Connect with us

Territorio & Poder

Fallo ordena a la Aerocivil responder sobre el proyecto de ampliación de la pista del aeropuerto de Santa Marta

Published

on

La ampliación de la pista del Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Santa Marta sigue siendo un proyecto envuelto en incertidumbre. A pesar de que en distintos escenarios ha sido presentado como una iniciativa estratégica para fortalecer la conectividad aérea de la ciudad, hasta la fecha no existe información oficial consolidada que precise aspectos fundamentales como la longitud definitiva de la pista, el cronograma de ejecución, las fuentes de financiación ni los estudios técnicos que respaldan la intervención.

Por: Alexandra Martínez

Ese vacío de información quedó nuevamente en evidencia tras el fallo del 22 de junio de 2026, proferido por el Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Santa Marta, dentro del radicado 47001-3333-004-2026-00172-00, que amparó el derecho de petición vulnerado por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) al no responder un cuestionario de nueve preguntas técnicas sobre el proyecto, contenidas en la Proposición N° 116-2026 del Concejo Distrital de Santa Marta.

Durante el trámite judicial, la Aerocivil argumentó que la solicitud nunca fue recibida formalmente porque fue enviada a un correo diferente al canal oficial habilitado para PQRS —atencionalciudadano@aerocivil.gov.co—, y que por esa razón no ingresó a sus sistemas de gestión documental ni activó el procedimiento interno de atención de peticiones. Sin embargo, el juzgado desestimó ese argumento al constatar que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) había trasladado oportunamente la comunicación a la Aerocivil, notificándola el 15 de mayo de 2026 precisamente a ese correo oficial. Para el despacho, ese traslado saneó el error en el envío y activó el deber de respuesta de la entidad desde esa fecha.

Lea el fallo aquí: 

En palabras del juez Kevin José Gómez Camargo: «partiendo del día 15 de mayo a la fecha como fecha de conocimiento de la accionada de lo solicitado mediante la Proposición No. 116 de 2026, el Despacho encuentra configurada la vulneración del derecho fundamental de petición». Por esa razón, ordenó a la Aerocivil emitir, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo, una respuesta «definitiva, clara, precisa, de fondo y congruente» frente a cada uno de los nueve interrogantes planteados.

Las preguntas buscan esclarecer aspectos que hasta ahora no han tenido respuesta oficial: por qué se definió una longitud de pista de 2.040 metros en lugar de 2.400 metros, qué estudios técnicos y de demanda respaldan esa decisión, qué restricciones operativas existen, cuál es el impacto real en la conectividad aérea y cuál es el cronograma concreto para ejecutar el proyecto. Información que resulta indispensable para entender si la ampliación cuenta con estudios concluidos, recursos asegurados y una hoja de ruta definida.

El fallo no resuelve ninguna de esas preguntas ni ordena ejecutar las obras. Lo que sí hace es obligar a la Aerocivil a dar respuestas que llevan más de un mes sin pronunciamiento oficial, sobre un aeropuerto que se proyecta como internacional pero que aún no tiene claridad pública sobre su financiación, su cronograma ni el alcance real de su ampliación.