Departamento
El pelao que es llorón, y la mamá que lo pellizca

Por: Víctor Rodríguez Fajardo
En una Asamblea Departamental muy polarizada se desarrolló la citación a la Secretaria de Hacienda (E), Yessika Hernández Cañate, para rendir informes sobre la autorización de empréstito otorgada en la ordenanza No. 169 del 29 de mayo de 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE AUTORIZA UN CUPO DE ENDEUDAMIENTO AL GOBERNADOR DEL MAGDALENA PARA FINANCIAR INVERSIONES CONTEMPLADAS EN EL PDD”.
Una presentación bastante deficiente tanto en lo oral como en lo escrito por parte de la Secretaría de Hacienda Departamental sirvió como combustible para alimentar la hoguera de antagonismos que arde desde hace algún tiempo en la corporación.
La legítima, válida y muy responsable solicitud de la Asamblea de conocer el desarrollo de una controvertida autorización previa, para suscribir empréstito destinado a financiar proyectos de inversión de impacto importante en el Departamento, evolucionó en una acalorada disputa en la que bandos contrarios hicieron alarde de la interpretación de conveniencia que puede dársele a las normas presupuestales y financieras del recurso público para sostener una postura política.
Un bando de la Asamblea en la intervención de la Honorable Diputada Rosita Jiménez, sustenta que los recursos no pueden ejecutarse en tanto no se hayan realizado los desembolsos y estos reposen en las cajas, en los bancos de la entidad; cuestiona la emisión de Certificados de Disponibilidad Presupuestal (CDP) y en algunos casos de Certificados de Registro Presupuestal (CRP) mientras aún no se realizan los desembolsos de los empréstitos contratados; por otra parte, también se cuestiona la incorporación de estos recursos al presupuesto de la vigencia 2025.
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— Opinión Caribe (@opinioncaribe) March 18, 2025
Estas observaciones ponen en entredicho las buenas prácticas en el manejo de los empréstitos por parte de la Administración, y generan una respuesta de la contraparte, el no menos Honorable Johan Pinedo, vino a explicar, lo que la Administración debió dejar en claro desde el principio a través de la respuesta al cuestionario que se le hizo:
Los recursos de empréstito están contratados sin exceder el límite de lo autorizado por la asamblea, fueron incorporados al presupuesto tal como lo establecen las normas presupuestales y se adelantaron los procesos de contratación correspondientes, los desembolsos se realizarán en la medida en que se haga necesario de acuerdo con la ejecución y las obligaciones a pagar por las obras o contratos realizados, en este sentido el banco contratado funge como caja, pero el uso de los recursos no genera intereses hasta tanto se vayan utilizando. En efecto, esta práctica, que no es del uso exclusivo de esta entidad territorial, sino que opera en todas las demás en la misma situación, disminuye el impacto de intereses en la ejecución de los empréstitos.
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— Opinión Caribe (@opinioncaribe) March 18, 2025
El cuadrilátero al que nos están acostumbrando recientemente los diputados, ayer exhibió un nuevo encuentro en el que lo último que reinó fue la buena voluntad y el interés de salvaguardar los intereses de los magdalenenses.
Hay que ver que todo esto se circunscribe alrededor de un plan de Desarrollo que fue aprobado por la Asamblea Departamental al que debe dársele cumplimiento, para que esto ocurra se necesitan recursos no solo económicos sino de gestión y ejecución a través de las herramientas diseñadas para ello, la contratación no se puede satanizar, puesto que esta es la vía para materializar el beneficio final a la población. Todas las partes tienen su porción de responsabilidad en la ejecución y realización de la programación de inversión del Departamento, todas incluye a la Honorable Asamblea.
De los temas relevantes que hay que dejar en claro es lo siguiente: Las prácticas presupuestales y financieras públicas están escritas, son un manual a seguir:
1) Las autorizaciones emitidas por la Asamblea para suscribir empréstitos implican una serie de acciones a realizar para materializar el propósito final.
2) Los recursos deben incorporarse al presupuesto para poderse ejecutar.
3) debe programarse la correspondiente contratación y emitirse las disponibilidades y registros que requiera el proceso.
4) Los compromisos asumidos deben generar los productos y obras contratados y los pagos deben realizarse.
Por otra parte, los créditos deben honrarse y cancelarse para cerra el círculo del Plan de Desarrollo, el beneficio generado para la población debe palparse. La supervisión de los entes de control no es un medio para frenar estos procesos, sino un instrumento para ofrecer garantías; 400 mil millones de inversión deben tener un alto impacto en el Departamento, corresponde a los órganos de control vigilar para que la selección de los contratistas garantice el impacto eficiente en beneficio de la población ávida porque sus necesidades sean interpretadas por quienes gobiernan.
Otro tema es el Superávit generado por la vigencia, no es motivo de orgullo que se generen superávits constantes, los recursos públicos deben llegar a su destino con la mayor prontitud posible un análisis más exhaustivo de esta situación amerita un artículo independiente el cual reservamos para una próxima ocasión.
Esperemos a ver cuál es la cartelera pugilística que nos tiene preparado este honorable circo en su próxima función.
Ver documentos aquí:
1. ORDENANZA N 169 DE 29 MAYO 2024 _ AUTORIZACION CUPO DE ENDEUDAMIENTO
2. DECRETO 604 de 17 dic 24 -Adopción de presupuesto
3. Contratos de Empréstito Bancos Bogotá y BBVA
7. Relación de CDP recursos de crédito
Respuesta a solicitud de información según Proposición No.006 – ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL MAGD
