Nación
¿Concejales y diputados incompatibles para ser alcaldes o gobernadores?


En temporada electoral salen al ruedo temas sensibles como las inhabilidades e incompatibilidades. Se conoció el artículo 43 de la ley 1952 del nuevo Código Disciplinario, que fue sancionado por el presidente Iván Duque donde se definen las incompatibilidades para desempeñar cargos públicos, para los futuros alcaldes y gobernadores.
La norma establece que ‘tanto diputados como concejales en ejercicio actual, se encuentran impedidos para postular candidatura, dado que sólo pueden hacerlo cundo hayan pasado 12 meses después del vencimiento de su periodo”.
Además, señala que “para los gobernadores, diputados, alcaldes y concejales y miembros de las juntas administradoras locales, en el nivel territorial donde hayan ejercido jurisdicción, desde el momento de su elección y hasta doce meses después del vencimiento de su periodo o retiro del servicio”. Lo anterior entrará en vigencia en cuatro meses, cuando vence el tiempo de transición.
Frente a lo anterior, Juan Carlos Novoa, redactor de la ley 1952 de 2018, exprocurador delegado disciplinario y constitucionalidad del alcance del artículo 43, manifiesta que no hay problema para que Diputados y Concejales aspiren a gobernaciones o alcaldías.
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La norma es clara al indicar que no se trata de una inhabilidad para la elección, sino que es la extensión de una incompatibilidad que le impide ejercer cargos públicos.


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