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Territorio & Poder

CNE aplaza nuevamente la audiencia de revocatoria contra el alcalde Carlos Pinedo

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció que la audiencia pública dentro del proceso de revocatoria de mandato contra el alcalde de Santa Marta, Carlos Alberto Pinedo Cuello, continuará el próximo 15 de julio a las 3:00 p. m., luego de que el mandatario no asistiera a la diligencia de este lunes y presentara una excusa.

Durante el cierre de la audiencia, el magistrado Altus Alejandro Baquero Rueda explicó que la corporación cumplió parcialmente con la orden impartida por el Juzgado Sexto Administrativo de Santa Marta, el cual había requerido la realización de la audiencia con la mayor brevedad posible dentro del incidente de desacato.

Sin embargo, señaló que el CNE también debe garantizar el derecho de contradicción y defensa del alcalde, razón por la cual los despachos de los magistrados decidieron suspender la diligencia y fijar su continuación para el 15 de julio a las 3:00 p. m.

Baquero precisó que la decisión se sustenta en el artículo 180, numeral 3, de la Ley 1437 de 2011 (CPACA) y el artículo 372 del Código General del Proceso, normas que permiten suspender la audiencia inicial y reanudarla dentro de un plazo máximo de diez días hábiles, término que vence precisamente el 15 de julio.

El magistrado indicó que la audiencia ya se desarrolló en aproximadamente dos terceras partes, durante las cuales intervino el comité promotor de la revocatoria, encabezado por Miguel Ignacio Martínez Olano. La única intervención pendiente corresponde al alcalde o a la persona que este designe para ejercer su defensa.

Asimismo, el CNE ordenó notificar de inmediato al Juzgado Sexto Administrativo de Santa Marta sobre la nueva fecha de la diligencia y dispuso que, por Secretaría, se comunique ese mismo día al mandatario distrital que la audiencia es inaplazable, advirtiendo que no podrá fijarse una fecha distinta por tratarse de normas de orden público.

El magistrado también exhortó al alcalde Carlos Pinedo a asistir personalmente a la continuación de la audiencia o, en su defecto, designar un delegado o apoderado que ejerza su representación, conforme a lo previsto en el auto que convocó la diligencia.
De igual manera, dejó constancia de que toda la audiencia fue transmitida a través de los canales oficiales del Consejo Nacional Electoral y que las copias de la grabación serán remitidas al alcalde, a su delegado o a su apoderado para garantizar plenamente el ejercicio del derecho de contradicción durante la sesión programada para el 15 de julio.

Finalmente, el CNE exhortó a la Registraduría Nacional del Estado Civil para que resuelva una recusación que actualmente se encuentra en trámite ante los delegados del registrador nacional en el departamento del Magdalena, aclarando que dicha actuación corresponde exclusivamente a la autoridad electoral y no hace parte de las competencias del Consejo Nacional Electoral dentro de la audiencia de revocatoria.