acompañante hombre (parrillero) en motocicleta, en jurisdicción del Municipio de Ciénaga-Magdalena, en el siguiente sector desde la calle 1 hasta la calle 7 entre la carrera 9 hasta la carrera 14, en el siguiente horario desde las 06:00 A.M hasta las 01:00 P.M del día 07 de mayo de 2022”, se establece por medio del informe.
Además, “artículo 2: ordénese el cierre y prohíbase la circulación y o estacionamiento de vehículo en las siguientes: calle 1 hasta la calle 3 entre la carrera 10 hasta la carrera 13 del municipio de Ciénaga Magdalena, de igual manera, “ARTÍCULO 3: PROHÍBASE el transporte de mudanzas, material de construcción, escombros y/o similares en el municipio de Ciénaga-Magdalena a partir de las 6:00 p.m. del día 06 de mayo de 2022 hasta las 1:00 p.m. del día 07 de mayo de 2022”.
“Que en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo de la Constitución Política corresponde a las autoridades de la república, proteger a todas las personas en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, así como asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del estado y de los particulares”, dice en el informe.
Así mismo, para la prevención del riesgo y ante situaciones de emergencia, seguridad y calamidad, los gobernadores y los alcaldes podrán disponer acciones transitorias de policía, en frente los casos que puedan amenazar o afectar gravemente a la población, con el propósito de prevenir las consecuencias negativas ante la materialización de un evento amenazante y mitigar los efectos adversos ante la ocurrencia de desastres, epidemias y calamidades de seguridad.
El presente decreto rige a partir del día 06 de mayo de 2022 hasta el día 7 de mayo de 2022.
DECRETO 202 DEL 06 DE MAYO DEL 2022
