Poder & Gobierno
Gobierno decreta ley seca y otras restricciones para la segunda vuelta presidencial
El Gobierno Nacional estableció ley seca, restricciones al uso de celulares en los puestos de votación, cierre de fronteras y prohibición de propaganda electoral para garantizar la seguridad y la transparencia durante la segunda vuelta presidencial del próximo 21 de junio.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0612 del 16 de junio de 2026, mediante el cual estableció una serie de medidas especiales de orden público para garantizar el normal desarrollo de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, programada para el próximo 21 de junio en todo el territorio nacional.
Entre las disposiciones más relevantes se encuentra la implementación de la ley seca desde las 6:00 de la tarde del sábado 20 de junio hasta las 12:00 del mediodía del lunes 22 de junio. No obstante, gobernadores y alcaldes podrán ampliar este período si consideran que existen riesgos para el orden público en sus respectivas jurisdicciones.
El decreto también prohíbe toda clase de propaganda política y electoral durante la jornada de votación. En consecuencia, no podrán difundirse anuncios políticos en radio, prensa y televisión, ni a través de vehículos con publicidad móvil. Asimismo, quedará prohibida la publicación de encuestas, sondeos o proyecciones electorales el día de las elecciones.
Otra de las medidas contempla restricciones al uso de teléfonos celulares, cámaras fotográficas y equipos de video dentro de los puestos de votación entre las 8:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde. La excepción aplicará para periodistas debidamente identificados, funcionarios de organismos de control y autoridades encargadas de la vigilancia electoral. Los ciudadanos únicamente podrán utilizar sus dispositivos para presentar la cédula digital ante los jurados de votación.
El Gobierno también ordenó el cierre de los pasos fronterizos terrestres y fluviales autorizados desde las 6:00 de la tarde del 20 de junio hasta las 6:00 de la mañana del 22 de junio, con el fin de fortalecer los controles migratorios durante el proceso electoral.
En materia de movilidad, el decreto establece que las autoridades territoriales deberán garantizar la prestación del servicio de transporte público para facilitar el desplazamiento de los ciudadanos hacia los puestos de votación. Además, prohíbe de manera expresa las restricciones generales a la circulación de motocicletas, incluso con acompañante, salvo en situaciones excepcionales relacionadas con el orden público.
La norma, firmada por el ministro del Interior, Armando Benedetti, busca preservar la seguridad, la transparencia electoral y las garantías para el ejercicio del derecho al voto durante la jornada que definirá al próximo presidente de Colombia.
