Metrópolis
Tarifa mínima para el servicio de taxi en Santa Marta quedó en $7.000

Por medio del Decreto N° 362 del 26 de diciembre del 2021, se actualizaron las tarifas en el servicio de transporte público individual de pasajeros en vehículos tipo taxi en Santa Marta.
Es importante señalar que la actualización de la tarifa se realiza con base al Índice de Precios al Consumidor (IPC), que es la disposición de política nacional para el aumento en transporte público y en diferentes tipos de tasas.
La tarifa mínima para este servicio quedó en siete mil pesos ($7.0000) y se establece el valor de la unidad para este servicio en $99 por cada 120 metros recorridos o cada 40 segundos de espera que marque el taxímetro.
Asimismo, se establecieron los valores para el cobro con taxímetro, recargos y tarifas fijas que deberán estar incluidas en la tarjeta de control que obligatoriamente deben portar los conductores de este tipo de vehículos en la parte trasera de la silla del copiloto, quedando de la siguiente manera:
Tarifas con taxímetro
Carrera Mínima: $ 7.000
Distancia Mínima – Carrera Mínima: 2.280 m
Bandera o arranque: $ 5.095
Valor por cada (120 metros) recorridos: $ 99
Valor por cada (40 segundos) en espera: $ 99
Recargo Nocturno (8 pm a 5 am) del día siguiente: $ 1.150
Recargo Dominical y Festivos: $ 1.150
Recargo salida del Aeropuerto: $ 4.550
Recargo salida de la Terminal de Transportes: $ 1.150
Recargo salida y entrada de moteles: $ 4.550
Recargo servicio por llamadas y APP: $ 350
Valor hora contratada: $ 32.650
De igual forma, en el decreto también quedó establecido el cobro de recargos por zonas desde y hacia Santa Marta:
El Rodadero: $ 4.550
Taganga: $ 4.550
Gaira: $ 4.550
Bonda: $ 4.550
Troncal del Caribe (Desde BANASAN): $ 4.550
Estadio Sierra Nevada: $ 4.550
Vía Alterna (Desde la Báscula de Ruta del Sol): $ 3.400
A través de este decreto se prohíbe el uso de plataformas tecnológicas para el cobro del servicio de taxi. De igual forma, el conductor no podrá negarse a prestar el servicio público al usuario a cualquier zona de la ciudad; de ser así se sancionará conforme a lo indicado en las normas de transporte, de conformidad con lo establecido en el literal A del Art. 22 del Decreto 3366 de 2003.
Los taxistas podrán cobrar las nuevas tarifas una vez hayan realizado la reprogramación de su taxímetro, a los que se le colocarán nuevos sellos inviolables color anaranjado, los cuales deberán ser instalados en presencia de un funcionario de la Secretaría de Movilidad Multimodal y Sostenible.
