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Nación

Consejo de Estado tumba Decreto de salario mínimo de 2016

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El Consejo de Estado hace un llamado al Gobierno para que se vea obligado a explicar cada vez que se decrete el aumento anual del salario mínimo, que aclare los motivos que lo llevaron a calcular el respectivo aumento.

Por esa razón la sección segunda tumbo el decreto por medio del cual se fijó el incremento del salario mínimo al 7% para el 2016, aun cuando aclaró que su decisión no afecta los salarios, tributos, multas y demás pagos que fueron efectuados con base en dicha norma.

Para el Consejo de Estado el Gobierno no contó con la motivación adecuada, pues no explica, como es debido, la incidencia de factores como la inflación, índices de productividad, la contribución de los salarios al ingreso nacional y demás elementos que fueron referentes para el cálculo del aumento.

La sentencia explica que, por ejemplo, frente al índice de precios al consumidor (IPC) proyectado para el año pasado, el Gobierno se limitó a explicar que la meta de inflación para ese año era del 3%. En este, como en otros casos, no se explicó la influencia de las cifras y frente a otros aspectos los datos fueron incompletos, dice la Sala.

En este orden de ideas, la declaratoria de nulidad del Decreto 2552 de 2015 no tendrá, por las razones expresadas, ningún efecto respecto del salario que con fundamento en él devengaron los trabajadores durante el año 2016, tampoco afectará ningún valor que haya tenido como parámetro el salario mínimo, como por ejemplo las cuantías para determinar competencias administrativas o judiciales, multas, sanciones, contratos, tarifas, cuotas alimentarias y en general todo aquello que tome como referencia el salario mínimo.

RESOLUCIÓN

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA
Actor: ANDRÉS DE ZUBIRIA SAMPER y otros. Demandados: NACIÓN-MINISTERIO DEL TRABAJO y otros
CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Bogotá, D.C., veintitrés (23) de marzo de dos mil diecisiete (2017)
Radicado: 11001-03-25-000-2016-00019-00 (0034- 2016)
SE DECLARA LA NULIDAD DEL DECRETO QUE FIJÓ EL SALARIO MÍNIMO PARA EL AÑO 2016
Se declara la nulidad del Decreto 2552 de 30 de diciembre de 2015, por medio del cual se fijó el salario mínimo para el año 2016, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva y sólo con los precisos efectos allí señalados.

La Sala concluye que la sentencia en el caso concreto produce efectos hacia el futuro en aplicación de lo previsto en el anotado inciso 3 del artículo 189 del CPACA. En este orden de ideas, la declaratoria de nulidad del Decreto 2552 de 2015 no tendrá, por las razones expresadas, ningún efecto respecto del salario que con fundamento en él devengaron los trabajadores durante el año 2016, tampoco afectará ningún valor que haya tenido como parámetro el salario mínimo, como por ejemplo las cuantías para determinar competencias administrativas o judiciales, multas, sanciones, contratos, tarifas, cuotas alimentarias y en general todo aquello que tome como referencia el salario mínimo.

En síntesis, considerando que esta declaratoria de nulidad se fundamenta esencialmente en el vicio de forma consistente en la expedición irregular por insuficiente motivación del acto acusado y pretende en exclusiva la protección del ordenamiento jurídico en abstracto, sus efectos se contraen a dejar sin efectos el acto.

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