Metrópolis
Tutelan derecho al debido proceso del presidente de la JAC Centro Histórico
El Juzgado Noveno Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Santa Marta, emitió ayer 13 de septiembre, un fallo a través del cual se tuteló el derecho fundamental al debido proceso del señor José Rafael Sánchez Segrera, presidente de la Junta Acción Comunal – JAC del barrio Centro Histórico, quien interpuso el recurso en contra de la administración por no darle el respectivo trámite a un recurso de apelación presentado contra un auto emanado por la cartera.
Sánchez Segrera resultó electo para liderar la corporación durante el periodo 2022 – 2026. Hacia noviembre de 2021, se ejecutó una asamblea eleccionaria en aras de escoger a los dignatarios de las JAC, para lo cual se radicó ante la Oficina de Asuntos Legales y Participación la solicitud de reconocimiento, inscripción y registro, que tenía un plazo máximo hasta el 28 de noviembre, acorde con los lineamientos del Ministerio del Interior.
No fue sino hasta junio de este 2022, que se conoció una notificación que negó la inscripción argumentando “la falta del listado de asistencia de la asamblea”, a pesar de no haber sido requerida antes.
El documento, ordena a la citada dependencia a que, en un periodo de 48 horas siguientes a la notificación del proveído, imparta el trámite al “recurso de apelación impetrado por el accionante contra la Resolución Auto No. 145 del 15 de junio de 2022”, remitiendo, además, la totalidad del expediente al despacho del Gobernador del Magdalena “para que desate la alzada”.
El auto mencionado, fue emitido por la Secretaría de Gobierno, negando la inscripción en el Registro Sistematizado de Información de los dignatarios elegidos.
De no ser recurrido el pronunciamiento, el proceso será remitido a la Corte Constitucional para una eventual revisión.
9. FALLO DE TUTELA C-233- 22