Nación
Quien pida el divorcio deberá indemnizar a su expareja: Corte Suprema


Un fallo de la Corte Suprema de Justicia, en su Sala Civil, señala que el matrimonio es un contrato y, como pasa con cualquiera que se suscriba, si alguna de las dos partes lo incumple tiene consecuencias legales.
Por esta razón, desde ahora quienes pidan el divorcio porque crean que se acabó el amor deberán asumir los alimentos de la expareja.
Así lo señaló el presidente de la Sala Civil de la corte, Octavio Tejeiro, quien manifestó que “si alguno de los dos incumple las obligaciones que de allí emergen (del matrimonio), obviamente está llamado a indemnizar el daño causado a la otra parte, como sucedería en cualquier rompimiento de cualquier acto contractual”.
“El abandono del hogar de uno de los consortes lo convierte en cónyuge culpable del rompimiento de la unidad matrimonial, no importa que este rompiendo haya sucedido porque simplemente haya querido irse o se haya ido con otra persona”, precisó.
En el fallo se señala que no importa la razón del cónyuge que incurre en abandono, este debe responder.
Y en los casos de unión libre el juez tendrá la tarea de establecer con pruebas quién abandonó el hogar.


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